Caso práctico VIII Convenio Colectivo de Volkswagen Navarra
Enviado por KGGZ • 12 de Enero de 2020 • Ensayo • 1.195 Palabras (5 Páginas) • 706 Visitas
Caso práctico VIII Convenio Colectivo de Volkswagen Navarra (A) [pic 1]
Integrantes: Jorge David Zurita Coronel, Byron Ramiro Tobar Silva, Johana Vela Arias, María Teresa Manzur Loor, Karina Gabriela Guerra Zambrano.
Hoy en día, la evolución del mundo laboral varía de un país a otro dependiendo de fatores específicos de cada uno de ellos, los cuales marcan la diferencia de un país a otro. Actualmente, está evolución del mercado laboral se puede evidenciar el modelo de empresa multinacional, en la cual existe una matriz en un país determinado, pero su modelo de negocio es replicado en diferentes partes del mundo para ofrecer los mismos productos y/o servicios con la misma calidad. Además, su operación y gestión se encuentran interrelacionadas entre sí, cualquier situación o decisión que se tome repercute directamente a las otras agencias o sucursales que se encuentra relacionadas. Como es el caso de Volkswagen Navarra, en el que se debe negociar un convenio colectivo para el futuro. El mismo que no solo afectará a la planta de producción o administración de Navarra, si no también repercutirá en las demás plantas de producción y modelo de negocio de la empresa Volkswagen.
La discusión de un convenio colectivo se lleva a cabo entre un sindicato o grupo de sindicatos y uno o varios empleadores, con el fin de regular aspectos de la relación laboral. En este caso, el modelo de relaciones laborales de la compañía Volkswagen defiende la relación especial con los sindicatos, impulsando las peticiones que hacen sus respectivos países para que tenga el peso suficiente en futuras negociaciones, con el objetivo de mantener relaciones constructivas entre ambas partes para evitar conflictos. A demás, el convenio colectivo debe respetar la norma de rango mayor, en caso de que existan aspectos en el convenio colectivo que falten a lo estipulado a una norma de rango mayor este es nulo. Debido a este principio, en el caso del Convenio Colectivo VIII en discusión, es importante revisar las reformas laborales vigentes y lo que se encuentra estipulado en la Constitución Española y el Estatuto de los Trabajadores.
En el transcurso de esta negociación, se presentó la Reforma Laboral del 2012 en España, la cual de forma general da más facilidad al empresario para cambiar jornadas, salarios y funciones, también según la modificación del artículo 84 del Estatuto de los Trabajadores en la negociación colectiva pueden convivir varios convenios, el territorial, sectorial y empresarial, aunque el empresarial prevalece sobre los otros. El convenio colectivo tiene fuerza de ley y en España, el 80% de los trabajadores están protegidos por un convenio (Iberley, 2014). Dentro de las aportaciones de la Reforma Laboral del 2012, permite modificaciones sustanciales de las condiciones de trabajo cuando existan probadas razones económicas, técnicas, organizativas o de producción, también puede hacerlo cuando la empresa registre dos trimestres de caída de ventas o ingresos (Lipúzcoa, 2017). Otra novedad que presenta dicha Reforma es que aquellos que tienen contrato tiempo parcial podrán realizar horas extraordinarias, tanto en contratos temporales como en los indefinidos, lo que le da mayor flexibilidad al empresario en la distribución de horas de trabajo (Radio y Televisión Española, 2012).
Otro aspecto que influenció en esta negociación entre la empresa y los sindicatos, fue la influencia cultural, pues la principal fuente de empleo en la Comunidad Floral de Navarra es la Volkswagen Navarra, lo cual induce a todos los medios de comunicación y los agentes de Gobierno a estar más atentos a la situación económica que pueda desencadenarse de esta negociación (El País, 2013). Además, otro aspecto que jugo un papel determinante fueron los medios de comunicación al exponer enunciados como: “La Dirección de VW sitúa a sus operarios como los que más ganan del sector en España”, “VW no aporto novedades sobre producciones ni modelos para el convenio”, “La Dirección de VW Navarra plantea aumentar la jornada de 211 a 214 días y no los salarios”, entre otros; siendo esto como objetivo que la empresa tome decisiones en favor de los empleados y mostrando a la comunidad de Navarra lo que “trataban de hacer” con los empleados del grupo VW, siendo muchos de estos enunciados manejados en contra de la empresa, presionando más aun las negociaciones con los sindicatos (Sección Sindical de la UGT, 2013).
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