Contenido Del Convenio Colectivo
Enviado por VeroR93 • 6 de Octubre de 2013 • 1.799 Palabras (8 Páginas) • 1.554 Visitas
Contenido del convenio colectivo.
Es el conjunto de pactos o cláusulas sobre el que las partes convienen. Se distingue una parte obligacional y otra parte normativa.
*Contenido obligacional del convenio:
Obligaciones que sumen las partes negociadoras entre sí, comprometiéndose a no realizar aquello que pueda impedir la aplicación cabal del convenio durante su vigencia (deber de paz).
No se podrá plantear conflicto colectivo para modificar lo pactado en convenio colectivo (la huelga por esta causa será ilegal).
Pueden plantearse conflictos colectivos debido a diferencias en la interpretación a la hora de aplicar lo pactado.
También forman parte del contenido obligacional, es establecimiento de reglas para la solución de los conflictos que se susciten durante la vigencia del convenio o para constituir comisiones de estudio sobre determinadas cuestiones de interés en el sector al que se aplique el convenio.
*Contenido normativo del convenio:
Son materias susceptibles de negociación colectiva todas aquellas que estén relacionadas con las condiciones de trabajo y empleo: formas de ingreso y contratación, jornada laboral, retribuciones, descansos y vacaciones, carrera profesional, relaciones sindicales, participación en la empresa, faltas y sanciones, organización del trabajo, acción social, mejoras complementarias de las prestaciones de la seguridad social, suspensión y extinción del contrato.
Forman parte del contenido normativo del convenio:
1. Normas y principios sobre regulación de las condiciones de trabajo y empleo.
2. Normas y principios sobre relaciones colectivas.
3. Normas y principios sobre protección social complementaria y acción social empresarial.
4. Normas y principios sobre organización del trabajo en la empresa.
El ET invita continuamente a regular ciertas materias mediante Convenio Colectivo, específicamente las condiciones de trabajo y productividad.
Existen 3 limitaciones a las materias objeto del convenio:
1) Los sujetos sólo pueden negociar sobre aquellas materias que estén dentro del ámbito de sus competencias.
2) Lo acordado no puede vulnerar lo establecido en las leyes, ni derechos necesarios o indisponibles de los trabajadores.
3) Referente a aquellos requisitos o contenido mínimo que en todo convenio ha de hacerse constar:
- Identificación de los sujetos que lo conciertan (Comités de empresa, Delegados de personal, Comité intercentros, secciones sindicales, sindicatos).
- Unidad de negociación (ámbito personal, funcional y territorial de aplicación del convenio).
- Duración del convenio.
- Cláusula de descuelgue salarial, en el ámbito supra empresarial.
- Denuncia del convenio: forma, condiciones y plazo en la que los firmantes manifiestan acabar con el convenio que la vincula.
- Designación de una comisión paritaria para tratar sobre las cuestiones que se les atribuya.
Clases de cláusulas.
*Clausulas envolventes:
La envoltura del contrato colectivo de trabajo, está constituida por las normas que se refieren a la vida e imperio de esta figura jurídica y comprende la relativa al inicio de vigencia, duración, revisión y terminación del contrato, además de aquellas que establecen el ámbito de aplicación del contrato, es decir, la empresa o empresas en que tendrá vigencia.
*Cláusulas normativas:
Son las que regulan las condiciones de trabajo aplicables a todos los incluidos en su ámbito, aunque no sean firmantes del convenio. Por lo tanto, son las que dan contenido a un convenio, de manera que sin estas no puede existir, mientras que las obligacionales
pueden incluirse o no.
Una vez vencido el convenio, las cláusulas normativas se prorrogan provisionalmente,
hasta que haya acuerdo de sustitución del mismo. Esto permite empezar a negociar el
nuevo convenio teniendo como punto de partida las condiciones establecidas en el
anterior.
4 Tipos:
− Materias económicas
− Materias laborales
− Materias sindicales
− Materias asistenciales
*Cláusulas obligacionales:
Son las que implican un compromiso de las partes negociadoras a tener un determinado comportamiento. Por lo tanto, son las que regulan los pactos de paz y los procedimientos de solución pacífica de los conflictos. No obstante, al contrario que las cláusulas normativas, éstas no se prorrogan provisionalmente una vez vencido el convenio.
6 Tipos:
− Cláusulas de paz.
− Cláusulas de administración del convenio.
− Cláusulas de Negociación Colectiva
− Cláusulas de negociación futura
− Cláusulas de implantación de organismos
− Cláusulas de comisiones especiales
*Cláusulas Accesorias o eventuales:
Para algunos tratadistas, esta parte del contrato la denominan ocasional, que generalmente se refiere a los beneficios sociales adquiridos mediante la contratación colectiva. Por ejemplo: el subsidio familiar, educacional, salud, de vivienda, etc. Además los tratadistas afirman que en estas cláusulas accesorias o eventuales es necesario analizar la retroactividad, la vigencia y publicidad del contrato.
Carácter obligacional
Igual que los contratos. La fuerza vinculante, consagrada por la Constitución y ratificada
por el Estatuto de los Trabajadores, es una fuerza “erga omnes”, es decir que afecta a
todos y frente a todos.
*Clausulas sociales:
Definimos las Cláusulas Sociales como la inclusión de aspectos sociales en los procesos de contratación pública, bien como requisito previo (Criterio de Admisión o Reserva de Mercado), como elemento de valoración (Criterio de Adjudicación), o como una obligación inherente al contrato (Condición de Ejecución).
De forma coherente y así lo sanciona nuestra normativa nacional y comunitaria, debe vincularse la contratación con la cohesión social, pudiendo abordarse diversas temáticas desde la Contratación Pública Responsable: discapacidad, igualdad entre mujeres y hombres, comercio justo, medioambiente, calidad en el empleo, o inserción sociolaboral entre otras.
Las Cláusulas Sociales aprovechan
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