Convenio colectivo
Enviado por Tania1955 • 10 de Febrero de 2019 • Apuntes • 1.032 Palabras (5 Páginas) • 110 Visitas
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NUMERO DE DELEGADOS DE PERSONAL.
Número de trabajadores | Número de delegados |
Menos de 6 | 0 |
6 – 10 | 1 si lo decide la mayoría |
10-30 | 1 |
31-49 | 3 |
NUMERO DE COMITÉ DE EMPRESA.
Número de trabajadores | Miembro de comité |
50 – 100 | 5 |
101 – 250 | 9 |
251 – 500 | 13 |
501 – 750 | 17 |
751 – 1.000 | 21 |
+ 1.000 | + 2 por cada 1.000. Hasta un máximo de 75. |
¿CÓMO SON ELEGIDOS LOS REPRESENTANTES DE LOS TRABAJADORES?
Electores | Elegibles |
|
|
MESA ELECTORAL
- Presidente. Trabajador con mayor antigüedad.
- 2 vocales. El resto de los trabajadores de + edad y de – edad.
Habrá una mesa electoral por cada 250 trabajadores.
- Comités de empresa
Dos colegios:
- Técnicos y administrativos.
- Especialistas y no cualificados.
Se hacen a través de lista cerrada (Cada lector vota una lista de candidatos. No se puede votar a aspirantes individuales) No tienen presentación las listas con menos del 5% de los votos.
- Delegados de personal.
Menos de 50 trabajadores con un solo colegio.
Se hacen a través de lista abierta (Cada lector vota tantos candidatos como puestos a cubrir se eligen a quien obtiene más votos. Desempatando en caso de empate por la antigüedad de la empresa.
OTROS COMITES DE EMPRESA.
- Comité de empresa conjunto. Representación unitaria que existirá cuando una misma empresa tiene en la misma provincia o municipios limítrofes. ( No llegan a los 50 trabajadores pero si, si los sumamos)
- Comité intercentros. Cuando una empresa cuenta con varios comités de empresa. En el convenio colectivo se puede pactar la comisión de u comité intercentros. Con un máximo de 13 miembros designados por los distintos comités de empresa de cada centro.
- Comité de empresa europeo. Iniciativa de la dirección o de un mínimo de 100 trabajadores de dos centros de trabajo en distintos países. Su función es de información y consulta.
COMPETENCIAS DE LOS REPRESENTANTES.
- Recibir información de la empresa sobre la situación económica.
- Evolución probable del empleo. (nuevos contratos, despidos…)
- Sanciones impuestas por faltas muy graves.
- Tienen también derecho a ser consultados sobre:
- Despidos.
- Restructuración de plantilla.
- Traslado.
- Reducciones de jornada.
- Suspensiones de contrato.
- Tienen el deber de vigilar por:
- Incumpli8mi8ento de la normativa laboral.
- Seguridad e higiene.
- Interponer denuncias ante la inspección de trabajo.
- Acudir al juzgado de lo social.
GARANTIAS DE LOS REPRESENTANTES.
No pueden ser despedidos ni sancionados.
- Despido improcedente. El representante decide la readmisión o indemnización.
Sanción grave o muy grave. Realizar un expediente contradictorio (Manifieste por escrito el interesado y los demás representantes.
- Despido o traslado colectivo. Representante tiene prioridad de permanencia.
Tienen derecho libremente a expresar sus opiniones.
A cada representante se le concede un número de horas mensuales retribuidas. Va desde las 15 a las 40 horas mensuales en función de número de trabajadores.
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