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Modelo Convenio Colectivo Proposito Educativo


Enviado por   •  16 de Febrero de 2014  •  7.479 Palabras (30 Páginas)  •  393 Visitas

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UNIÓN DE EMPLEADOS DEL MINISTERIO DE

EDUCACIÓN

(U.E.M.E.)

13 de febrero de 2014

Dra. María Fernanda Campo Saavedra

Ministra de Educación Nacional

Dra. Sandra Liliana Roya Blanco

Secretaria General

Ministerio de Educación Nacional

San Juan, Puerto Rico 00901

Re: Propuesta Convenio Colectivo 2014-2017

Estimadas Doctoras:

Saludos. Comparece hoy la Unión de Empleados del Ministerio de Educación (U.E.M.E.), a través de sus representantes amparados en la ley Taft-Harley del 1947 (The Labor Management Relations Act 29 U.S.C. § 86), acordando y proponiendo a la Directiva del Ministerio de Educación (de ahora en adelante designada como Patrono) la siguiente propuesta de convenio colectivo 2014-2017.

En diciembre de 20013, miles de afiliados a nuestra U.E.M.E., ratificamos mediante voto secreto y directo esta nueva propuesta de Convenio Colectivo que es producto de varias reuniones de negociaciones en un periodo no menor de 14 meses.

Este documento consta de 26 artículos que fueron debatidos ampliamente en las mencionadas asambleas en todas las regiones educativas del país.

Este convenio demuestra nuestra buena voluntad hacia ustedes el Patrono, pues nos brinda seguridad laboral, una voz en el trabajo y nos permite aportar al mejoramiento de la educación pública y a través de ella, al desarrollo pleno de un estudiantado seguro, alegre y preparado, que es su fin primordial.

La Unión de Empleados del Ministerio de Educación (U.E.M.E.), no hace estas peticiones en el vacío, están sujetas íntegramente de acuerdo con la situación económica al 31 de Diciembre de 2012, del Ministerio de Educación, la cual fue publicada en su página electrónica, la cual evidencia una estabilidad financiera sostenida, obtenida en gran parte por las eficientes ejecutorias, dedicación, responsabilidad, y tesón de nosotros los unionados.

Hecho crucial para que nuestra Junta de Delegados en U.E.M.E., celebrada en el día de ayer, acordara que se le notifique sobre nuestra intención de negociar esta nueva propuesta para la obtención del nuevo convenio colectivo lo antes posible.

Recordando que un convenio no es más que papel si los unionados no lo utilizan adecuadamente o el Patrono no respeta lo negociado. Por lo que ésta propuesta, como las anteriores, debe ser nuestro mutuo reto inmediato: el utilizar correctamente la herramienta del convenio alcanzado, respetar lo plasmado en el mismo y el compromiso de ambos en aportar al desarrollo intelectual de nuestro país. El propósito de ambos es lograr una EDUCACIÓN DE CALIDAD, que forme mejores seres humanos, ciudadanos con valores éticos, competentes, respetuosos de lo público, que ejerzan los derechos humanos, cumplan con sus deberes y convivan en paz. Es evidente reconocer el potencial de cada ser humano con que cuenta esta institución educativa y su deseo de aportar al desarrollo social para lograr un bien común, evidenciado en nuestro Apoyo a la Consolidación del Sistema Integrado de Formación de Capital Humano, proyecto de su administración.

Adjunto encontrará nuestra Propuesta de Convenio Colectivo para la negociación correspondiente a los años 2014-2017. Esperamos su acostumbrada prontitud en la contestación y atención a este asunto.

Respetuosamente sometido.

Hoy en San Juan, Puerto Rico, a 13 de febrero de 2014.

NOTA ACLARATORIA

Para propósitos de carácter legal en relación con la Ley de Derechos Civiles de 1964, el uso de los tér¬minos empleado, supervisor, miembro, encargado, funcionario, representante, profesional, compañe¬ro, personal, estudiante, director, hijo, secretario, go¬bernador y cualquier otro que pueda hacer referen¬cia a ambos sexos, incluye tanto el género masculino como el femenino.

COMITÉ NEGOCIADOR U.E.M.E.

SRA. GLORIMAR GONZÁLEZ – PRESIDENTA

SRA. MILLIE LÓPEZ- VICE- PRESIDENTA

SRA. JESSENIA UMPIERRE- SECRETARIA

SR. EVANS SANTIAGO, C.P.A. - CONTABLE/ TESORERO

LCDA. EVA FIGUEROA-ABOGADA

SRA. MARILUZ BARBOSA- VOCAL

SR. JOSÉ A. NIEVES- VOCAL

ARTÍCULO I

COMPARECENCIA

DE UNA PARTE: La Unión de Empleados del Ministerio de Educación (U.E.M.E.), representada por oficiales suyos debidamente autorizados, que se denominarán de ahora en adelante como U.E.M.E.

DE LA OTRA PARTE: Ministerio de Educación, en adelante denominada como el Patrono.

ARTÍCULO II

DECLARACION DE PRINCIPIOS

Las partes, conscientes de sus respectivas obligaciones con la comunidad, reconocen la necesidad de fomentar y conservar las buenas relaciones existentes entre el personal y el Patrono, como el medio más efectivo para conservar la paz obrero-patronal y lograr el mejoramiento de los servicios del Ministerio de Educación, la eficiencia de sus empleados y el bienestar de la comunidad en general.

Las partes reconocen el deber de instrumentar dichos propósitos y convienen que entre los medios más eficaces para lograr tales fines, figura prominentemente la contratación colectiva respecto a salarios, condición de trabajo y el fiel cumplimiento de sus respectivos derechos y obligaciones bajo el Convenio Colectivo que más adelante suscriben en virtud de la Ley Núm. 45 del 25 de febrero de 1998, para crear la "Ley de Relaciones del Trabajo para el Servicio Público de Puerto Rico", según enmendada.

Patrono y U.E.M.E., consideraran y estudiaran las recomendaciones y sugerencias que se sometan entre sí con respecto a los sistemas de trabajo con el fin de mejorar los servicios.

ARTÍCULO III

RECONOCIMIENTO Y UNIÓN APROPIADA

1. El Patrono reconoce a U.E.M.E. como el representante exclusivo de todos los empleados comprendidos en la unidad apropiada que más adelante se describe, para negociar colectivamente con respecto a salarios, horas y condiciones generales de trabajo.

2. La Unidad Contratante cubierta por este Convenio estará comprendida por todos los empleados de Ministerio de Educación, con excepción de los empleados ejecutivos y Gerenciales.

3. El Patrono no podrá conferir poderes y funciones de supervisores y ejecutivos a empleados incluidos dentro de la Unidad Apropiada.

4. El Patrono mantendrá durante la vigencia de dicho Convenio, el número de puestos y empleados en la Unidad Apropiada existente a la fecha de la firma de este Convenio.

5. El

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