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Contabilidad De Sociedades


Enviado por   •  22 de Marzo de 2014  •  2.320 Palabras (10 Páginas)  •  225 Visitas

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Contabilidad de sociedades.

PROGRAMA DE CONSTITUCIÓN: El programa debe contener:

•Los datos de identificación de los fundadores;

•El proyecto de pacto y estatuto sociales;

•El plazo y las condiciones para la suscripción de las acciones, la facultad de

los fundadores para prorrogar el plazo y, en su caso, la empresa o

empresas bancarias o financieras donde los suscriptores deben depositar la

suma de dinero que estén obligados a entregar al suscribirlas y el término

máximo de esta prórroga;

•La información de los aportes no dinerarios;

•La indicación del Registro en el que se efectúa el depósito del programa;

•Los criterios para reducir las suscripciones de acciones cuando excedan el

capital máximo previsto en el programa;

•El Plazo dentro del cual deberá otorgarse la escritura de constitución;

•La descripción e información sobre las actividades que desarrollará la

sociedad;

•Los derechos especiales que se concedan a los fundadores, accionistas o

terceros; y,

•Las demás informaciones que los fundadores estimen convenientes para la

organización de la sociedad y la colocación de las acciones.

Publicidad del Programa

El programa debe ser suscrito por todos los fundadores, cuyas firmas se

legalizarán notarialmente, debiendo depositarse en el Registro, conjuntamente

con cualquier otra información que se requiera para la colocación de acciones.

Después de este depósito puede darse a publicidad o comunicarse a terceros.

ADMINISTRACIÓN

Estará a cargo de uno o varios mandatarios temporales revocables quienes pueden ser socios o personas extrañas a la Sociedad. Cuando los Administradores sean dos o más constituirán el Consejo de Administración. Salvo pacto en contrario será Presidente del Consejo el Consejero primeramente nombrado y a falta de este el que le siga en el orden de la designación. Para que el Consejo de Administración funciones legalmente, deberá asistir por lo menos la mitad de sus miembros y sus resoluciones serán validas cuando sean tomadas por la mayoría de los presentes. En caso de empate, el Presidente del Consejo decidirá con voto de calidad. La Asamblea General de Accionistas, el Consejo de Administración o el Administrador podrán nombrar uno o varios Gerentes Generales o especiales, sean o no accionistas. Los nombramientos de los Gerentes serán revocables en cualquier tiempo por el Administrador o Consejo de Administración o por la Asamblea General de Accionistas. Los cargos de Administrador o Consejero y de Gerente son personales y no podrán desempeñarse por medio de representante

DE LOS SOCIOS: No podrá tener mas de 50 Socios.

DE CAPITAL SOCIAL: No será inferior a $ 3,000. pesos y se dividirá en partes sociales que podrán ser de valor y categoría desiguales. Cada Socio no tendrá más de un aparte social. Cuando un Socio haga una nueva aportación o adquiera la totalidad de la parte de un Coasociado se aumentará en la cantidad respectiva el valor de su parte social.

DE LA ADMINISTRACIÓN: Estará a cargo de uno o más Gerentes que podrán ser Socios o Personas extrañas a la Sociedad

La Administración

La Administración de la sociedad constituye un órgano que debiendo ser desempeñado de manera personal, es revocable y remunerado, y al mismo corresponde, como ejecutivo que es, por un lado llevar la dirección de los negocios sociales; la administración de la propia sociedad, en donde destaca la necesidad de que se lleve y mantenga un sistema de contabilidad adecuado a las necesidades de la empresa; les corresponde, por otro lado, tener la representación de la sociedad, además de que es su responsabilidad hacer que su cumplan los acuerdos de las asambleas, tomados de conformidad con la Ley y los estatutos sociales.

[editar] Ámbitos de Administración

• Administración interna (administración stricto sensu): la función de gestión que se encuentra encomendada a los administradores requiere de la existencia de facultades de decisión y ejecución de todos los actos relativos a la consecución del fin social, y que son realizados al interior de la propia sociedad de manera permanente por los propios administradores, quienes se pueden auxiliar de otros órganos gestores y también directivos que apoyen sus labores como en el caso de los gerentes.

• Administración externa (representación): las funciones de los administradores no se agotan en las actividades realizadas al interior de la sociedad, sino que son complementadas al exterior de ella, para lo cual requieren ser detentadores de facultades de representación que les permitan actuar a nombre del ente social, obligándolo en negocios diversos.

Gerencia

La Gerencia en la Sociedad Anónima, constituye un cargo de carácter secundario (no como en la Sociedad de Responsabilidad Limitada, dónde es el órgano administrativo), que en apoyo a las funciones de la administración, auxilia a este órgano en la conducción de los negocios sociales, investido de facultades de representación, cuya designación corresponde a la asamblea general ordinaria, o bien al órgano de administración, y como éstos últimos pueden o no ser socios de la sociedad.

La Vigilancia

La Vigilancia constituye una actividad de carácter permanente al interior del ente social y es realizada por un órgano que puede ser individual o colegial (comisario o consejo), designado por la asamblea que tiene como misión genérica la de supervisar las actividades de gestión y representación que en forma permanente realiza la administración, y cuenta, además, con facultades y obligaciones específicas establecidas en la ley o bien los estatutos sociales, tales como la revisión del informe que anualmente deben presentar la administración a la asamblea general ordinaria, en relación con el cual deben rendir un informe complementario que los propios miembros de la vigilancia deben realizar

Cómo se administra la sociedad?

Por un administrador único o a través de un consejo de administración

¿Las sociedades anónimas pueden ser de capital variable?

Sí, ésta es una modalidad que puede adoptar casi cualquier sociedad mercantil, e implica que los accionistas separen una parte del capital social que será fija, mientras que otra parte será variable y podrá incrementarse o disminuirse según convenga a los intereses de la sociedad.

Se debe de añadir a la denominación social las palabras Capital Variable o sus siglas C.V. (en este caso "Sociedad Anónima de Capital Variable" o S.A. de C.V

http://biblio.juridicas.unam.mx/libros/4/1747/4.pdf

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