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Contabilidad De Sociedades


Enviado por   •  17 de Marzo de 2014  •  2.537 Palabras (11 Páginas)  •  298 Visitas

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CONFORMACIÓN DE SOCIEDADES MERCANTILES.

ÍNDICE

Introducción

Conceptos clave

¿Cómo se clasifican las sociedades mercantiles?

¿Cuáles son los diferentes tipos de sociedades mercantiles?

¿Qué necesito para constituir mi sociedad mercantil?

¿Cuáles son los requisitos que toda sociedad mercantil debe reunir?

Todo sobre Sociedades Anónimas

Conclusión

Bibliografía

INTRODUCCIÓN

Al formar una sociedad los individuos que la formaran tienen un objetivo o un fin en común al constituir una sociedad los miembros se especializaran en un ramo en específico con el fin de obtener ganancias.

En una sociedad cada socio aportara capital y el nombre de la sociedad estará determinado por quien aporte la mayor cantidad.

Al elegir alguna sociedad se deberán tomar en cuenta las necesidades y disposiciones que tenga cada uno de los miembros.

Las sociedades nos pueden ser de gran apoyo si no contamos con un capital para formar nuestra propia empresa.

¿CÓMO SE CLASIFICAN LAS SOCIEDADES MERCANTILES?

Para clasificar las sociedades se toman en cuenta los elementos y el tipo de capital.

Existen tres elementos:

El personal: formado por socios que aportan y reúnen sus esfuerzos (bienes, capital o trabajo).

El patrimonial: constituido por bienes que juntos forman un capital social.

El formal: compuesto por reglas que rigen la transformación del contrato, justificando así el origen de la sociedad como ente.

Y dos tipos de capital:

Capital fijo: el que no se puede modificar, salvo por un cambio de los estatutos.

Capital variable (C.V.): aquel que es flexible conforme al avance de la sociedad mercantil.

¿CUÁLES SON LOS DIFERENTES TIPOS DE SOCIEDADES MERCANTILES?

Sociedades colectivas. Son las que involucran dos o más personas que, ilimitada y solidariamente responsables, se unen para comerciar en común, administrando la sociedad por sí o por mandatario elegido de común acuerdo.

Sociedades anónimas. Es una persona jurídica que crea a partir de la reunión de un fondo común, que cuenta con accionistas responsables sólo por sus respectivos aportes y es administrada por un directorio integrado por miembros esencialmente revocables. Estas sociedades se constituyen con un capital social mínimo de $50,000 pesos, dividido en partes iguales llamadas acciones y por mínimo 2 personas. Su duración puede ser de 1 a 99 años. Estas sociedades pueden ser abiertas (que pueden hacer oferta pública de acciones) o bien cerradas.

Sociedades en comanditas. Son aquellas que se celebran entre una o más personas que prometen llevar a la caja social un determinado aporte, y una o más personas que se obligan a administrar exclusivamente la sociedad por sí o sus delegados y en su nombre particular. En este tipo de sociedad, no todos están obligados a lo mismo, y en la misma medida. No tienen un mínimo de capital inicial para formarse. Se forma con los nombres de uno o más comanditados, seguidos de las palabras “y compañía”. El socio o socios comanditarios no pueden ejercer nunca el cargo de administradores, pero si tienen derecho a autorizar y vigilar la buena función de su sociedad.

Sociedades de responsabilidad limitada. Este tipo de sociedades es aquella en que los socios administran por sí o por mandatarios elegidos por ellos, y en que su responsabilidad está limitada al monto de sus aportes o la suma que además de dicho monto se establezca en los estatutos sociales. El capital social mínimo es de $3,000 pesos; Tiene una naturaleza mixta por lo que funcionan a partir del principio: quien tiene el poder de administrar, responde ilimitadamente de las deudas sociales; y quien esta desprovisto de la administración responde solo con su aporte.

Sociedad Cooperativa (S.C.): La Sociedad Cooperativa ofrece rendimientos por trabajo o por consumo, y todos los socios pertenecen a la clase trabajadora. La responsabilidad puede ser limitada (hasta por el monto de su aportación) o suplementada (por la que los socios responden hasta la cantidad determinada en el acta constitutiva). No se establece un mínimo de capital social; sin embargo, éste siempre debe ser variable. El fondo de reservas se constituye con 10 a 20 por ciento de los rendimientos de cada ejercicio social, el cual podrá ser delimitado en las bases constitutivas, pero no puede ser menor de 25% del capital social en las S. C. de productores, ni de 10% en las de consumidores. Existe un mínimo de cinco socios, pero un máximo ilimitado.

¿CUÁLES SON LOS REQUISITOS QUE TODA SOCIEDAD DEBE REUNIR?

Afán de lucro. Esto significa que la persona moral será constituida para generar beneficios económicos. Si no se pretende tener beneficios económicos o de lucro, entonces no se constituye una sociedad mercantil.

Contribución a las pérdidas. Es el riesgo inherente al negocio y es compartido por todos los socios.

Aportación inicial. Es la contribución patrimonial de los socios: puede estar representada por dinero, bienes muebles o inmuebles o bien, trabajo.

La affectio societatis. Que es la intención existente por parte de los socios de lograr un bien común para la sociedad.

¿QUÉ NECESITO PARA CONSTITUIR MI SOCIEDAD MERCANTIL?

Las cuatro sociedades reguladas por la Ley General de Sociedades Mercantiles requieren:

Junta de socios para elaborar proyecto de estatutos.

Autorización de la Secretaría de Economía.

Protocolización ante notario público.

Inscripción en el Registro Público de Comercio.

Las sociedades cooperativas, que son reguladas por la Ley General de Sociedades Cooperativas piden un proceso de constitución, que involucra:

Acta por quintuplicado a la asamblea general.

Certificación de firmas ante notario público, corredor público o juez de distrito, entre otras.

Autorización de la Secretaria del Trabajo y Previsión Social.

Inscripción en el Registro Público de Comercio. A continuación presentamos un resumen de los principales pasos a seguir para formar una empresa:

1.- Cualquier sociedad mercantil debe ser constituida ante un Notario Público o Fedatario Público, para esto se crea un instrumento notarial denominado Acta Constitutiva en donde se le da nombre y razón social a la entidad, se definen los estatutos sociales, se establecen quienes serán los socios y participaciones de los mismos, se define el órgano de administración así como los apoderados y los poderes específicos que se les conferirán, duración de la sociedad, así como otros elementos importantes que se acuerdan.

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