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Contabilidad Electronica


Enviado por   •  7 de Septiembre de 2014  •  492 Palabras (2 Páginas)  •  2.696 Visitas

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CONTABILIDAD ELECTRÓNICA

A partir del 1 de julio de 2014 están obligados a llevar contabilidad electrónica y enviar esta información al SAT las personas morales, incluidas las personas morales con fines no lucrativos, y las personas físicas con actividad empresarial.

Sólo quedan exentas de la obligación los siguientes: los sindicatos obreros y los organismos que los agrupen, así como la federación, las entidades federativas, los municipios y las instituciones que por ley estén obligadas a entregar al gobierno federal el importe íntegro de su remante de operación, y las personas físicas con actividad empresarial cuyos ingresos en el ejercicio anterior no hayan excedido de dos millones de pesos y utilicen Mis cuentas, o se encuentren en el Régimen de Incorporación Fiscal.

Cómo se genera la contabilidad electrónica

Genera los archivos xml con el detalle de la contabilidad electrónica conforme a lo establecido en el (1.12 mb)Anexo 24 de la Segunda resolución de modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal 2014, comprime cada archivo en zip y cumple con la nomenclatura establecida.

Cómo se envía la información

La entrega de la información es a través del Buzón Tributario, en el apartado Contabilidad electrónica; el envío debe hacerse con firma electrónica.

El envío de la información se hace conforme lo siguiente:

• El catálogo de cuentas de nivel mayor y subcuenta (niveles 1 y 2) por única vez en el primer envío (en octubre), y tres días después cada vez que sea modificado.

• Las balanzas de comprobación y el sistema financiero de forma mensual, en el mes siguiente al que correspondan los datos, de acuerdo con lo siguiente:

Tipo de contribuyente Plazo de envío

Personas morales A más tardar el día 25 del mes siguiente.

En caso de cierre del ejercicio, a más tardar el 20 de abril del ejercicio siguiente.

Personas físicas A más tardar el día 27 del mes siguiente.

En caso de cierre del ejercicio, a más tardar el 22 de mayo del ejercicio siguiente.

No obstante, la información de julio a diciembre de 2014 de las personas morales debe enviarse en los siguientes términos:

Balanza de comprobación de: Mes de entrega:

Julio Enero, 2015

Agosto Enero, 2015

Septiembre y octubre Enero, 2015

Noviembre y diciembre Enero, 2015

Las personas físicas comienzan a enviar su información a partir de enero 2015.

Para el envío, ingresa al Buzón Tributario:

1. Selecciona Contabilidad electrónica.

2. Selecciona el tipo de información y archivo que vas a enviar junto con los datos generales relacionados.

3. Envía con la firma electrónica.

Si el envío

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