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Contabilidad Gubernamental En Ecuador


Enviado por   •  18 de Septiembre de 2014  •  19.094 Palabras (77 Páginas)  •  593 Visitas

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LA CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL DEL ECUADOR CAPITULO I

LA ADMINISTRACIÓN FINANCIERA GUBERNAMENTAL1

El conocimiento de los aspectos básicos de la administración financiera gubernamental en el Ecuador, es el punto de partida para analizar en detalle cada uno de sus componentes y concluir con el entendimiento del sistema de contabilidad gubernamental.

1.1 REGULACIONES LEGALES

En el sector público las leyes determinan lo que puede hacerse, los procesos y las personas autorizadas para hacerlo, a diferencia del sector privado que puede realizar cualquier actividad siempre que no contravenga las disposiciones legales en vigor.

El Código Orgánico de Planificación y Finanzas Públicas (COPLAFIP) publicado en el Segundo Suplemento al Registro Oficial No. 306 del 22 de octubre del 2010, en sus primeros 8 artículos expone los lineamientos, objetivos y principios comunes a estos dos temas. En los artículos 70 en adelante contiene las disposiciones sobre el Sistema Nacional de Finanzas Públicas (SINFIP) y sus componentes.

1.2 COMPONENTES

El SINFIP está sustentado en la teoría de sistemas, según el artículo 83 del Código Orgánico de Planificación y Finanzas Públicas que obliga a una actuación coordinada y articulada de los componentes de este sistema, para asegurar su funcionamiento integrado.

Los componentes principales del SINFIP son:

1. Política y planificación fiscal

2. Ingresos

3. Presupuesto

4. Endeudamiento público

5. Contabilidad gubernamental

6. Tesorería

La rectoría del SINFIP le corresponde al Presidente de la República, a través del

Ministerio de Finanzas que será el ente rector, entre cuyas atribuciones y deberes están:

a. Proponer los lineamientos de la política fiscal referente a ingresos, gastos y financiamiento;

1 Este capítulo se fundamenta en los artículos 70 al 83 del Código Orgánico de Planificación y Finanzas Públicas, publicado en el segundo suplemento al Registro Oficial No. 306 del 22 de octubre del 2010; y en la Normativa del Sistema de Administración Financiera (hoy Sistema Nacional de Finanzas Públicas) publicada en el Suplemento del Registro Oficial No. 259 de 24 de enero del 2008 y sus reformas, cuya vigencia fue convalidada con el Acuerdo Ministerial No. 283 de 22 de octubre del 2010, publicado en el Registro Oficial No. 372 del 27 de enero del 2011 .

La Contabilidad Gubernamental del Ecuador Gabriel Freire Romo

b. Ejecutar la política fiscal;

c. Dictar las normas, manuales, instructivos, directrices, clasificadores, catálogos, glosarios y otros instrumentos de cumplimiento obligatorio;

d. Organizar el SINFIP y la gestión financiera de los organismos, entidades y dependencias del sector público;

e. Formular y actualizar la programación fiscal anual y plurianual;

f. Formular la proforma del Presupuesto General del Estado;

g. Asesorar a las entidades y organismos del sector público, en materias relacionadas con el SINFIP;

h. Normar los procesos de negociación y contratación de operaciones de endeudamiento público;

i. Realizar negociaciones y contratación de operaciones de endeudamiento público del Presupuesto General del Estado;

j. Elaborar y mantener actualizados los registros de los entes financieros públicos y registro de los responsables de la gestión financiera;

k. Armonizar, homogeneizar y consolidar la contabilidad en el sector público;

l. Elaborar los estados financieros consolidados de las entidades y organismos que forman parte del sector público no financiero;

m. Elaborar y proporcionar la información fiscal necesaria para la formulación de las cuentas nacionales y las cuentas fiscales;

n. Realizar las transferencias y pagos de las obligaciones solicitadas por los organismos y entidades del sector público, contraídas sobre la base de la programación y la disponibilidad de caja.

1.3 SISTEMA NACIONAL DE FINANZAS PUBLICAS (SINFIP)

Comprende el conjunto de normas, políticas, instrumentos, procesos, actividades, registros y operaciones que las entidades y organismos del sector público deben realizar con el objeto de gestionar en forma programada los ingresos, gastos y financiamiento públicos, con sujeción al Plan Nacional de Desarrollo y a las políticas públicas.

Todas las entidades y organismos del sector público se sujetarán al SINFIP, sin perjuicio de la gestión autónoma de orden administrativo, económico, presupuestario y organizativo que tienen determinadas entidades

Principios Generales2

Para el funcionamiento del SINFIP se han definido principios generales que se aplican a todos los subsistemas que lo componen. Estos principios son: Legalidad, universalidad, unidad, plurianualidad, integralidad, oportunidad, efectividad, sostenibilidad, centralización normativa, desconcentración y descentralización operativas, participación, flexibilidad y transparencia.

Los principios expuestos en la normativa del SINFIP, son:

1. Entes financieros

2 Código Orgánico de Planificación y Finanzas Públicas artículo 7. Normativa del Sistema de

Administración Financiera (Sistema Nacional de Finanzas Públicas), del 1.1.1 al 1.1.8

2

La Contabilidad Gubernamental del Ecuador Gabriel Freire Romo

Constituyen entes financieros los organismos, entidades, fondos o proyectos creados por ley, decreto u ordenanza, con existencia propia e independiente, que administración recursos y obligaciones del Estado, bajo cuya responsabilidad estará el funcionamiento del SINFIP. Si las circunstancias lo justifican, el sistema se desconcentrará bajo la exclusiva responsabilidad del ente financiero institucional.

Los entes financieros se presumirán de existencia permanente, a menos que las disposiciones que los crearon definan una existencia determinada u otra norma legal establezca su disolución o fusión.

El conjunto de recursos y obligaciones administrados por los entes financieros, reflejados en el SINFIP institucional, constituirán la base del sistema en los niveles sectorial y global del sector público no financiero.

Los organismos, entidades, fondos o proyectos que conforman el Gobierno Central se constituirán en un solo ente financiero, con presupuesto,

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