Contrato De Compraventa
Enviado por dulceperez34 • 11 de Febrero de 2012 • 514 Palabras (3 Páginas) • 1.477 Visitas
CONTRATO DE COMPRAVENTA DE SEMOVIENTES
En la ciudad de Tepic, capital de Nayarit a los 19 días del mes de octubre del año 2009, estando presentes de una parte el C. Andrés Mesa Díaz, a quien en lo sucesivo y para efectos del presente contrato se le denominará “EL VENDEDOR” y por la otra parte el C. Leopoldo Pérez Gradilla quien en adelante se le denominará “EL COMPRADOR”, quienes de conformidad con lo previsto en los artículos 1621, 1622, 1628 del Código Civil del Estado de Nayarit vigente, y en presencia de los testigos el C. Juan Roberto Estrada Ibañez y el C. Ricardo Cuenca Villalobos convienen en celebrar el presente contrato de compraventa, ambos en su propio nombre y representación. Las dos partes se reconocen con capacidad suficiente para el otorgamiento de este contrato y en su virtud:
MANIFIESTAN
I. “EL VENDEDOR” declara ser mayor de edad, con estado civil viudo, de profesión agricultor, vecino de la alcaldía de Tecuala, con domicilio en la calle Guadalupe Victoria No. 84 colonia centro.
II. “EL COMPRADOR” declara ser mayor de edad, con estado civil casado, en régimen económico de separación de bienes, de profesión ingeniero civil, vecino de la ciudad de Tepic, con domicilio en la calle 12 de octubre No.450 colonia Menchaca.
III. “EL VENDEDOR” es actual propietario de un caballo de raza cuarto de milla, de color palomino, nacido en Julio del 2008, derecho de aplomos, ancho de enanca y pecho, con una cabeza y orejas pequeñas, con el no. AQHA #5245659, según consta en el no. 178993 de registro, que exhibe, como titulo de la propiedad. El citado bien semoviente se encuentra libre de cargas y gravámenes.
Por lo expuesto, es deseo y voluntad de las partes contratantes, comparecer a celebrar el presente contrato sujetándose a las siguientes:
CLÁUSULAS
Primera: En base a lo dispuesto por los artículos 1621 y 1622 del Código Civil del Estado de Nayarit el C. Andrés Mesa Díaz vende al C Leopoldo Pérez Gradilla, quien adquiere para sí semoviente descrito en la fracción III de las declaraciones.
Segunda: El precio convenido por ambas partes es de $ 49,000 (cuarenta y nueve mil pesos) moneda nacional que en este acto entrega “EL COMPRADOR” a “EL VENDEDOR” sirviendo este documento de eficaz carta de pago de su entrega.
Tercera: A. “EL VENDEDOR” manifiesta que el semoviente objeto del presente contrato mismo que se describe en la en la fracción III de las declaraciones, se encuentra libre de gravámenes.
Cuarta: “EL VENDEDOR”, se deslinda de cualquier responsabilidad civil o penal que pudiera resultar por el uso, manejo o funcionamiento del semoviente materia del presente contrato a partir de la fecha de hoy.
Así lo dicen y otorgan las partes, comprometiéndose al más estricto cumplimiento del presente contrato de compraventa sobre las cláusulas precedentes,
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