Contrato De Rescisión
Enviado por flakita78 • 29 de Abril de 2012 • 1.226 Palabras (5 Páginas) • 842 Visitas
CONVENIO DE RESCISIÓN AL CONTRATO DE ARRENDAMIENTO, QUE CELEBRAN DE UNA PARTE LA SEÑORA DELIA ORTIZ MORA, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DESIGNARÁ COMO EL “ARRENDADOR” Y EL SEÑOR JORGE VÁZQUEZ CRUZ, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DESIGNARÁ COMO EL “ARRENDATARIO”, AL TENOR DE LOS SIGUIENTES:
ANTECEDENTES
I.- Con fecha primero de marzo de dos mil ocho el Señor JORGE VÁZQUEZ CRUZ celebró con la señora DELIA ORTIZ MORA, un contrato de arrendamiento, respecto del departamento número _______, ubicado en la casa marcada con el número dos mil setecientos treinta de la privada Citlaltépetl de la Colonia Volcanes de esta Ciudad de Puebla, debidamente inscrito en el Registro Público de la Propiedad y del comercio de la Ciudad de Puebla quedando su copia agregada a folios del cuatrocientos veintiuno al cuatrocientos veintidós, tomo quinientos cuatro, del libro cinco, con fecha veinticinco de mayo de dos mil ocho; una copia debidamente firmada se agrega al presente convenio para formar parte del mismo, identificado como Anexo “A”.
II.- Declaran las partes que en el contrato referido en el antecedente primero de este convenio, se estipulo en la cláusula segunda que el departamento se arrienda, por así convenir a las partes, en la cantidad de $1,800.00 pesos (un mil ochocientos pesos 00/100 moneda de los estados unidos mexicanos), debiendo pagar dicha cantidad, precisamente sin excusa ni pretexto cada primer día de mes.
III.- Declaran las partes que en el contrato referido en el antecedente primero de este convenio, se estipulo en la cláusula tercera que el departamento número _______, ubicado en la casa marcada con el número dos mil setecientos treinta de la privada Citlaltépetl de la Colonia Volcanes de esta Ciudad de Puebla, se arrienda por así convenir al ARRENDATARIO por un periodo de doce meses contados a partir de la fecha de dicho contrato.
IV.- Declara el ARRENDADOR que el ARRENDATARIO nunca le ha dado puntualmente el pago por concepto de renta del departamento antes mencionado, ya que siempre se lo ha dado varios días o hasta semanas después de lo pactado en el contrato de arrendamiento antes mencionado.
V.- Declara el ARRENDADOR que a la fecha el ARRENDATARIO NO HA CUBIERTO el pago correspondiente al pago por renta respecto de los meses de septiembre y octubre del dos mil ocho respecto del departamento número _______, ubicado en la casa marcada con el número dos mil setecientos treinta de la privada Citlaltépetl de la Colonia Volcanes de esta Ciudad de Puebla, celebrado el día primero de marzo de dos mil ocho, esto es la cantidad de $3,600.00 pesos (tres mil seiscientos pesos 00/100 moneda de los estados unidos mexicanos),.
VI.- Declara el ARRENDADOR que en virtud de lo antes mencionado y en base a lo establecido en el párrafo octavo de la cláusula cuarta del contrato de arrendamiento referido en el antecedente primero de este convenio, el cual se transcribe mas adelante, ha decidido dar por terminado el contrato de arrendamiento celebrado con fecha primero de marzo de dos mil ocho, el cual se ha hecho referencia en el antecedente primero del presente convenio.
“CUARTA.- El inquilino queda obligado a pagar su renta en moneda nacional como ya se ha dicho por meses adelantados a partir de la fecha que entra en vigor el presente contrato de acuerdo con lo dispuesto por los artículos 2291, 2292, 2268 y 2290 fracción I del Código Civil en Vigor en la ciudad de Puebla, renunciando a los beneficios contenidos en el artículo 2293 del mismo Código Civil.-… Por falta de pago de la renta, en la forma que manifiesta el articulo 2334 fracción I, II, III y IV del Código Civil en Vigor en la ciudad de Puebla, renunciando para este efecto a los beneficios que conciente la fracción I del articulo 2334 del mismo Código Civil.-…”; dicho artículo a la letra dice:
Artículo 2334.- El arrendador puede exigir la rescisión del contrato al inquilino:
I.- Si no paga la renta correspondiente
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