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Demanda Rescision Contrato


Enviado por   •  1 de Febrero de 2014  •  2.367 Palabras (10 Páginas)  •  1.364 Visitas

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INMOBILIARIA CASA, S.A. DE C.V.

VS

SAMANTHA PASCOE HERNANDEZ

JUICIO: ORDINARIO CIVIL

RESCISION DE CONTRATO COMPRAVENTA

ESCRITO INICIAL

C. JUEZ DE LO CIVIL EN TURNO DE TLALNEPANTLA CON

RESIDENCIA EN NAUCALPAN, ESTADO DE MEXICO.

LIC. JOSÉ LUIS PÉREZ GÓMEZ, EN MI CARÁCTER DE APODERADO LEGAL DE INMOBILIARIA CASA, S.A. DE C.V., PERSONALIDAD QUE ACREDITO EN LOS TÉRMINOS DE LA COPIA CERTIFICADA DE LA ESCRITURA NUMERO 5,213, VOLUMEN 678, DE FECHA 14 DE MAYO DE 2009, PASADA ANTE AL FE DE LA LICENCIADA PATRICIA M. RUÍZ DE CHÁVEZ RINCÓN GALLARDO NOTARIO PUBLICO NUMERO 163 DEL ESTADO DE MÉXICO, QUE ACOMPAÑO AL PRESENTE ESCRITO COMO ANEXO 1, ASÍ COMO EN MI CARÁCTER DE LICENCIADO EN DERECHO DE CON CEDULA PROFESIONAL NUMERO 3812335 EXPEDIDA POR LA SECRETARIA DE EDUCACIÓN PUBLICA A TRAVÉS DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE PROFESIONES, INCLUYENDO TAMBIÉN EL NUMERO DE NIP DEL REGISTRO EN EL SISTEMA COMPUTACIONAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL ESTADO DE MÉXICO CON NUMERO 9754, Y AUTORIZANDO PARA LOS MISMOS EFECTOS A LAS C.C. ALEJANDRA JAZMÍN SOSA MEJÍA, ANTE USTED CON LA DEBIDA ATENCIÓN Y RESPETO COMPAREZCO Y EXPONGO:

QUE POR MEDIO DEL PRESENTE ESCRITO Y EN LA VÍA ORDINARIA CIVIL VENGO A DEMANDAR A LA SEÑORA SAMANTHA PASCOE HERNÁNDEZ DE QUIEN SEÑALO COMO DOMICILIO PARA EFECTOS DE EMPLAZAMIENTO EL UBICADO EN LA CALLE JALAPA NO 40, COLONIA VALLE CEYLAN, C.P. 5415O, TLALNEPANTLA, ESTADO DE MEXICO.

SU SEÑORÍA ES COMPETENTE PARA CONOCER DEL PRESENTE ASUNTO CON FUNDAMENTO EN LO DISPUESTO POR EL ARTÍCULO 11 FRACCIÓN XV DE LA LEY ORGANICA DEL PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE MÉXICO, EL CUAL ESTABLECE QUE LOS JUZGADOS DEL DISTRITO JUDICIAL DE TLALNEPANTLA PODRÁN TENER RESIDENCIA ENTRE MUNICIPIOS EL DE NAUCALPAN DE JUÁREZ, ESTADO DE MÉXICO Y QUE EL NUMERO QUE LES CORRESPONDA DE JUZGADO SERÁ UN JUZGADO DE TLALNEPANTLA CON RESIDENCIA EN NAUCALPAN DE JUÁREZ, ESTADO DE MÉXICO, Y DE LA CLAUSULA DECIMO TERCERA DEL BASAL DE LA ACCIÓN SE PUEDE ADVERTIR QUE LAS PARTES DE FORMA EXPRESA NOS SOMETIMOS A LA JURISDICCIÓN DE LOS TRIBUNALES COMPETENTES EN ESTADO DE MÉXICO SIN IMPORTAR SU RESIDENCIA, SIENDO COMPETENTE ADEMÁS SU SEÑORÍA EN VIRTUD DEL GRADO, MATERIA Y CUANTÍA.

ES EN BASE A LO ANTERIOR QUE DEMANDO LAS SIGUIENTES:

P R E S T A C I O N E S

I- LA RESCISIÓN DEL CONTRATO PRIVADO DE COMPRA VENTA CON RESERVA DE DOMINIO CELEBRADO POR LA PARTE ACTORA CON EL HOY DEMANDADO EL DÍA 28 DE SEPTIEMBRE DE 2007, QUE SE AGREGA EN ORIGINAL COMO ANEXO 2 COMO DOCUMENTO BASE DE LA ACCIÓN EL CUAL SOLICITO SEA GUARDADO EN EL SEGURO DE ESTE JUZGADO, RESPECTO DEL LOTE DE TERRENO MARCADO CON EL NUMERO 1 DEL LOTE EN CONDOMINIO NUMERO 41 DE LA MANZANA NUMERO 14, UBICADO EN EL CONJUNTO URBANO DE TIPO MIXTO HABITACIONAL DE TIPO POPULAR, COMERCIAL Y DE SERVICIOS, DENOMINADO “HACIENDA LA CONCEPCIÓN” UBICADO EN EL MUNICIPIO DE TEPOTZOTLAN, ESTADO DE MÉXICO, CON UNA SUPERFICIE APROXIMADA DE 313.9 METROS CUADRADOS, POR CAUSAS IMPUTABLES AL DEMANDADO COMPRADOR, POR LAS SIGUIENTES CAUSALES:

A) POR FALTA DE PAGO Y FALTA DE PAGO PUNTUAL DE 21 (VEINTIUNO) ABONOS-MENSUALIDADES VENCIDAS Y NO PAGADAS POR LA CANTIDAD DE $3,162.32 (TRES MIL CIENTO SESENTA Y DOS PESOS 32/100 M.N.) CADA UNA, QUE COMPRENDEN DEL PERIODO DE 30 DE AGOSTO DE 2009 AL 30 DE ABRIL DE 2011, ASÍ COMO 29 (VEINTINUEVE) MENSUALIDADES VENCIDAS ANTICIPADAMENTE POR EL INCUMPLIMIENTO EN EL PAGO PUNTUAL EN LOS TÉRMINOS A QUE SE REFIERE EL PRIMER PÁRRAFO DE LA CLAUSULA SEXTA DEL CONTRATO BASE DE LA ACCIÓN; EL PAGO DE 6 (SEIS) ANUALIDADES VENCIDAS Y NO PAGADAS POR LA CANTIDAD DE $25,112.00 (VEINTICINCO MIL CIENTO DOCE PESOS 00/100 M.N.) CADA UNA QUE COMPRENDEN DEL PERIODO DEL 30 DE OCTUBRE DE 2008 AL 30 DE OCTUBRE DE 2010 ASÍ COMO 3 (TRES) ANUALIDADES VENCIDAS ANTICIPADAMENTE POR EL INCUMPLIMIENTO EN EL PAGO PUNTUAL EN LOS TÉRMINOS A QUE SE REFIERE EL PRIMER PÁRRAFO DE LA CLAUSULA SEXTA DEL CONTRATO BASE DE LA ACCIÓN.

B) POR LA FALTA DE PAGO DEL IMPUESTO SOBRE TRASLACIÓN DE DOMINIO QUE EL DEMANDADO NO HA EFECTUADO, HASTA LA FECHA.

C) POR LA FALTA DE PAGO DE LOS IMPUESTOS PREDIALES SOBRE EL INMUEBLE MENCIONADO Y QUE SON A CARGO DEL DEMANDADO.

II- EL PAGO DE LA PENA CONVENCIONAL PACTADA ENTRE LAS PARTES Y A QUE SE REFIERE EL ÚLTIMO PÁRRAFO DE LA CLÁUSULA SEXTA DEL CONTRATO DE COMPRAVENTA BASE DE LA ACCIÓN, CONSISTENTE EN QUE “LA COMPAÑÍA O PARTE ACTORA HARÁ UN CARGO AL CLIENTE O PARTE DEMANDADA DEL 20% DEL VALOR TOTAL DE LA OPERACIÓN, EN LOS TÉRMINOS QUE LA MISMA SE INDICA”.

III.- EL PAGO DE LOS INTERESES MORATORIOS QUE SE HAYAN GENERADO POR EL RETRASO EN EL PAGO DE LAS MENSUALIDADES VENCIDAS Y NO PAGADAS POR LA PARTE DEMANDADA, AL TIPO DE INTERESES PACTADO EN EL DOCUMENTO BASE DE LA ACCIÓN Y LAS CUALES SERÁN CALCULADAS EN EJECUCIÓN DE SENTENCIA.

IV.- EL PAGO DE LOS GASTOS Y COSTAS QUE EL PRESENTE PROCEDIMIENTO ORIGINE.

V.- EL PAGO DE DAÑOS Y PERJUICIOS OCASIONADO A MI REPRSENTADA POR EL INCUMPLIMIENTO DE LAS MENSUALIDADES VENCIDAS Y NO PAGADAS.

FUNDO LA PRESENTE DEMANDA EN LOS SIGUIENTES HECHOS Y CONSIDERACIONES DE DERECHO.

H E C H O S

1.- CON FECHA 28 DE SEPTIEMBRE DE 2007, MI REPRESENTADA EN CARÁCTER DE VENDEDORA, CELEBRÓ CONTRATO DE COMPRAVENTA CON RESERVA DE DOMINIO CON LA SEÑORA SAMANTHA PASCOE HERNANDEZ, RESPECTO DEL LOTE DE TERRENO MARCADO CON EL NÚMERO 1 DEL LOTE EN CONDOMINIO NUMERO 41 DE LA MANZANA 14, DEL CONJUNTO URBANO DE TIPO MIXTO HABITACIONAL DE TIPO POPULAR, COMERCIAL Y DE SERVICIOS DENOMINADO “HACIENDA LA CONCEPCIÓN” UBICADO EN EL MUNICIPIO DE TEPOTZOTLAN, ESTADO DE MÉXICO, CON UNA SUPERFICIE APROXIMADA DE 313.9 METROS CUADRADOS, COMO SE ACREDITA CON EL CONTRATO BASE DE LA ACCIÓN, QUE EN ORIGINAL SE ANEXA AL PRESENTE ESCRITO.

2.- COMO CONSTA DE LA CLÁUSULA SEGUNDA DEL CITADO CONTRATO, EL DEMANDADO SE OBLIGÓ A PAGAR LA CANTIDAD DE $313,900.00 (TRESCIENTOS TRECE MIL NOVECIENTOS PESOS 00/100 M.N.) POR CONCEPTO DE PRECIO DE LA COMPRAVENTA CONTRATADA.

3.- CONVENIMOS LAS PARTES QUE EL PRECIO DE LA COMPRAVENTA SE PACTARIA DE LA MANERA SIGUIENTE:

a) UN ENGANCHE POR LA CANTIDAD $62,780.00 (SESENTA Y DOS MIL SETECIENTOS OCHENTA PESOS 00/100 M.N.) A PAGAR EL DÍA 28 DE SEPTIEMBRE DE 2007.

b) EL SALDO POR LA CANTIDAD DE $251,120.00 (DOSCIENTOS CINCUENTA Y UN MIL CIENTO VEINTE PESOS 00/100 M.N.) EN 72 (SETENTA Y DOS) PAGOS MENSUALES POR LA CANTIDAD DE $3,162.32 (TRES MIL CIENTO SESENTA Y DOS PESOS 32/100 M.N.) CADA UNA, DEBIENDO VERIFICARSE EL PRIMERO DE ELLOS A PARTIR DEL

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