Cuales son los Caso los Vidrios Corredizos En Ley
Enviado por Carlos de León • 24 de Abril de 2018 • Práctica o problema • 570 Palabras (3 Páginas) • 282 Visitas
Caso de los vidrios Corredizos:
Los trabajadores, miembros del sindicato de la empresa Los Tulipanes, a través del secretario general del sindicato, han hecho la petición a la gerencia de ponerle vidrios corredizos y transparentes un transporte que la misma gerencia había comprado para el uso de los trabajadores, ya que muchos de ellos vivían en las ciudades aledañas a la fábrica.
Los gerentes al ver esta acción, en lugar de atender la petición, decidieron comprar otro dos autobuses, los cuales los acondicionaron lo mejor posible para la comodidad de los obreros poniendo partes plásticas transparentes en donde van los vidrios, sin embargo, para el sindicato esto resulto peor, ya que alegaban que el ambiente se había vuelto toxico para los trabajadores
Pues como gerentes de la empresa, no podemos acceder a las exigencias del sindicato, ya que van más allá de lo acordado en el pacto colectivo. En este se dijo que querían re ambientar el bus para más comodidad, y de esa manera se hizo, con la diferencia de que ahora en lugar de ser solo un bus, ya eran tres, los cuales habían ayudado en un mejor funcionamiento del transporte de la iglesia, ya que no iban sobrecargados.
Una de las opciones que se tiene como gerentes es dialogar entre administrativos y representantes del sindicato, lo que sería el tiempo de Conciliación, ya que tenemos que agotar todo tipo de vía administrativa. Ya que se cumplió con dicho pacto colectivo, no se está en la obligación de cumplir la petición fuera de éste, sin embargo tampoco queremos una huelga de parte de los obreros. El dialogo nos tiene que ayudar para poder llegar a un acuerdo que no haga que la empresa gaste más dinero del que se tenía presupuestado para los autobuses y que los trabajadores estén en un ambiente agradable en los buses. Durante el proceso del dialogo se piden llegar a acuerdos como el prolongamiento de esta petición ya más formal para la firma del próximo Pacto Colectivo, para evitarse problemas dentro del marco legal, o caer en infracciones directamente contra el Código de Trabajo; y la segunda opción es simplemente decirles que si no quieren usar los buses en esas condiciones, simplemente que nos los utilicen, pues asi nosotros como gerentes reafirmamos que el pacto colectivo se firmó y que los trabajadores por molestias luego de este ya no quisieron seguir usando de este servicio, y de igual manera el caer en ilegalidades que puedan afectar a cualquiera de las partes.
Si el dialogo no llega a una solución, se adoptarían medidas firmes que debiliten los esfuerzos del sindicato para que obtengan su cometido, se les trataría de la misma manera con la que se les trata, dentro de ley, sin calumnias ni injurias para con los trabajadores, siempre sustentándonos en que el pacto colectivo ha sido cumplido a cabalidad, en dado caso este no se dé y los trabajadores tomen medidas como la huelga, no queda más que ir ante la inspección de trabajo del Ministerio de Trabajo, basándonos en los artículos 239, 240 y 241 del Código de Trabajo de la República de Guatemala, en donde se especifica los requisitos para que los miembros del sindicato puedan declarase en huelga y en qué momentos la misma se puede declarar como ilegal, quedando exentos como gerentes sin ningún tipo de responsabilidad y guardar la imagen de la empresa de cualquier tipo de daños y prejuicios.
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