CÁTEDRA N° 2 TRIBUTACIÓN INTERNACIONAL
Enviado por Caro Nicolle Avila Martinez • 28 de Octubre de 2016 • Ensayo • 1.839 Palabras (8 Páginas) • 347 Visitas
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TRIBUTACIÓN INTERNACIONAL
AUD208-181; NRC-4619
CÁTEDRA N° 2
Facultad de Administración y Negocios
Sede Providencia
NOMBRE ALUMNO | : | |
RUT | : | |
PROFESOR | : | Ricardo Adasme Poblete |
FECHA | : | 30 de mayo de 2016 |
INDICACIONES GENERALES:
- Complete todos los datos personales solicitados en la prueba.
- Puntaje Máximo, 100 puntos. la nota mínima de aprobación 4,0 se obtiene logrando el cumplimiento del 60% de este puntaje.
- Lea cuidadosamente cada una de las preguntas.
- Responda utilizando lápiz de Pasta, las respuestas realizadas con lápiz de grafito no se considerarán.
- Escriba con letra legible, cuidando la ortografía y redacción de las ideas.
- El uso de celulares, computadores, tablet y otros aparatos con memoria se encuentra restringido sólo se permite el uso de calculadoras simples.
- El tiempo de duración de la prueba le será asignado al inicio de la misma.
- Todo intento de copia o adulteración de la prueba será sancionado.
PUNTAJES |
(Nota 4 corresponde al 60%) | ||||
ITEM | I | II | III | ∑ | NOTA: |
TOTAL | 30 | 30 | 40 | 100 | |
OBTENIDO |
Ítem I
Verdadero o Falso, justifique las Falsas. (3 puntos c/u, total 30 puntos)
1. | F | Un contribuyente, sin domicilio ni residencia en Chile, que mantenga depósitos en Chile, deberá pagar un impuesto adicional con tasa de 35% por las remesas de intereses que perciba. |
La tasa será de 4% art 59 N°1 |
2. | F | Contribuyente chileno, percibe dividendos de un país con el cual chile NO tiene convenio para evitar la doble tributación, por lo anterior sólo podrá rebajar el impuesto de retención aplicado a la remesa de los fondos, pero no el impuesto empresarial. |
Podrá rebajar el impuesto empresarial si el impuesto a la remesa es inferior al de primera categoría en Chile o dicho impuesto no existe. |
3. | F | Un contribuyente con domicilio y residencia en Chile, que perciba una utilidad por un pago asociado al uso de la marca de la sociedad, podrá utilizar sólo el impuesto empresarial retenido en dicho, cuando el pagador tenga domicilio en un país con que Chile NO tiene un convenio para evitar la doble tributación. |
Para este tipo de renta sólo se podrá utilizar el impuesto empresarial. |
4. | F | Cuando un contribuyente con residencia en Chile, obtiene utilidades desde una agencia ubicada en un país con el cual Chile NO tiene convenio para evitar la doble tributación, podrá utilizar el impuesto empresarial, solo cuando el impuesto de retención es inferior al impuesto de 1° categoría. |
Solo puede utilizar el impuesto empresarial, no el impuesto a la remesa. |
5. | V | Un contribuyente tendrá sobreendeudamiento cuando el total de la deuda contraída en el extranjero, sea superior a 3 veces el patrimonio de la sociedad al 31 de diciembre. |
6. | F | Cuando se determine que existe sobreendeudamiento, se aplicará tasa del 35% sobre la base determinada, sin derecho a crédito alguno, así si se ha determinado una base de $100, el impuesto a enterar será de $35. |
Deberá rebajar el 4% retenido al momento de realizar la remesa, es decir de 100 el impuesto es $35 pero ya pago $4, solo debe pagar $31. |
7. | F | El impuesto cancelado por sobre endeudamiento será un gasto aceptado para la sociedad. |
Art. 41 F N° 10 |
8. | F | Para el cálculo del endeudamiento total anual, se considerarán la suma de los valores de los créditos a su valor al 31 de diciembre, considerando los intereses. |
Promedio mensual de endeudamiento art 41 F |
9. | V | No se consideran para el cálculo del endeudamiento total, aquellos créditos contratados con no relacionadas, cuyo plazo sea inferior a 90 días. |
10. | V | El contribuyente que presente un excedente de crédito asociado a crédito de renta fuente extranjera, imputable contra impuesto de 1° categoría podrá imputarlo en el año siguiente reajustado, cuando existan impuesto de igual naturaleza. |
Ítem II
Alternativas, marque la alternativa correcta. (3 puntos c/u, Total 30 Puntos)
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