DEMANDA LABORAL
Enviado por adi011 • 30 de Mayo de 2014 • 1.624 Palabras (7 Páginas) • 447 Visitas
SEÑOR JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DE TRABAJO Y PREVISION SOCIAL Y DE FAMILIA DE LA CIUDAD E COATEPEQUE, DEPARTAMENTO DE QUETZALTENANGO.
ARMANDO LEONCION RUIZ PEREZ: De cuarenta años de edad, soltero, guatemalteco, Jornalero, vecino y con residencia en esta ciudad de Coatepeque, actuo bajo la dirección y auxilio del Abogado JIMY ROEL MALDONADO CHILEL, señalo como lugarpara recibir notificación en la oficina profesional situada primera avenida cuatro guion sesenta y uno Zona dos Barrio El Rosario de esta ciudad. Atentamente comparezco a promover JUICIO ORDNARION LABORAL EN LA VIA ORAL PRO DESPIDO DIRECTO E INJUSTIFICADO Y RETENCION DE SALARIOS Y PRESTACIONES, en contra del señorMarta margarita sanchezlopez, Quien puede ser notificada en su casa de habitación ubicada en la sexta calle ocho guion ciento ochenta y nueve, zona uno, barrios las casa, del municipio de coatepeque departamento de Quetzaltenango. En base a los siguientes:
HECHOS
A) DEL INICIO DE LA RELACION LABORAL: Inicie mi relación laboral para el colegio Adolfo mendezzepeda el día dos de enero del año dos mil cuatro por medio de contrato verbal con el señor carlos Batres, relación laboral que se dio por terminada el treinta de julio del presente año, por medio de despido directo e injustificado por parte de la misma persona que me contrato.
II. EL LUGAR, TRABAJO REALIZADO Y SALARIO DEVENGADO: Mis servicios los preste en el colegio ya relacionado ubicado en la dirección indicada para recibir notificaciones, habiendo laborado coo maestra de los grados de preparatoria, primero y segundo grado primaria, devengando un salario mensual de ochocientos quetzales mensuales, en consecuencia. EL PROMEDIO DE LOS SALARIOS DE LOS ULTIMOS SEIS MESE FUE DE OCHOCIENTOS QUERZALES MENSUALES.
III. DE LA JORNADA DE TRABAJO; La jornada de trabajo establecida fue de 7:30 a 12:45 horas de lunes a viernes de cada semana
IV. DE LA FINALIZACION DE LA RELACION LABORAL: La relación laboral finalizo el dia treinta de julio del año dos mil cuatro por medio de despido directo e injustificado, en virtud de haber solicitado el pago de mis salarios correspondientes a los mese de abril, mayo, junio y julio del presente año, situación por la que se meindico por parte del hoy demandado que para mi ya no había trabajo en el colegio privado ya referido, no obstante sin existir causa justa para dicho despido.
V. DE LA VIA ADMINISTRATIVA AGOTADA: Con la fecha de septiembre del año dos mil cuatro se dio por agotada la via administrativa debido a que la parte empleadora no se presento a la audiencia conciliatoria Sub Inspeccion de trabajo de esta ciudad de Coatepeque.
VI. DE LAS PRESTACIONES RECLAMADAS: Como consecuencia de la terminación d ela relación laboral, reclamo el pago de las siguientes prestaciones que a la fecha mi empleadora no me ha cancelado y que detallo a continuación.
a) INDEMNIZACION: Correspondiente del dos de enero al treinta y uno de julio del año dos mil cuatro.
b) BONIFICACION ANUAL PARA TRABAJADORES DEL SECTOR PRIVADO Y PUBLICO: Correspondiente del dos de enero al treinta y uno de julio del año dos mil cuatro.
c) AGUINALDO: Correspondiente del dos de enero al treinta y uno de julio del año dos mil cuatro.
d) VACACIONES: Correspondiente del dos de enero al treinta y uno de julio del año dos mil cuatro.
e) BONIFICACION INCENTIVO: Correspondiente del dos de enero al treinta y uno de julio del año dos mil cuatro.
f) SALARIOS EXTENDIDOS: El pago de los salarios que a la fecha del despido no me había hecho efectivo el demandado y que corresponde a los meses de ABRIL, MAYO, JUNIO Y JULIO del año dos mil cuatro.
g) REAJUSTE SALARIAL: En base al salario mínimo que estuvo vigente del dos de enero al treinta y uno de julio, en virtud que mi salario era de Ochocientos Quetzales no obstante que laboraba una jornada completa según lo establecido por el ministerio de educación para el sector educativo tanto nacional como privado.
h) DAÑOS Y PERJUICIOS: A razón de un salario mensual, desde el despido hasta el momento del pago de mis salarios y prestaciones.
FUNDAMENTO DE DERECHO
“Tutelaridad de las leyes de trabajo: Las leyes que regulan las relaciones entre empleados y el trabajo son conciliatorias, tutelares para los trabajadores y atenderán a todos los factores económicos y sociales pertinentes……. “Articulo 103 de la Constitución de la República de Guatemala.
Si la demanda se ajusta a las prescripciones legales el juez señalara dia y hora para que las partes comparezcan a juicio oral, previniéndoles presentarse con sus pruebas a efecto de que las rindan en dicha audiencia, bajo apercibimiento de continuar el juicio en rebeldía de la parte que no compareciere en tiempo, sin más citarle ni oírle. “ Articulo 335 del Codigo de Trabajo.
El personal docente, podrá disfrutar los meses de noviembre y diciembre como periodo de vacasiones siempre que sus servicios no sean necesarios, de acuerdo a lo estipulados en los artículos 7º, y 8º, de este reglamento. Se exceptua el personal docente que presta sus servicios en establecimientos de enseñanza especial.”
“Los establecimientos educativos particulares, también se sujetaran a las distintas disposiciones del presente reglamento.”
Articulo 6º y 14º. DEL REGLAMENTO PARA EL DSFRUTE Y COBRO
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