.DERECHO PENAL Y CONTROL SOCIAL
Enviado por Sara1913 • 22 de Febrero de 2017 • Apuntes • 7.325 Palabras (30 Páginas) • 750 Visitas
TEMA 1- derecho penal
DERECHO PENAL Y CONTROL SOCIAL
El derecho penal es el conjunto de normas jurídicas que definen determinadas conductas como delito y disponen la imposición de penas o medidas de seguridad a quienes lo cometen. Así, solo donde exista un comportamiento humano habrá derecho penal. Es un sector del ordenamiento jurídico caracterizado por el objeto, que son las conductas delictivas, y por el instrumento que emplea para advertir y para sancionar a los que llegan a cometer el delito. El derecho penal es uno de los instrumentos de control social formal, por lo que su contenido debe ser concordantes con todo el sistema de control social. Con respecto a sus funciones, cabe distinguir la función del mantenimiento del orden social y la función de promoción de valores.
LA POTESTEAD PUNITIVA DEL ESTADO
*Fundamentos de la potestad punitiva: el derecho penal constituye un medio imprescindible para posibilitar la vida en comunidad. Es una necesidad de tutela frente a quienes atentan contra las condiciones básicas de vida individual y colectiva. El fundamento de la utilización del derecho penal radica en su necesidad para el mantenimiento de una determinada sociedad.
*Moral y derecho penal: El derecho penal ha sido presentado históricamente como el instrumento de protección de la sociedad y de su orden moral. El pensamiento liberal y moderno es la tesis de que el derecho penal debe limitarse a tutelar el “mínimum ético” de una sociedad. Renunciar a la moral para fundamentar el orden punitivo no significa que el legislador o los ciudadanos renuncien a sus principios éticos. Los fines a afrontar por un estado social y democrático se orienta a posibilitar un modelo de sociedad libre e igualitario. Las relaciones del derecho penal con la ética en una sociedad pluralista y democrática consisten en mantener las condiciones que posibiliten la existencia de un marco social dentro del cual tenga cabida una pluralidad de órdenes éticos.
*Legitimación de la potestad punitiva: Un ordenamiento jurídico penal estará legitimado, en primer lugar, por la legitimación del poder al que obedece y, en segundo lugar, por su necesidad para el mantenimiento de la sociedad.
FUNCIONES Y FINES DEL DERECHO PENAL
El fundamento del derecho penal es evitar aquellos comportamientos que supongan una grave perturbación para el mantenimiento y la evolución del orden social. Para evitar esas conductas que deterioren la existencia del sistema social, cabe destacar varios aspectos:
- Función de protección de bienes jurídicos: El derecho penal trata de desarrollar la finalidad del mantenimiento del sistema social mediante la tutela de los bienes jurídicos, que son intereses o valores que resultan imprescindibles para el mantenimiento del orden social y la convivencia. Los titulares de estos intereses pueden ser tanto al individuo, como la comunidad o el Estado.
- Función de motivación: Las normas penales tratan de motivar al individuo para que se abstenga de realizar conductas que lesionen los bienes jurídicos tutelados, y para ellos el derecho penal inculca a los ciudadanos un sistema de valores que nace de la constitución.
- Fines del derecho penal: son el conjunto de intereses necesarios para el mantenimiento y promoción de un determinado sistema social. Así, distinguimos dos fines: el sistemático y el interpretativo.
RELACION DEL DERECHO PENAL CON OTRAS RAMAS DE ORDENAMIENTO JURIDICO
Cabe destacar el carácter autónomo del derecho penal y el carácter subsidiario del derecho penal (el carácter subsidiario solo interviene en 2 tipos de casos, cuando el resto de las ramas del ordenamiento jurídico son ineficaces).
Hay 3 teorías en cuanto a las relaciones del derecho penal con otras ramas:
- Teoría autónoma del derecho penal: el derecho penal ha de fijar el contenido de los conceptos jurídicos no penales con absoluta independencia de la rama jurídica de la que procedan
- Teoría de la dependencia del derecho penal: ha de fijar el contenido de los conceptos jurídicos no penales de acuerdo con lo establecido en la rama jurídica de la que procedan.
- Teoría ecléctica: ha de fijar el contenido de los conceptos jurídicos no penales a partir de la rama jurídica de la que procedan, pero posteriormente habrá que adaptarla a las características del derecho penal.
Con respecto a las relaciones del derecho penal con el derecho administrativo sancionador, la administración, para el mantenimiento de sus fines asume una potestad sancionadora que se concreta en 2 campos:
- Como facultad disciplinaria: posibilita la imposición de sanciones a las personas vinculadas a la administración, para garantizar el funcionamiento de su organización interna.
- Como facultad gubernativa: se dirige a la generalidad de los administrados y tiene como fin garantizar que la administración pueda cumplir sus fines.
La sanción penal por excelencia es la privación de la libertad, sanción que le está vetada a la administración por la CE. La sanción penal no debe nunca ser asumida por la sanción administrativa, pues supondría una alteración de los mecanismos del control social.
Para diferenciar el derecho administrativo del derecho sancionador se han dado 3 soluciones:
- Acudir a la diferente gravedad de la infracción
- Acudir a la diferente gravedad o entidad de la sanción
- Acudir a la diferente naturaleza del órgano y procedimiento
CIENCIA DEL DERECHO PENAL
- DOGMATICA JURÍDICO-PENAL -> tiene la tarea de conocer el sentido de los preceptos jurídico-penales positivos y desarrollar su contenido de modo sistemático. Trata de conocer que es lo que la voluntad general expresada en la ley quiere castigar y como quiere hacerlo. Cumple una función muy importante que es la de garantizar los derechos fundamentales del individuo frente al poder arbitrario del Estado.
Las normas que regulan la convivencia sean publicadas y aplicadas, además de ser elaboradas por un determinado procedimiento de forma segura, y que sean dotadas de convicción para que sean aceptadas por la sociedad.
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