DERECHO TRIBUTARIO. Las tributaciones han sido objeto de resistencia ciudadana desde tiempos antiguos.
Enviado por yadinova • 28 de Abril de 2016 • Informe • 835 Palabras (4 Páginas) • 187 Visitas
DERECHO TRIBUTARIO
Las tributaciones han sido objeto de resistencia ciudadana desde tiempos antiguos. Antiguamente los tributos se expresaban en especie o en dinero. Los tributos son indispensables para cualquier estado ya que de ellos depende que las naciones alcancen el nivel de desarrollo deseado.
Definición: Tributo:
Es la aportación en dinero de carácter obligatorio que los ciudadanos, dependiendo sus condiciones jurídicas hacen al estado, para que éste pueda sostenerse y funcionar institucionalmente.
El Código Tributario determina con claridad referente al tributo:
Señala que son prestaciones en dinero y no en especie, se evidencia el poder del Estado para solicitar sin objeción alguna.
Clasificación de los tributos:
- Tasas:
Son tributos que hacen las personas mediante una retribución en dinero, por el goce de un servicio o actividad pública otorgado por el estado a través de las municipalidades hacia la población en general.
- Contribuciones Especiales:
Aquellas retribuciones obligatorias y reguladas legalmente que hacen las personas por la obtención de un beneficio otorgado por el Estado.
- Contribuciones especiales por mejoras:
Son aquellos tributos que hacen las personas para retribuir la plusvalía que producen en sus bienes inmuebles, todas aquellas obras hechas por el Estado que de hecho le beneficiarán.
- Arbitrio:
Es una retribución obligatoria en dinero que hace el contribuyente, a favor de las municipalidades para obtener una prestación de carácter general o beneficio colectivo.
- Impuesto:
Se hace evidente el poder del estado como ente de derecho público, al exigir a sus ciudadanos con ciertas características económico jurídicas, determinada retribución en dinero para obtener recursos económicos.
El Organismo Legislativo es el poder del Estado encargado de crear y regular legalmente los impuestos.
El tratadista Guillermo Cabanellas de Torres, nos explica que impuesto es la “Contribución, gravamen, carga o tributo que se ha de pagar, casi siempre en dinero, por las tierras, frutos, mercancías, industrias, actividades mercantiles y profesionales liberales, para sostener los gastos del Estado y de las restantes corporaciones públicas.
El Código Tributario establece la siguiente clasificación:
Artículo 10. Clase de tributos.
Artículo 11. Impuesto
Artículo 12. Arbitrio
Artículo 13. Contribución especial y contribución por mejoras
Características de los Tributos:
- Los tributos deben ser creados de acuerdo a las necesidades del Estado para obtener recursos económicos.
- Deben tener una base legal, es decir debe de existir una normativa legal hecha por el Organismo Legislativo.
- Deben de ser obligatorios porque son necesarios para el sostenimiento de las actividades propias de los estados.
- Deben ser equitativos porque deben ser pagados de igual forma por todas las personas individuales o jurídicas.
- Los tributos deben ser proporcionales de acuerdo a la condición económica de los sujetos de derecho.
Clasificación de los Impuestos:
- Impuestos Directos: son aquellos en que la obligación tributaria generada por bienes, servicios o riqueza personal, recae en la misma persona responsable del pago de impuesto. Los impuestos directos se dividen en:
- Impuestos Directos Personales: son los que recaen exclusivamente en las personas como sujetos obligados a pagar la tributación.
- Impuestos Directos Reales: recaen en el patrimonio de bienes muebles e inmuebles de las personas.
- Impuestos Indirectos: son aquellos en que el sujeto declarante del impuesto no es el que se pagará el mismo.
- Impuestos Ordinarios: son aquellos que forman parte común y establecida de la serie de gravámenes que el Estado en el ejercicio de su poder, impone a los contribuyentes para obtener ingresos.
- Impuestos Extraordinarios: son los que el Estado establece para solventar crisis o problemática relacionada con la obtención de recursos económicos.
- Impuestos Generales: son los que gravan todas las actividades económicas, negocios, servicios o patrimonios establecidos en ley como entes generadores de impuestos.
- Impuestos Especiales: como su nombre lo indica, son gravámenes para determinada y específica actividad económica.
- Contribuciones: son pagos obligatorios que el Estado en uso de su imperio, impone a los contribuyentes como compensación por una obra realizada por él y que será de utilidad pública.
Actividad Financiera del Estado:
Son todas aquellas que lleva a cabo el Estado como ente de derecho público para obtener ingresos.
Derecho Financiero:
Es una parte de derecho público que se encarga de la regulación legal de la actividad financiera del Estado.
Derecho Tributario:
Es parte del derecho financiero llamado por algunos tratadistas como derecho fiscal. Para su estudio el derecho tributario se divide en:
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