Definición de Fondos Mutuos
Enviado por cacho86 • 20 de Septiembre de 2013 • 595 Palabras (3 Páginas) • 482 Visitas
Definición de Fondos Mutuos:
Un Fondo Mutuo es el patrimonio integrado por aportes de personas naturales y jurídicas (denominados partícipes o aportantes), para su inversión en valores de oferta pública y bienes que la ley permita, que administra una sociedad anónima por cuenta y riesgo de los partícipes.
Son un tipo de inversión y, a diferencia del ahorro tradicional, las sumas invertidas en Fondos Mutuos no tienen una ganancia garantizada, ya que involucran el riesgo de que las inversiones realizadas no entreguen la rentabilidad esperada.
Se llama Fondo Mutuo a la suma de aportes en dinero entregados por personas naturales y jurídicas a una sociedad anónima o administradora, para que la invierta en diferentes tipos de instrumentos financieros que sean valores de oferta pública o incluso bienes, con el objetivo de conseguir una ganancia, que luego es repartida entre todos quienes hicieron un aporte.
A diferencia del ahorro, las sumas invertidas en Fondos Mutuos no tienen una ganancia garantizada, ya que los fondos mutuos corren el riesgo de que las inversiones realizadas no entreguen la rentabilidad esperada. Por ello, la ganancia puede ser menor que lo esperado o incluso se puede llegar a perder parte o todo el dinero invertido.
Debido a esto, la ley que regula este tipo de inversiones es clara en indicar que dicha inversión es "por cuenta y riesgo" de quienes hacen los aportes de dinero al fondo. Por lo mismo, en la publicidad de los fondos mutuos siempre está frente la frase: "Las rentabilidades obtenidas en el pasado por los fondos mutuos administrados por esta sociedad, no garantizan que ellas se repitan en el futuro", con el fin de dar cuenta de esta situación.
El fondo deberá contar permanentemente con a lo menos 50 partícipes, salvo que entre éstos haya un inversionista institucional, en cuyo caso será suficiente contar sólo con cinco partícipes. El valor global del patrimonio neto del fondo deberá ser equivalente, a lo menos, a 10.000 unidades de fomento.
En cualquier momento se puede solicitar el rescate de la inversión ajustada por la rentabilidad (positiva o negativa) que haya experimentado la totalidad, o parte de ésta, la que será pagada en un plazo no mayor al que establece el reglamento interno del fondo, el que no puede ser mayor de diez días desde que se ha efectuado la solicitud del rescate. Algunos fondos cobran comisión por el rescate de sus cuotas.
El fondo es administrado por cuenta y riesgo de los partícipes, por una sociedad anónima, cuyo objeto exclusivo es la administración de fondos mutuos, de acuerdo a la Ley N° 18.045 y al D.L. N° 1.328. Tienen como propósito contar con profesionales especialistas que monitoreen permanentemente los mercados de capitales buscando -en el marco de la política de inversiones del fondo- oportunidades de inversión para los recursos del fondo.
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