Delitos contra la Confianza y la Buena Fe en los Negocios
Enviado por timisila • 9 de Diciembre de 2020 • Síntesis • 2.009 Palabras (9 Páginas) • 562 Visitas
UNIVERSIDAD CATÓLICA LOS ÁNGELES DE CHIMBOTE
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FACULTAD DE DERECHO Y CIENCIA POLÍTICAESCUELA PROFESIONAL DE DERECHO
Delitos contra la Confianza y la Buena Fe en los Negocios
CURSO: DERECHO PENAL ESPECIAL
ALUMNO: LUIS ANTONI PAREDES DIAZ
DOCENTE: Dr. DAVID PAULETT HAUYON
2020
Dedicatoria
Este trabajo se lo dedico a mis padres que me ayudan
día a día a salir adelante con un apoyo moral y emocional
para poder terminar mi carrera y las personas que me
ayudan directa e indirectamente
Contenido
Dedicatoria 1
introducción 3
Delitos contra la Confianza y la Buena Fe en los Negocios 4
El bien jurídico objeto de protección penal 4
Delito de fraude concursal doloso 5
Delito de ocultamiento de bienes 6
El problema de los límites de la buena fe 7
Bibliografía 8
introducción
Una de las creaciones más significativas que ha alcanzado el nuevo Código Penal decretado de nuestro contorno en el año de 1991, ha sido la afiliación en su título sexto de los nombrados “violaciones hacia la confianza y la buena fe en los negocios”. Sin embargo es seguro que en cláusulas de severidad y metodología las violaciones que surgen en esta parte no precisamente tienen proporción con los compendios determinados para la alineación de los citados “agresiones financieras”, acorde las diferentes tesis y nociones que marcan tanto la escuela como la reglamentación penal cotejada, no logramos desistir de dar la razón que su introducción en el Código Penal ha sido una disposición exclusivamente significativa y trascendental para la suspicacia y contención de esta variedad de violaciones, reflexionando el rumbo pequeño veraz que hasta el momento se proporcionaba a esta representación de crimen. Puesto que lo afirma García Cavero, “a divergencia de distintos títulos del Código Penal en los que se congregan diferentes imágenes criminales que inquietan un idéntico bien legal, el representante penal no ha continuado este juicio de automatización en el título que en este momento nos domina. La cognición por la que se han asociado las tipologías penales en el título VI, habría una reseña, en toda cuestión, de medio criminológica, es expresar el hecho de que estas trasgresiones se realizan en un idéntico espacio de hecho. En consecuencia, el calificativo frecuente de las otras imágenes criminales que se encuadran adentro del título de las transgresiones hacia la confianza la buena fe en los mercados, residiría en que cualesquier estas transgresiones, se perpetran habitualmente en el comercio financiero y patrimonial, es decir en los tránsitos de negociacion. Por ese motivo, no podríamos decir que hay uniformidad en cuanto al bien jurídico centro de amparo penal, sino de acciones diferentes que afligen a distintos contextos fundamentales que determinan el comercio económico y patrimonial.
Delitos contra la Confianza y la Buena Fe en los Negocios
El bien jurídico objeto de protección penal
Lamas Puccio, L. (2003). en su revista Delitos contra la confianza y la buena fe en los negocios nos dice que el bien jurídico protegido en este caso se podría decir que es el dinero de los acreedores al poder cobrar este con el patrimonio de los deudores Sin embargo no es igual la ubicación metodología de la transgresión de quiebra (la legislación nuestra ha designado como insolvencia punible) en el cuadro de los crímenes hacia el método crediticio. Corresponde tener en cuenta, que la generalidad de escritores no renuncia de dar la razón la presencia de beneficios complejos en correspondencia al amparo brindado por el delito de quiebra. Por ello, se deduce que el interés prevaleciente. Hacia unos que incumbe a unas de las teorías más conocidas, que piensa ante todo que este ejemplar de delitos transgreden hacia el derecho a la posesión. Esta hipótesis piensa que de lo que se trata es resguardar la fachada patrimonial, desde el antecedente de que se trata de beneficios que se comparan con naturaleza que se advierten afectados por la inobservancia de su desembolso cabal y regular. A la razón, como dice De la Rúa, hay algunas cambios dependiendo de los derechos hereditarios que sean afectados; así, señalan algunos que se hiere el patrimonio de propiedad del adeudado como garantía habitual de los prestamistas; distintos, en cambio, dicen que el tema de modo más determinante en cláusulas de la regla de la quiebra, aprecian que se afecta el régimen de la misma manera entre los acreedores (par conditio crédito rum), que es uno de los supuestos primordiales del régimen legal especial propio de la banca rota . Otros piensan que la banca rota, como tal, de modo prevalente, es un crimen al crédito mismo que en el actual caso surge lisiado por la deuda y consiguientemente su infracción. Lamas (p 296)[pic 2][pic 3]
Delito de fraude concursal doloso
Lamas Puccio, L. (2003). Habla en su revista Delitos contra la confianza y la buena fe en los negocios lo siguiente acorde a lo determinado en el artí. 209 del Código Penal, evidentemente que se conoce que es un delito de naturaleza simulada que solicita la voluntad en la ejecución de los hechos objeto del interrogante, en el actual asunto plasmados a través del idéntico deudor, el individuo que logra procede en su nombre o el deshacedor. El dolo simplemente es beneficiarse no terminando de pagar las deudas. Por lo que en el código penal existen muchas formas de ver esto siempre y cuando tengan todos los estándares establecidos para comprendidos en el código penal para que se pueda establecer como dolo Lamas (p298)[pic 4][pic 5]
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