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ENTIDADES ENCARGADAS DE LLEVAR EL REGISTRO PUBLICO DE COMERCIO


Enviado por   •  27 de Septiembre de 2016  •  Apuntes  •  918 Palabras (4 Páginas)  •  960 Visitas

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El registro público de comercio no está atribuido a una sola entidad pública. A las cámaras de comercio les corresponde llevar el registro de los actos, hechos o que tienen un sistema de publicidad excepcional, como en el caso de las personas sometidas a la inspección y vigilancia de la superintendencia Financiera Y aspectos relacionados con el mercado público.

CÓDIGO DEL COMERCIO

LIBRO I CAPITULO II TÍTULO III

ART. 27.- ENTIDADES ENCARGADAS DE LLEVAR Y SUPERVISAR EL REGISTRO. El registro mercantil se llevará por las cámaras de comercio, pero la Superintendencia de Industria y Comercio determinará los libros necesarios para cumplir esa finalidad, la norma de hacer las inscripciones y dará las instrucciones que tiendan al perfeccionamiento de ka institución.

ART. 30.- PRUEBA DE LAS INSCRIPCIONES. Toda inscripción se probará con certificado expedido por la respectiva cámara de comercio o mediante inspección judicial practicada en el registro mercantil.

ART. 31.- PLAZO PARA SOLICITAR LA MATRICULA. La solicitud de matrícula será presentada dentro del mes siguiente a la fecha en que la persona natural empezó a ejercer el comercio o en que la persona natural empezó a ejercer el comercio o en el que la sucursal o el establecimiento de comercio fue abierto.

Tratándose de sociedades, la petición de matrícula se formulará por el representante legal dentro del mes siguiente a la fecha de la escritura pública de constitución o a la de permiso de funcionamiento, según el caso, y acompañará tales documentos.

El mismo plazo, señalado en el inciso primero de este artículo se aplicará a las copropiedades o sociedades de hecho o irregulares, debiendo en este caso inscribirse todos los comuneros o socios.

ART. 32.- CONTENIDO DE LA PETICIÓN DE MATRICULA. La petición de matrícula indicará:

1. El nombre del comerciante, documento de identidad, nacionalidad, actividad o negocios a que se dedique, domicilio y dirección, lugar o lugares donde desarrolle sus negocios de manera permanente, su patrimonio líquido, detalle de los bienes raíces que posea, monto de las inversiones en la actividad mercantil, nombre de la persona autorizada para administrar los negocios y sus facultades, entidades de crédito con las cuales hubiere celebrado operaciones y referencias de dos comerciantes inscritos, y

2. Tratándose de un establecimiento de comercio, su denominación, dirección y actividad principal a que se dedique; nombre y dirección del propietario y del factor, si lo hubiere, y si el local que ocupa es propio o ajeno. Se presumirá como propietario del establecimiento quien así aparezca en el registro.

ART. 33.- RENOVACIÓN ANUAL DE MATRICULA. La matrícula se renovará anualmente, dentro de los tres primeros meses de cada año. El inscrito informará a la correspondiente cámara de comercio la pérdida de su calidad de comerciante, lo mismo que cualquier cambio de domicilio y demás mutaciones referentes a su actividad comercial, a fin de que se tome nota de ello en el registro

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