ESTADOS FINANCIEROS
Enviado por lucyadriana22 • 24 de Septiembre de 2013 • 545 Palabras (3 Páginas) • 273 Visitas
LA RECTIFICACIÓN DE ESTADOS FINANCIEROS SEGÚN LA SUPERINTENDENCIA DE SOCIEDADES
La Superintendencia de sociedades, consultadas sobre el procedimiento a seguir cuando después de haber cerrado la contabilidad, y después de que la asamblea aprobó los estados financieros, es detectada una inconsistencia por la omisión de un pasivo que amerita la corrección.
La Superintendencia de sociedad, en oficio 220-022471 de Febrero 25 de 2008, ha conceptuado lo siguiente:
Sobre el particular, es preciso tener en cuenta que los registros e información contable debe ceñirse a los principios de contabilidad generalmente aceptados en nuestro país, esto es, a los Decretos 2649 y 2650 de 1993.
En este orden de ideas, el Decreto 2649 en relación con el tema dispone:
“Art. 16. Importancia relativa o materialidad. El reconocimiento y presentación de los hechos económicos debe hacerse de acuerdo con su importancia relativa.
Un hecho económico es material cuando, debido a su naturaleza o cuantía, su conocimiento o desconocimiento, teniendo en cuenta las circunstancias que lo rodean, puede alterar significativamente las decisiones económicas de los usuarios de la información.
Al preparar estados financieros, la materialidad se debe determinar con relación al activo total, al activo corriente, al pasivo total, al pasivo corriente, al capital de trabajo, al patrimonio o a los resultados del ejercicio, según corresponda
Artículo 106: “Reconocimiento de errores de ejercicios anteriores: Las partidas que correspondan a la corrección de errores contables de períodos anteriores, provenientes de equivocaciones en cómputos matemáticos, de desviaciones en la aplicación de normas contables o de haber pasado inadvertidos hechos cuantificables que existían a la fecha en que se difundió la información financiera, se deben incluir en los resultados del período en que se advirtieren.
Art. 132. Corrección de errores: Los simples errores de trascripción se deben salvar mediante una anotación al pie de la página respectiva o por cualquier otro mecanismo de reconocido valor técnico que permita evidenciar su corrección.
La anulación de folios se debe efectuar señalando sobre los mismos la fecha y la causa de la anulación, suscrita por el responsable de la anotación con indicación de su nombre completo
En este orden tenemos:
Si el error es detectado en el período al cual corresponden los estados financieros, se hacen las revelaciones en sus notas.
Por el contrario, es decir se detectan los errores en otro periodo contable, se reabren los libros del respectivo año, se hacen las correcciones y se procede a convocar al máximo órgano social para la aprobación de los estados financieros corregidos.
Por último, para corregir el error ante la Superintendencia de Sociedades, q ue como señala le fueron remitidos
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