El sistema bancario de Venezuela
Enviado por kikic • 20 de Noviembre de 2012 • Ensayo • 3.031 Palabras (13 Páginas) • 611 Visitas
Introducción
Las instituciones bancarias son las instituciones que actúan como intermediarios entre los que ofrecen el ahorro y los que demandan el crédito.
La inestabilidad bancaria en Venezuela se ve influenciada principalmente por la falta de estabilidad política, todas o la mayor parte de la banca sólo concedía préstamos al sector gubernamental y participaba como ente de recaudación aduanera, sin embargo, todos los bancos desde 1839 hasta 1882 tuvieron una duración efímera.
A muchos de estos bancos se les permitía la acuñación y puesta en circulación de monedas y billetes El primer intento de establecer un banco de comercio en Venezuela de capital nacional ocurre en 1825 que se fundaría con el nombre de Banco de Venezuela, sin embargo no se pudo llevar a cabo la propuesta.
Un año más tarde es presentado el "Proyecto Revenga", un banco nacional para la Gran Colombia (hoy Colombia, Ecuador, Panamá y Venezuela) cuya sede estaría ubicada en Bogotá y se abrirían 4 sedes inicialmente en Caracas, Cartagena, Guayaquil y Ciudad de Panamá, al igual que el caso del Banco de Venezuela de 1825 no llegó a termino el proyecto.
En 1839 se funda por William Ackers el primer banco en Venezuela aunque de capital extranjero, el Banco Colonial Británico que fue dirigido por Leandro de Miranda, hijo de Francisco de Miranda, en 1848 cesa operaciones.
Ackers funda junto con otros inversionistas y el Estado venezolano (a cargo del 20% de las acciones) el Banco Nacional de Venezuela el cual cumpliría la función de recaudación aduanera y cancelación del presupuesto nacional; además de facilitar descuentos y depósitos. Pero en 1850 corre la misma suerte que el Colonial Británico y cierra.
Para 1861 se establece un banco denominado Banco de Venezuela (sin relación alguna con el actual) que solo lograría cumplir un año de servicios tras fracasar en las políticas bancarias que se habían trazado. Bajo el nombre de Banco Caracas se intentarían establecer en cuatro oportunidades instituciones bancarias comerciales en el país, apartando un intento fallido de 1838 de creación de un banco.
El primer Banco de Caracas nace 1862 pero sería liquidado en 1863, luego serían fundados y liquidados otros bancos con ese nombre entre 1876-1877, 1877-1879 y 1879-1883.
Una vez liquidado el último de los que se llamaron Banco Caracas se funda el Banco Comercial, que logró consolidarse y crecer hasta transformarse en Banco de Venezuela en 1890 aún existente
El sistema bancario de Venezuela
Se caracteriza por estar dominado por la banca privada nacional que para enero de 2007 cubría el 58,4% de los activos totales del mercado, mientras que la banca extranjera ocupaba el 30,4% y el resto estaba en manos del Estado (11,2%). Con los diversos cambios experimentados tras algunas fusiones y liquidaciones de entidades financieras en Venezuela a finales de 2009, la banca privada se abroga 54,8% de la cuota del mercado (abril 2010); le sigue la banca pública o estatal con 31,91%; y la banca de capital foráneo, 13,29%. Existen 40 instituciones financieras; de ellas, 27 son bancos comerciales (Banca Comercial y Banca Universal) y otras 13 están dedicadas a la banca especializada. El sector emplea cerca de 79.110 personas (2009) y cuenta con más de 3.883 agencias u oficinas. Los principales bancos para 2011 son Banco de Venezuela, Banesco, Banco Mercantil, BBVA Banco Provincial, Bicentenario Banco Universal y el Banco Occidental de Descuento, entre otros.
La Banca en Venezuela está regida por la Ley de Bancos (DECRETO CON FUERZA DE LEY GENERAL DE BANCOS Y OTRAS INSTITUCIONES FINANCIERAS, 2001) , la cual define la intermediación como:
Artículo 1. La actividad de intermediación financiera consiste en la captación de recursos, incluidas las operaciones de mesa de dinero, con la finalidad de otorgar créditos o financiamientos, e inversiones en valores; y sólo podrá ser realizada por los bancos, entidades de ahorro y préstamo y demás instituciones financieras reguladas por este Decreto Ley.
Artículo 2. Se rigen por este Decreto Ley los bancos universales, bancos comerciales, bancos hipotecarios, bancos de inversión, bancos de desarrollo, bancos de segundo piso, arrendadoras financieras, fondos del mercado monetario, entidades de ahorro y préstamo, casas de cambio, grupos financieros, operadores cambiarios fronterizos; así como las empresas emisoras y operadoras de tarjetas de crédito. Asimismo, estarán bajo la inspección, supervisión, vigilancia, regulación y control de la Superintendencia de Bancos y Otras Instituciones Financieras las sociedades de garantías recíprocas y los fondos nacionales de garantías recíprocas.
Estructura de la Industria Bancaria
Ministerio de Planificación y Finanzas
Articular armónicamente las actividades del Ejecutivo Nacional en la regulación, formulación y seguimiento de políticas en materia de planificación estratégica, territorial, social, institucional, tanto en el mediano y en el largo plazo, así como la preparación de sus proyecciones y alternativas. De igual manera corresponde a este despacho la planificación y coordinación del desarrollo de los sistemas integrados de la administración de hacienda y finanzas del sector público, en el marco del modelo de desarrollo socialista. Todo ello en beneficio de la calidad de vida de nuestro pueblo soberano.
1. SUDEBAN (Superintendencia De Bancos Y Otras Instituciones Financieras).
Organismo autónomo, de carácter técnico y especializado, con personalidad jurídica y patrimonio propio e independiente del Fisco Nacional que tiene como función principal supervisar, controlar y vigilar las instituciones financieras regidas por la Ley General de Bancos y otras Instituciones Financieras, con el objetivo de determinar la correcta realización de sus actividades a fin de evitar crisis bancarias y permitir el sano y eficiente funcionamiento del Sistema Financiero venezolano. SUDEBAN es ente adscrito al Ministerio de Finanzas a los solos efectos de la tutela administrativa, gozando de las prerrogativas, privilegios y exenciones de orden fiscal, tributario y procesal, que la ley otorga a la República. La SUDEBAN gozará de autonomía funcional, administrativa y financiera en el ejercicio de sus atribuciones en los términos establecidos en la Ley General de Bancos y otras Instituciones Financieras.
2. FOGADE (El Fondo de Garantía de Depósitos y Protección Bancaria).
Es un instituto autónomo con personalidad jurídica y patrimonio propio e independiente de los bienes de la República, adscrito
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