Elaboración de una Demanda de Nulidad de Testamento
Enviado por silviacgoalv • 3 de Diciembre de 2019 • Apuntes • 1.074 Palabras (5 Páginas) • 438 Visitas
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Materia: Derecho Sucesorio
Tema: Avance 2 Proyecto Integrador
Nombre de la alumna: Silvia Chavez Garcia
Nombre del Maestro: Sara Guadalupe Cerón Herrera
Fecha de Entrega: 01 de diciembre de 2019
Actividad 6. Avance 2 Proyecto Integrador
Etapa 2. Elaboración de una Demanda de Nulidad de Testamento
El señor OSCAR ALBERTO LOPEZ VEAZQUEZ, expone que su hermana ALEJANDRA LOPEZ VELAZQUEZ, quien fue nombrada albacea por su difunta madre MARIA DE JESUS VELEZQUEZ MUCIÑO, no ha cumplido de manera correcta su función como albacea, como lo es de rendir cuentas de manera mensual respecto de la administración de la sucesión y deberá contar con los lineamientos básicos de contabilidad, debiéndose acompañar los justificantes correspondientes y señalar, en caso de erogaciones, el consentimiento de los herederos o la autorización judicial, tal y como se desprende de autos.
A consecuencia de que no está llevando de manera correcta la función de albacea, El señor OSCAR ALBERTO LOPEZ VEAZQUEZ, se acerca conmigo para iniciar un juicio de remoción de albacea en contra de su hermana ALEJANDRA LOPEZ VELAZQUEZ el cual procede de la siguiente forma.
C. JUEZ PRIMERO ESPECIALIZADO EN MATERIA FAMILIAR DEL DISTRITO JUDICIAL DE LA CIUDAD DE MEXICO.
OSCAR ALBERTO LOPEZ VELAZQUEZ, promoviendo por mi propio derecho, con la personalidad que tengo debidamente acreditada en autos, ante Usted, con el debido respeto comparezco y expongo:
Que, por medio del presente recurso, vengo a interponer formal incidente de remoción de albacea, en los siguientes términos:
H E C H O S:
1.- Con fecha 30 de noviembre del año dos mil diecinueve, el suscrito y la señora ALEJANDRA LOPEZ VEAZQUEZ, ocurrimos ante la Oficialía Común de Partes de los Juzgados Especializados en Materia Familiar, a promover JUICIO SUCESORIO INTESTAMENTARIO, a bienes de nuestra madre la Señora MARIA DE JESUS VELAZQUEZ MUCIÑO, mismo que por turno le tocó conocer a este Honorable Juzgado bajo el numero indicado al rubro.
2.- Con fecha dieciocho de agosto de dos mil diecisiete, tuvo verificativo la Declaración de Herederos, donde se reconocieron los derechos hereditarios del suscrito y ALEJANDRA LOPEZ VELAZQUEZ, a bienes de la Señora MARIA DE JESUS VELAZQUEZ MUCIÑO, nombrándose Albacea Definitivo de la presente Sucesión a la Señora ALEJANDRA LOPEZ VELAZQUEZ.
3.- Dentro de las obligaciones que conlleva el cargo de Albacea Definitiva que ostenta la señora ALEJANDRA LOPEZ VELAZQUEZ, está la de rendir cuentas de manera mensual respecto de la administración de la sucesión y deberá contar con los lineamientos básicos de contabilidad, debiéndose acompañar los justificantes correspondientes y señalar, en caso de erogaciones, el consentimiento de los herederos o la autorización judicial, tal y como se desprende de autos. En el caso concreto el Albacea definitivo ha erogado cantidades sin el consentimiento de los herederos y sin autorización judicial. En consecuencia, es procedente su remoción.
D E R E C H O:
I.- COMPETENCIA. - Es Usted, competente Ciudadano Juez, para conocer y fallar el presente en términos de lo establecido por el artículo 100 del Código de
Procedimientos Civiles para el Estado y 40 fracción III de la Ley Orgánica del Poder Judicial para el Estado.
II.- INTERÉS, CAPACIDAD Y PERSONALIDAD. - Mi interés, capacidad y personalidad la acredito según lo establecido por los artículos 101, 102 y 103 del Código de Procedimientos Civiles para el Estado.
III.- FONDO. - En cuanto el fondo del presente Juicio es aplicable el artículo 3384 fracción VII y demás relativos aplicables del Código Civil vigente para el Estado.
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