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Ensayo economico - Código Sustantivo de Trabajo


Enviado por   •  17 de Noviembre de 2022  •  Ensayo  •  789 Palabras (4 Páginas)  •  72 Visitas

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Ensayo

Para iniciar este ensayo tenemos la principal base que es el Código Sustantivo de Trabajo el cual es un compendio de normas que empezó a regir en Colombia en el año 1950. Busca intervenir y regular las relaciones entre las partes (trabajador y empleador).

A pesar de que no tiene una definición dentro del Código Sustantivo de Trabajo, podemos tomar esta definición de la Corte Suprema de Justicia. Ella definió la Jornada de Trabajo en Colombia como lo siguiente:

“Jornada de trabajo es el que corresponde al tiempo destinado a la ejecución de la labor contratada dentro de unos parámetros máximos señalados por la ley, que pueden ser reducidos en beneficio del trabajador”

La jornada de trabajo en Colombia está regulada en el Título VI, en los capítulos I, II, y III del Código Sustantivo del Trabajo.

La jornada de trabajo en Colombia se clasifica en dos.  La jornada ordinaria y la jornada nocturna de trabajo. Aunque existen otras como lo son la Jornada especial, Jornada diarias flexibles, Jornadas destinada a capacitación.

 Según el artículo 158, la jornada ordinaria es aquella que “convengan las partes, o a falta de convenio, la máxima legal”.

Estas jornadas tienen sus horarios los cuales son:

Trabajo diurno es el que se realiza en el periodo comprendido entre las seis horas (6:00 a. m.) y las veintiún horas (9:00 p. m.).

Trabajo nocturno es el que se realiza en el período comprendido entre las veintiún horas (9:00 p. m.) y las seis horas (6:00 a. m.).

La ley también prevé trabajo adicional. Este es el número de horas extraordinarias en un día de trabajo adicional. O, en su caso, superar el máximo legal. La creación de obras auxiliares se especifica en el artículo 159. En ningún caso las horas extraordinarias de trabajo, diurnas o nocturnas, podrán exceder de dos (2) horas diarias y de doce (12) horas semanales. Cuando la jornada de trabajo acordada entre el patrón y el trabajador se extienda a diez (10) horas diarias, no será posible trabajar horas extraordinarias en el mismo día.

El domingo es feriado retribuido en el sentido del artículo 179 del Código Básico del Trabajo, aunque las partes pueden acordar que sus días de descanso sean completamente diferentes, como regla general debe ser el domingo.

Por su parte, el artículo 177 de la Ley del Trabajo establece que los feriados oficiales son feriados pagados, por lo que el trabajador no podrá trabajar en estos días, sino que el trabajador deberá recibir su salario como si hubiera trabajado. Por tanto, los domingos y festivos se consideran días festivos retribuidos, es decir, se pagan como parte del salario ordinario del trabajador, por lo que no se descuentan del salario mensual o quincenal según lo pactado.

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