Funcion Publica
Enviado por 19207273 • 14 de Junio de 2013 • 1.962 Palabras (8 Páginas) • 239 Visitas
El Estado debe dar respuestas, adecuadas y oportunas, a la multiplicidad de demandas provenientes de un ambiente caracterizado por la complejidad y el cambio acelerado, lo que requiere de un aparato administrativo ágil y flexible, que responda a tales exigencias.
Quizás uno de los problemas más importantes para la ejecución eficaz y eficiente de las funciones del Estado, es la inadecuación entre esa necesidad y la existencia de un aparato administrativo lento, engorroso, más orientado al cumplimiento de los procedimientos que hacia el logro de resultados. Lo que exige una transformación de la Administración Pública para adecuarla a tales necesidades.
Este proceso de cambio en los aparatos administrativos, que podemos resumir como de desburocratización, requiere de una estructura jurídica que establezca los mecanismos institucionales y las modalidades de gestión que conduzca a tales fines.
CONCEPTOS BÁSICOS
¿Qué es la función pública?
Palomar Olmeda, autor del libro Derecho de la función pública, la describe como:
“El conjunto de normas, cualquiera que sea su rango y naturaleza, que rigen los Derechos y Obligaciones de personas que prestan sus servicios para la administración pública”.
¿Qué es un funcionario público?
Es toda persona que presta sus servicios de carácter permanente a la administración Pública bajo un régimen legal determinado.
¿Quién es un funcionario público?
Según el artículo N° 3, de la Ley del Estatuto de la Función Pública, un Funcionario ó Funcionaria Pública será:
“Toda aquella persona natural, que en virtud de nombramiento expedido por la autoridad competente, se desempeñe en el ejercicio de una función pública remunerada, con carácter permanente”.
FUNDAMENTO CONSTITUCIONAL
El Decreto Ley sobre el Estatuto de la Función Pública se dicta para desarrollar los principios establecidos en los artículos 144 al 149, ambos inclusive, de la Sección tercera de la función pública del Título IV Del Poder Público, de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, las demás normas constitucionales correspondientes y corregir las principales debilidades de la Ley de Carrera Administrativa.
¿CÓMO NACE ESTA LEY?
La Ley de Carrera Administrativa, publicada en gaceta oficial el bajo el número 1746, de fecha 23-05-75, pretendía regular los derechos y deberes de los funcionarios públicos, mediante el establecimiento de un sistema de administración de personal estructurado técnicamente sobre la base de méritos. Pero factores como: el clientelismo; la falta de voluntad política para desarrollar un cuerpo de funcionarios al servicio del Estado y no de intereses particulares, sean éstos partidistas, sindicales, burocráticos o tecnocrático; la desviación del legítimo ejercicio de la Administración Pública y las limitaciones del propio instrumento jurídico, no lo hicieron posible.
En su conjunto, el sistema de la función pública de la Ley de Carrera Administrativa fue mixto, integrado por un sistema de administración de personal, propio de los sistemas abiertos de empleo público y por un estatuto de derechos, propio de los sistemas cerrados de carrera puros.
La Ley de Carrera Administrativa permitió, en su momento, estructurar un ámbito de la Administración Pública nunca antes atendido, sin embargo su regulación no alcanzó a prever la evolución de la propia Administración, ni los efectos que sobre las relaciones estatutarias causaría el Derecho Laboral.
Entre las principales debilidades que tiene la Ley de Carrera Administrativa se encuentran:
1. La Estabilidad Absoluta no prestacional, entendida como el derecho de los funcionarios públicos a la permanencia en sus cargos, sin necesidad de cumplir eficientemente sus funciones. La Ley no vinculó la estabilidad del funcionario con el cumplimiento de los objetivos, la eficacia de la actuación administrativa y la prestación efectiva de los servicios públicos.
2. La rigidez en las condiciones para la prestación de servicios (horarios, traslados, etc.). La Ley restringió en exceso las potestades administrativas de gestión, para evitar abusos de las autoridades administrativas, pero, en la práctica, lo que logró fue un sistema de coadministración de los recursos humanos imperfecto y conflictivo, que petrificó a los gerentes públicos en materia de recursos humanos.
3. La desarticulación de las carreras estadales y locales. En el marco de la Administración Central de los años en que se dictó la Ley, el legislador no previó procesos como los de desregulación y descentralización de los servicios públicos, por lo que se hace necesario establecer las normas que lo rijan.
4. La desarmonización del régimen laboral y la función pública. De allí la necesidad de articular el interés público y el de los funcionarios del Estado, es improrrogable articular instituciones como la Huelga y la Contratación Colectiva, con las necesidades de continuidad, mutabilidad e igualdad de los servicios públicos.
5. Los concursos para la selección de los funcionarios públicos, nunca fueron realizados, dentro de los requisitos esperados, por falta de coactividad sobre los directivos políticos. Este fue una de las grandes debilidades de esa Ley, puesto que el mecanismo de los concursos públicos, es el instrumento que actualiza el libre acceso a los cargos públicos por parte de todos los ciudadanos y la idoneidad de los aspirantes a formar parte de la burocracia estatal.
6. La débil regulación de la evaluación del desempeño. Como consecuencia de la estabilidad absoluta no prestacional, no se estimó necesario fortalecer la evaluación de los funcionarios públicos, como el instrumento central de su desarrollo profesional dentro de la carrera.
7. Debilidad de los órganos de gestión. La Ley no confirió a la antigua Oficina Central de Personal las competencias necesarias para vigilar el cumplimiento de las normas de carrera y castigar su infracción.
Debido a que la Ley de Carrera Administrativa no logró su objetivo, surge la necesidad de una transformación en la Administración Pública, por lo que durante el gobierno del Presidente Hugo Rafael Chávez Frías, se publicó en gaceta oficial N° 5557, el 13 de noviembre de 2001, la exposición
...