ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

Generalidades Del Derecho Mercantil


Enviado por   •  2 de Septiembre de 2012  •  361 Palabras (2 Páginas)  •  645 Visitas

Página 1 de 2

GENERALIDADES:

El comercio no sólo se ejerce por los individuos, sino también por organizaciones creadas por ellos, las sociedades, a las cuales la ley, por una abstracción, ha concedido personalidad jurídica, o lo que es lo mismo, una individualidad de derecho.

La naturaleza eminentemente social del hombre lo lleva a organizar sus esfuerzos, en los varios aspectos de su actividad, uniéndose a otros, asociándose a ellos. En el aspecto económico, y de un modo en especial, esta forma de asociación ha tomado una cierta orientación, de la que nos vamos a ocupar.

Desde los tiempos de la antigua Grecia encontramos una corriente embrionaria hacia esta actividad en la formación de las “Eranas”, nombre dado a la sociedad de socorros, cuyos miembros eran los “Eranistas”; pero donde encontramos ya más definida la tendencia a la asociación como organización de esfuerzos, aún sin un concepto, general de un patrimonio social distinto del de los socios y administrado por alguno o todos los asociados, es en la antigua Roma, con las “Societates Vectigalium”, Sociedades de Publicanos, nombre dado a los recaudadores de rentas o tributos, a los que se habían hecho odiosos por sus procedimientos a veces arbitrarios y con las de los “Argentarii” (sociedades de banqueros).

Mas no fue sino en la Edad Media, en los estatutos de las pequeñas Repúblicas Italianas en el siglo XII, donde se escogió la idea de la organización de esfuerzos para el desarrollo de las sociedades con personalidad jurídica en su forma de “en comandita” (sociedades de personas) en su primitiva forma de la “Comandita de Mar” (commenda), una especie de depósito, por el cual una persona entregada al patrón o dueño de una embarcación, cantidades de dinero, para realizar en común la compra de mercaderías para revenderlas o exportarlas y participar de las ganancias en proporción a la suma entregada.

Pero es en el siglo XVII cuando cristaliza propiamente la sociedad con una personalidad jurídica propia distinta de la de los asociados, al iniciarse las formas de las sociedades de capitales del tipo de la sociedad anónima, que ha hecho posible la explotación industrial en gran escala y la realización de empresas fantásticas que los individuos aislados no habrían podido acometer.

...

Descargar como (para miembros actualizados) txt (2 Kb)
Leer 1 página más »
Disponible sólo en Clubensayos.com