Generalidades Del Derecho Mercantil
Enviado por ambarblue2829 • 24 de Noviembre de 2012 • 6.442 Palabras (26 Páginas) • 823 Visitas
UNIDAD 1
OBJETIVO PARTICULAR DE LA UNIDAD Y ACTIVIDADES DE APRENDIZAJE
Objetivo educacional Actividades de aprendizaje
El estudiante conocerá los aspectos históricos,
conceptos y definiciones
Comprenderá su relación con el derecho civil y las del derecho mercantil Conocerá los usos y costumbres del comercio.
• Investigar los orígenes del derecho
mercantil y discutir en grupo
• Investigar definiciones del derecho mercantil de diferentes autores.
• Analizar por equipos de trabajo la importancia del derecho mercantil.
• Analizar en equipos de trabajo el artículo 75 del código de comercio vigente.
TEMARIO DE LA UNIDAD
UNIDAD 1. GENERALIDADES………………………………………….…………..1
Objetivo particular de la unidad y Actividades de aprendizaje….…………...2
Temario de la unidad…………………………………………….………………….. 2
1.1 Definición del Derecho Mercantil……….………………………………………..3
1.2 Origen del Derecho Mercantil…………….………………………………………7
1.3 Características del Derecho Mercantil……………………………………....11
1.4 Fuentes del Derecho Mercantil………………………………………………12
1.5 Los Actos de Comercio……………………………………………………….14
1.6 El articulo 75 del Código de Comercio……………………………………...16
1.7 Leyes complementarias………………………………………………………18
Autoevaluación…………………………….………………………………………...20
Bibliografía básica de la unidad…………..……………………………………….21
1.1 DEFINICIÓN DE DERECHO MERCANTIL
“El Derecho Mercantil es una rama del Derecho Privado que tiene por objeto regular las relaciones entre los comerciantes y entre aquellas personas que sin ser comerciantes ejecutan Actos de Comercio.”
Actos de Comercio.
Toda actividad o acto jurídico que quede dentro del campo del Derecho Mercantil, ejemplos: una compra, una venta, la celebración de un contrato mercantil, firmar documentos de los llamados títulos de crédito, y en general todas las operaciones que diariamente efectúan los comerciantes.
Se consideran comerciantes todas las personas que teniendo capacidad legal, se dedican en forma habitual al Comercio, también se catalogan comerciantes las sociedades constituidas de acuerdo con las leyes mercantiles, o sea, las Sociedades Mercantiles.
Comercio significa toda actividad de intercambio de productos, de bienes o intermediación con propósito de lucro.
Lucro quiere decir ganancia o utilidad.
El Comercio lo pueden ejercer las Personas Físicas y las Personas Morales, siempre que tengan capacidad legal para hacerlo.
Las Personas Físicas y Personas Jurídicas o Morales.
Las personas físicas son todos los individuos, que se dediquen o no al comercio, y son Personas Morales, todas las instituciones creadas por los individuos, por ejemplo los sindicatos, los clubes, los gobiernos municipales, estatales y federal, Petróleos Mexicanos, el Instituto Mexicano del Seguro Social, las sociedades civiles, asociaciones civiles y las sociedades mercantiles, así como agrupaciones constituidas legalmente, con personalidad jurídica propia, distinta a la personalidad de los individuos que la forman.
De las personas físicas y morales mencionadas, estudiaremos únicamente aquellas que se dediquen al ejercicio del comercio en forma habitual, es decir, los comerciantes.
Para poder ejercer el Comercio, tanto las personas físicas como las morales, necesitan ciertos requisitos, es decir, se requiere tener capacidad para ello. De las clases de capacidad pasamos a tratar en el siguiente tema.
Capacidad Jurídica o de Goce y Capacidad de Ejercicio.
Capacidad Jurídica o de Goce.
La capacidad jurídica o de goce la tienen todos los seres humanos, aun antes de nacer, desde el momento de ser concebido la reconoce la ley capacidad jurídica al ser humano. Esta capacidad hace a los individuos ser sujetos de derechos y obligaciones, aunque no puedan ejercer por si mismos estos derechos ni cumplir por si mismos esas obligaciones, sino que le hacen por medio de sus facultades mentales, los sordomudos de nacimiento o que no saben leer ni escribir, los
ebrios consuetudinarios, y los que hacen uso inmoderado de drogas enervantes, se encuentran en el caso de que tiene la capacidad jurídica o de goce, pero no pueden ejercer ni cumplir sus derechos y obligaciones por si mismos por que carecen de la capacidad de actuar o de ejercicio.
Capacidad de Ejercicio o de Actuar.
La capacidad de ejercicio o de actuar la tienen los mayores de edad, siempre que no estén incapacitados legalmente, y son sujetos de derechos y obligaciones, pudiendo ellos mismos ejercer estos derechos y cumplir sus obligaciones.
Ser sujeto de derechos y obligaciones quiere decir que el individuo tiene derechos y obligaciones y si tiene la Capacidad de Actuar o de Ejercicio, podrá ejercer sus derechos y cumplir sus obligaciones por si mismos, pero si solamente posee la Capacidad Jurídica o de Goce, tendrá que valerse de un representante legal, pudiendo ser este cualqu9iera de sus padres o su tutor.
Como se adquiere la capacidad de ejercicio o de actuar:
Para adquirir la capacidad de ejercicio o de actuar se necesitan los siguientes requisitos:
a) Ser mayor de edad, ( tener 18 años cumplidos);
b) Estar en pleno uso de sus facultades mentales;
c) No sea sordomudo que no sepa leer ni escribir;
d) No ser ebrio consuetudinario (alcohólico);
e) No hacer uso inmoderado de drogas enervantes en forma habitual.
Para poder dedicarse al comercio, una persona necesita tener, además de la capacidad de ejercicio o de actuar, estos otros requisitos:
a) No ser Corredor Profesional Titulado
b) No haber participado en empresas que hayan quebrado sin haber sido rehabilitado; y
c) No
...