Generalidades del derecho mercantil
Enviado por SmoothSiba • 10 de Septiembre de 2021 • Resumen • 1.533 Palabras (7 Páginas) • 507 Visitas
Tema 1. Generalidades del derecho mercantil.
1.1 Conceptos y antecedentes.
Conceptos.
En México, el Derecho Mercantil al igual que el Derecho Civil pertenece al Derecho Privado. Existen uno al lado del otro, de forma separada ya que el Derecho Civil regula las relaciones jurídicas privadas en general y el Derecho Mercantil regula las relaciones jurídicas más específicas, aquellas que se dan entre comerciantes y las actividades que se dan en el comercio.
El Derecho Mercantil es una rama del Derecho Privado que regula los actos de comercio establecidos en el ordenamiento jurídico y a los individuos que su profesión habitual es de comerciante. En la mencionada definición se observa los 2 criterios del Derecho Mercantil; criterio objetivo aquel que se refiere a los actos de comercio en sí y el criterio subjetivo es aquel que señala al individuo como comerciante.
En este sentido, es importante definir cuáles son las disposiciones aplicables en materia de derecho mercantil, quiénes son considerados como comerciantes para efectos del derecho mercantil y qué son los actos de comercio, entre otros temas comprendidos por esta rama del derecho.
Antecedentes.
Ya desde la época del hombre prehistórico, y a raíz del abandono del nomadismo y la aparición de la agricultura, surge el comercio en forma de exceso de producción, ya sea excedentes alimenticios, ropajes o utensilios y herramientas varias. Por supuesto, este tipo de comercio se basaba fundamentalmente en el llamado Trueque, con el que las personas intercambiaban objetos que no utilizaban por otros de mayor necesidad.
El sistema de trueque pese a ser el primer sistema mercantil, carecía de suficientes medios para satisfacer a todo el ámbito social. No siempre alguien aceptaba un producto a cambio de otro, era muy difícil cuantificar el número exacto de gallinas que había que intercambiar para obtener una vaca, o el número de peces para conseguir una piel de cuero. Siempre existía el miedo a ser estafado o a que el intercambio mercantil no fuese lo beneficioso que se esperaba por ambos lados.
Con estas letras de fracaso tatuadas en la palabra trueque, resultaba obvio que al final la humanidad se decantase por un sistema mercantil de comercio más sencillo y fácil de entender por todos. Se comenzó a utilizar la moneda, adquiriendo por tanto el metal con el que se forjaba su verdadero valor. Con diferentes monedas de diferentes valores, ya era posible hacer una buena cuantificación de los bienes que satisficiera a todos los componentes de este sistema mercantil. La moneda es quizá el antecedente por antonomasia del derecho mercantil, de hecho, hoy en día sigue siendo el método utilizado por todas las culturas del mundo.
Se cree que el derecho mercantil nació dentro de las asociaciones de gremios y mercaderes que inundaban las ciudades medievales. De esta forman defendían de una mejor manera sus intereses y ayudaban a una mejor integración de los futuros participantes al mundo del comercio. Tanto los compradores como los vendedores estaban interesados en llegar al precio justo, tanto vale, tanto pago. La justicia por tanto era la virtud por excelencia que caracterizaba el comercio. Surgen por tanto diferentes tribunales de mercaderes y diferentes estatutos que mediaban y resolvían las diferencias que podrían ocasionarse.
Surge en Francia en el siglo XVII lo que viene a ser el nacimiento del llamado derecho mercantil moderno tal y como lo conocemos. Se redactaron numerosos edictos y legislaciones que por primera vez y sirviendo de precedente, comprendían y sentían las necesidades reclamadas por las actividades comerciales.
Fue tal el impulso del derecho mercantil que poco tardo en extenderse por el resto de las naciones, celebrándose congresos y conferencias internacionales, tratando diversos temas y acordando negociaciones entre ellas, como por ejemplo la famosa reunión de Berna de 1878.
En España, en 1829, de la mano de pedro Sainz de Andino aparece un código mercantil de influencia napoleónica que posteriormente fue modificado y sustituido en 1885. En Italia aparece el código Albertino de 1829 y en Alemania el código del comercio de 1861.
1.2 Derecho mercantil y derecho civil.
La definición de derecho civil establece que son normas que afectan a la persona privada, desde su nacimiento hasta su fallecimiento, y abarca sus relaciones familiares y derechos sucesorios. Además, rige sobre su patrimonio, obligaciones, contratos y responsabilidad civil que pueda surgir en sus relaciones con otros particulares. El Código Civil es la norma principal de esta rama jurídica.
La clave de las normas civiles es, por tanto, la configuración de la esfera personal y patrimonial de una persona y sus relaciones con otros particulares. El derecho civil se divide en cuatro grandes partes:
– Derecho subjetivo o parte general: regula todo lo relacionado con la nacionalidad, la personalidad civil y jurídica, el domicilio…
– Contratos y obligaciones: recoge las normas que afectan al régimen jurídico general y especial para la redacción
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