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Gobernabilidad Cooperativa


Enviado por   •  6 de Noviembre de 2018  •  Trabajo  •  1.995 Palabras (8 Páginas)  •  152 Visitas

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Trabajo de reposición del módulo 4

Gobernabilidad Cooperativa

Kendris Sanchez

Representante de Edwards

22 de abril 2018

Introducción

La gobernabilidad es fundamental en la sostenibilidad cooperativa. Es clave en su ventaja estratégica diferenciada. Es tal vez el componente más difícil de la gestión asociativa, teniendo en cuenta la naturaleza de las decisiones democráticas y la práctica de los valores y principios cooperativos.

El éxito de una organización solidaria no sólo depende del resultado económico y social, sino también de la capacidad de sus Directivos para gobernar con buenas prácticas en el marco de una sana ética empresarial y de una moral solidaria a toda prueba.

 Según como lo indica ENECOOP, una cooperara es “una asociación autónoma de personas que se han unido de forma voluntaria para satisfacer sus necesidades y aspiraciones económicas, sociales y culturales en común mediante una empresa de propiedad conjunta y de gestión democrática”. Esta definición, la ley de cooperativa, los estatutos, valores y principios, constituyen la base para crear o establecer políticas, herramientas e instrumentos que direccionen las acciones del gobierno en la cooperativa para gestionar la organización con criterios empresariales bajo la cultura de la democracia, la solidaridad y transparencia.

La gobernanza en sentido general contribuye eficientemente a lograr los objetivos sociales y económicos de la institución. Esto se logra si sus consejeros y cuerpo administrativo tienen las competencias, conocimientos, actitudes, compromiso y responsabilidad para gestionar el gobierno cooperativo adoptando las medidas necesarias para su eficiencia y eficacia. Esto implica permanente aplicar planes de mejora de gobernanza a través de indicadores que faciliten un monitoreo constante.

Gobernabilidad Cooperativa

El término gobernabilidad se define como el proceso por el cual diversos grupos integrantes de una sociedad ejercen el poder y la autoridad, de modo que, al hacerlo, llevan a cabo políticas y toman decisiones relativas tanto a la vida pública como al desarrollo económico y social.

Cabe destacar que no es un estado lo que permite, por sí mismo, gobernar a una sociedad, ni tampoco la sociedad misma es gobernable o ingobernable; esta se trata de una relación compleja entre estado y sociedad, es decir, un compromiso bilateral para mantener un equilibrio en la vida de un país.

Citando a Alberto Mora Portugués (2012) “Es la capacidad de un sistema sociopolítico para gobernarse en sí mismo. Cuando los actores estratégicos se interrelacionan para tomar decisiones colectivas y resolver sus conflictos conforme a instituciones o reglas del juego”. En el cooperativismo la Gobernabilidad Cooperativa se define como la implementación de buenas prácticas, de normas legales, administrativas y éticas que se ejercen en función de lograr los objetivos de la institución, tomando como punto esencial los valores, principios, ley de cooperativa y otras normas nacional o internacional que intervienen en la gestión de la empresa.

La gobernanza en sentido general contribuye eficientemente a lograr los objetivos sociales y económicos de la institución. Esto se logra si sus consejeros y cuerpo administrativo tienen las competencias, conocimientos, actitudes, compromiso y responsabilidad para gestionar el gobierno cooperativo adoptando las medidas necesarias para su eficiencia y eficacia. Esto implica permanente aplicar planes de mejora de gobernanza a través de indicadores que faciliten un monitoreo constante.

Órganos de dirección y control de las cooperativas

Hay niveles establecidos legalmente para la distribución del poder del gobierno cooperativo aplicando la delegación que se da de la siguiente forma:

  • La Asamblea General (socios y socias) delega el poder del gobierno en los órganos de administración y control: Consejo de Administración, Comité de Crédito y en el Consejo de Vigilancia. Si la asamblea es por distritos, los socios delegan sobre los delegados y estos a su vez participan y transfieren el poder a los directivos.

  • El Consejo de Administración delega el poder en la administración o gerencia de la cooperativa.

En una cooperativa el gobierno corporativo está representado políticamente por la Asamblea General y administrativamente por los órganos de dirección:

a. Consejo de Administración

b. Consejo de Vigilancia

c. Comité de Crédito.

Implementar un buen gobierno cooperativo es una responsabilidad de los órganos de dirección y control y del cuerpo administrativo.

CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN.

El Consejo de Administración es el órgano responsable de la dirección y funcionamiento

administrativo de la cooperativa, dentro de las facultades que le asigna el estatuto y la Ley 127/64. Las cooperativas al ser democráticas también se organizan reflejando la división de poderes. Es por eso que el Consejo de Administración es el encargado de administrar los recursos y ejecutar las decisiones emanadas de la Asamblea.

Funciones Básica del Consejo de Administración

  • Funciona sólo como órgano colectivo, los consejeros no actúan en forma individual.
  • Se asegura que la cooperativa sea administrada de manera sana y prudente.
  • Aprueba, establece y fija las prioridades, los planes de negocios, las orientaciones, el presupuesto y las políticas de la cooperativa.
  • Controla y efectúa el seguimiento a los acuerdos tomados y establece los correctivos correspondientes si se detecta desviaciones en su ejecución.
  •  Asegura que se cumplan y respeten las reglas, leyes, normas, reglamentos y disposiciones legales, emitidos por los órganos de control y supervisión del Estado.
  • Este directorio fija políticas y planes de desarrollo de la Empresa Cooperativa de acuerdo con estatutos, reglamentos y acuerdos aprobados por la Asamblea General.
  • Como órgano administrativo es el encargado de lograr la eficiencia y eficacia empresarial de la organización.

CONSEJO DE VIGILANCIA

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