HISTORIA Y DEFINICIÓN DE LA SOCIEDAD COLECTIVA
Enviado por LuyJean • 14 de Mayo de 2014 • 500 Palabras (2 Páginas) • 1.585 Visitas
1.1 La Sociedad Colectiva nació en plena Edad Media, como forma evolutiva de las comunidades HEREDITARIAS FAMILIARES, que continuaban la explotación del comercio paterno y, por eso en principio unió exclusivamente a personas ligadas por vínculos de sangre
Quienes convivían familiarmente acordaban dedicarse a las actividades mercantiles en común, continuando el ejercicio de estas actividades con los herederos del comerciante fallecido. La sociedad se basa, ante todo, en la confianza recíproca de sus miembros, los cuales asumen el riesgo en común y, por lo tanto, establecen un sistema de responsabilidad compartida.
De allí el nombre de "Compañía" y de allí la incorporación del nombre del socio (apellido. en la razón social).
Posteriormente, esta sociedad es utilizada por personas extrañas, se extiende fuera del vínculo familiar, con el objeto de desarrollar un negocio común. Estas personas se encuentran unidas por vínculos de amistad y recíproca confianza, permaneciendo las notas características de la Sociedad en su origen, esto es, comunidad de trabajo, responsabilidad ilimitada de sus miembros, propósito de lucro.
1.2. Historia De La Sociedad Colectiva
Se señala que esta sociedad tiene sus antecedentes en la Edad Medieval y no en el Derecho Romano, como la mayoría, todo ello se refleja en que muchas figuras de la sociedad colectiva, como razón social, patrimonio propio, responsabilidad ilimitada y solidaria, no pertenecen a la primitiva societas romana.
Sin embargo todos sus componentes no han surgido desde los inicios, pues estos han ido evolucionando, fueron naciendo sus elementos, como la formación de la sociedad, la comunidad de firmas, los poderes recíprocos, el patrimonio social y la responsabilidad solidaria e ilimitada.
Su desenvolvimiento en la Edad Media se dio cuando los comerciantes se asociaron y quienes entraban en una sociedad para ejercer el comercio, eran considerados ligados por la solidaridad. Se consideraban los aportes constituían un patrimonio distinto y para señalar ésta separación de patrimonios, los juristas afirmaron que la propia sociedad era un corpus, es decir una persona moral.
En cuanto a su nombre de sociedad colectiva, en las primeras normas francesas se empleó los de “sociedad general”, “sociedad ordinaria” o “sociedad libre”. Luego se unifico en “Sociedad en nombre Colectivo”, para simplificarse con “Sociedad Colectiva”.
En cuanto a su codificación, recién en el siglo XIV en Italia se encontraba normada con la Ordenanza 1673, en Francia con las Ordenanzas de Bilbao de 1737, y por los principales Códigos europeos del siglo XIX. En el Perú se encuentra en nuestro Código de Comercio de 1902 y en la Ley de Sociedades de 1966.
A finales del s XVII, la sociedad colectiva fue reconocida como tal, en las ORDENANZAS DE COMERCIO DE BILBAO, por influencia del Código francés y su
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