Impuesto A La Renta
Enviado por tanitha • 18 de Junio de 2014 • 14.358 Palabras (58 Páginas) • 482 Visitas
INTRODUCCIÓN
El impuesto a la renta, en esta forma, es de carácter eminentemente personal porque se adapta a la capacidad económica del contribuyente y se acomoda a ella.
El impuesto a la renta se encuentra entre las más antiguas formas de imposición. Su origen podemos considerarlo remontado a la primitivas y rudimentarias forma de tributación personal en base a la “capitación simple” las que si bien no se basaban necesariamente en los ingresos o en la capacidad económica de las personas naturales si tenían como fundamento a las personas mismas y a su trabajo. La evolución del impuesto a la renta hasta su forma actualmente generalizada en todos los países del mundo comenzó, pues, en el impuesto de capitación simple desde los tiempos antiguos, continuando por el impuesto de “capacitación clasificada” que se extendió en Alemania hacia fines del siglo pasado, la misma que tenía en cuenta a diversos tipos o clases de ingresos.
El contenido fundamental del impuesto sobre la renta es incidir sobre uno de los signos externos o manifestaciones de capacidad económica y contributiva de las personas, cual es la “adquisición” por ellas de nuevos bienes.
Así como la adquisición, hay otras manifestaciones económicas como la posesión, el gasto, la producción, el consumo, la transferencia de la riqueza, etc., en las que se fundamentan los otros impuestos.
Cuando el contribuyente adquiere la riqueza, comprueba o se determina desde fuera que su patrimonio es mayor al finalizar un ejercicio que al comienzo del mismo, de modo que puede gastar o invertir el excedente sin disminuir su estado económico básico.
Este ingreso, que es la renta neta obtenida en aquel periodo, constituye la manifestación directa de la capacidad contributiva y por esta razón a los impuestos a la renta se les denomina también “impuestos directos”.
¿Qué es la renta? Hay dos formas de interpretarla y múltiples denominaciones para identificarla.
Una primera forma de identificación consiste en la cantidad de ingresos líquidos procedentes de fuentes permanentes, esto es, de predios urbanos y rústicos, de explotaciones, de negocios de posesión de capital, del trabajo en empleos públicos o particulares, del ejercicio libre de las profesiones y de otros derechos o prestaciones periódicas. Este criterio, se basa en la teoría de las fuentes que tiene gran analogía con el principio de la tributación por el producto.
Otra forma de interpretación del objeto de este impuesto es el denominado “concepto de Schanz”.
Según este concepto, la renta es el aumento liquido del patrimonio dentro de un periodo económico, en el que se incluyen también los ingresos de una sola vez de todas las clases, tales como premios de loterías, ganancias obtenidas en especulaciones, en la enajenación de bienes, en herencias y donaciones (adquisición de bienes), etc. Este criterio tiene la ventaja de abarcar a todas las formas de ingresos o rentas en razón de la persona del contribuyente y de hacer el mecanismo del impuesto más sistemático.
Según lo que acabamos de expresar, la renta está constituida por una riqueza de nueva formación o por un conjunto de bienes creados o producidos por otros bienes permanentes y por el trabajo del hombre.
IMPUESTO A LA RENTA
CONCEPTO DE RENTA
Según los tratadistas, en la definición de renta se debe tener en cuenta consideraciones de carácter económico, financiero y jurídico de carácter tributario, más aún cuando el tema del Impuesto a la Renta es uno de los impuestos directos más importantes dentro del Sistema Tributario.
Renta – Producto
Según Manuel de Juan, “Renta es el fruto o producto que fluye, emana o se produce periódicamente por la explotación de una fuente estable o más o menos permanente”.
Para Juan Roque García Mullín, la renta es el producto periódico que proviene de una fuente durable en estado de explotación, que tiene las siguientes características:
Debe ser un producto.
Debe provenir de una fuente durable.
Debe ser periódica.
La fuente debe ser puesta en explotación.
Explicación de las características:
Debe ser un producto: La renta debe ser una riqueza nueva, distinta y separable de la fuente que la produce.
Debe provenir de una fuente durable: La fuente productora puede ser capital, bien corporal o incorporal, capaz de generar renta a su poseedor.
Como fuente productora podemos citar a los bienes muebles, inmuebles, capital monetario, derechos tangibles e intangibles.
La fuente productora es durable cuando después de la producción de renta sobreviva, manteniendo su capacidad productora para repetir en el futuro ese acto.
Debe ser periódica: Producto de la durabilidad de la fuente, la renta debe ser e carácter periódico, para ello no es necesario que la periocidad se concrete en lo hechos, es decir que realmente se repita, sino que es suficiente que sea posible de repetir en forma periódica.
La fuente debe ser puesta en Explotación: Para que produzca renta, es necesario que la fuente haya sido habilitada; para ello será necesario incurrir en costo o gasto que influya a que la fuente genere renta.
Renta Neta
Es renta aquella riqueza que excede a los costos y gastos incurridos para producirla así como para mantener la fuente en condiciones productivas.
Flujo de Riqueza
Bajo el criterio de flujo de riqueza constituyen renta todos los ingresos que fluyen desde los terceros hacia el contribuyente, en un periodo dado, Dichos ingresos pueden ser los siguientes:
Ganancia de Capital realizadas: Aquellas originadas por la realización de bienes patrimoniales, en tanto la realización de esos bienes no sea el objeto de una actividad lucrativa habitual.
Ingresos por actividades accidentales: son ingresos originados por una habilitación transitoria y eventual de una fuente productora, es decir provienen de actos accidentales que no representan una actividad con el mismo fin.
Ingresos eventuales: Son ingresos cuya producción depende de un factor aleatorio, ajeno a la voluntad de quien lo obtiene; tales como los premios de lotería y los juegos de azar, caballos de carrera, premios, etc. En este tipo de ingresos no existe habilitación.
Ingresos a título gratuito: Comprende transmisiones gratuitas por acto entre vivos, tales como regalos, donaciones, legados y herencia, etc.
Criterio de consumo más incremento patrimonial
Este criterio se basa en la persona física (individuo); busca la capacidad contributiva durante el periodo, mediante el patrimonio y consumo o satisfacciones que dispone a lo largo de un
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