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Impuesto A Las Transacciones Financieras (ITF)


Enviado por   •  31 de Marzo de 2013  •  725 Palabras (3 Páginas)  •  862 Visitas

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Impuesto a las Transacciones Financieras (ITF)

El ITF es un impuesto que afecta a determinadas transacciones financieras con 0.005% del monto total de la operación; como los retiros o depósitos

hechos en cualquier cuenta abierta en alguna empresa del sistema financiero.

También se paga ITF si se ordena o adquiere sin usar una cuenta:

Transferencias de fondos dentro o hacia fuera del país

Cheques de gerencia.

Giros nacionales (órdenes de pago país) o al extranjero.

Certificados bancarios.

Otros instrumentos financieros.

Este impuesto es deducible como gasto para el Impuesto a la Renta para los contribuyentes generadores de rentas de tercera categoría; y, para los contribuyentes con otras categorías de renta tiene un límite, que es equivalente a la renta neta global, sin

considerar las rentas de quinta categoría.

1.- Operaciones afectas a ITF

Todos los retiros y depósitos realizados en cualquier cuenta pagan ITF. Las comisiones y gastos que no estén derivados por mantenimiento de cuenta y portes están afectos al cobro del ITF, la Ley Nº 28194 establece que para el cálculo del impuesto sólo se considerarán dos decimales. En tal sentido, para los importes menores a S/. 100.00, no existirá impuesto a cobrar debido al procedimiento de truncamiento (considerando la alícuota aplicable de 0.005% durante el ejercicio 2011)

¿Qué transacciones se encuentran exoneradas? En cuentas de CTS:

Todos los retiros y depósitos están exonerados sin necesidad de hacer ningún trámite.

En cuentas de pago de haberes:

Todo depósito de remuneraciones o pensiones con la calidad de renta de 5ta categoría hecho en estas cuentas, sin importar la frecuencia de

dicho depósito.

Todo cargo, hasta por el monto de la remuneración o pensión con calidad de renta de 5ta categoría depositada en dicha cuenta.

La cuenta de pago de haberes es cualquier cuenta donde un empleado recibe pensiones o remuneraciones de parte de su empleador.

Para gozar de estas exoneraciones no necesitas hacer ningún trámite. Tu empleador lo deberá solicitar al Banco.

Cuentas mancomunadas:

Puedes realizar transferencias sin pagar ITF, sólo entre tus cuentas mancomunadas siempre que figures como titular de las mismas.

Pagarás ITF si haces una transferencia desde una cuenta individual a una mancomunada, aunque seas el titular de ambas.

Se considera titular de la cuenta al primer mancómuno que aparece en la cuenta.

2.- Otras Operaciones

Tarjeta de Crédito

Consumos y compras:

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