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Investigación y análisis de las reformas al Código Laboral respecto a los contratos que rigen en el Ecuador. Referencia: Ministerio de Trabajo/Ley laboral/etc.


Enviado por   •  6 de Septiembre de 2018  •  Tesis  •  1.726 Palabras (7 Páginas)  •  177 Visitas

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Clase Practica 2:

 

CARLA PAOLA ESPINOZA ALENCASTRO

TEMA:  Investigación y análisis de las reformas al Código Laboral respecto a los contratos que rigen en el Ecuador. Referencia: Ministerio de Trabajo/Ley laboral/etc.

Nombre: Victor Tenecela

En el siguiente trabajo se procederá ha realizar un análisis desde el punto de vista empresarial y como empleador de las reformas al código de trabajo del 2016:

Empleados

Ventajas

El principal propósito de la reforma, que busca hacer el gobierno, es el mantener el empleo digno en el país. La reducción del horario laboral permitirá que las empresas que enfrenten una crisis económica grave puedan reducir el horario de los trabajadores para disminuir gastos.  El principal beneficio del trabajador con esta reforma seria que podría mantener su empleo y mantener una remuneración por su trabajo a pesar de la reducción de su jornada. La reducción del salario de un trabajador de acuerdo a su jornada de trabajo es respaldada por lo que establece el código de trabajo a igual trabajo igual remuneración, aunque la disminución de una remuneración pueda sonar algo contraproducente para el trabajador, este podrá mantener su empleo y una remuneración de acuerdo a su trabajo el cual en una época de crisis puede ser difícil de conseguir. También los trabajadores se ven respaldados por el hecho de que las utilidades de la empresa no pueden ser repartidas a los accionistas hasta que no se les pague sus horas completas es decir de esta manera el gobierno evita que este recursos sea usado por empresas que únicamente estén en  crisis económicay no se utilizado por empresas que no tengan esta necesidad económica y estén en capacidad de pagarle completo a los trabajadores,

El seguro de desempleo propuesto en esta reforma,  busca  sustituir lo que es actualmente el seguro de cesantías, de manera que el afiliado al momento de encontrarse desempleado pueda acceder a un proporcional de su aporte del dos por ciento al IESS. El beneficiario deberá esperar 4 meses para poder ser acreedor a este seguro, lo cual puede sonar como un periodo demasiado largo, pero estaría justificado por la liquidación de tres meses que recibe una persona en caso de despido. Para este seguro el afiliado recibiría una base fija todos los meses de  $250 aproximadamente, que está respaldado por el fondo solidario, financiado por el 1% del aporte patronal, es decir todas las personas así no tengan suficientes fondos en sus cuentas personales tendrá esta remuneración fija mensual. En caso de que el trabajador gane más del básico el proporcional del 70% de su cuenta personal será sumado a su sueldo de desempleo hasta completar el 70% de lo ganado en un año. Para que el trabajador pueda acceder al sueldo de desempleo debe haber completado las 24 aportaciones, en dos años lo que un trabajador logra acumular de sus cesantías son $732 (si ganara el sueldo básico) con el seguro de desempleo tiene una base fija de 256 dólares por 5 meses más el porcentaje de su aportación en caso de que ganara más de un sueldo básico, en los 5 meses recibiría $1281 estaría recibiendo más de lo que recibiría en un solo pago por cesantías por lo tanto este seguro a la larga seria un beneficio para el trabajador.         Además de eso como medida transitoria la reforma dice que el afiliado que quiera retirar sus cesantías mientras se aprueba esta ley, debe comunicarlo al IESS y este se verá en obligación de cancelarle la totalidad de lo que tiene acumulado, de esta manera el empleador que así lo desee no se sentirá perjudicado en caso de que crea que esta medida puede ser poco beneficiosa.

En cuanto al trabajo juvenil el gobierno asumirá el pago del seguro social de los jóvenes entre 18 y 24 años que tengan 2 años de estabilidad para fomentar el trabajo entre los jóvenes. Es una medida interesante y que tiene cierto incentivo para el trabajador ya que se podría ahorrar el pago del seguro social y además tener personal joven para capacitar y que a la larga le represente un ahorro, y de acuerdo al desempeño del trabajador, un personal bien capacitado y productivo. Los trabajadores no se ven perjudicados ya que  la reforma establece en el artículo 34.2 que, por ningún motivo esto implica el despido de un trabajador para contratar a un joven.  Además en el art 34.3 establece que la nomina de contratos juveniles no puede superar el 20% de los trabajadores totales, por lo cual de esta manera  el empleador no podría contratar jóvenes para reemplazar a los trabajadores de la empresa. Desde mi punto de vista esta reforma beneficia a las empresas que tienen una nomina amplia y que al tener más capacidad de contratación se ahorrarían mucho dinero teniendo en su nomina al 20% de empleados a los cuales no se les cubre el seguro social. Esta reforma asegura un beneficio para la población joven desempleada del ecuador ya que existe este incentivo para su contratación además de que protege a los trabajadores que se encuentran en una empresa para que esta medida no sea utilizada para prescindir de los servicios de algún empleado.

Desventajas

En el artículo 157 del código de trabajo dice que los aprendices no ganaran menos del 80% de lo que gana un trabajador normal. La reforma dice que los aprendices podrán convenir con el empleador un salario pero el seguro social si deberá ser asumido por el empleador. En este caso el principal beneficiario seria el aprendiz ya que las empresas tendrán más facilidades para contratarlos. Desde mi punto de vista aun con estas reformas será difícil que los pasantes tengan más lugares para realizar sus pasantías en las empresas ya que muchas de estas no los consideran necesarios por lo tanto evitan su contratación. Sin embargo esto podría llegar a ser un perjuicio para los trabajadores ya que no hay una regulación clara de cuantos pasantes pueden haber en una empresa, solo dice que este número será regulado por las empresas y la institución de educación superior por lo tanto se podría dar el caso de que los empleadores contraten pasantes en vez de empleados temporales y de esta manera se  vean afectado el empleo, las reformas deberían incluir ciertas normas para la contratación de pasantes, para que estas sean obligatorias y los pasantes deban estar en una empresa para poner en práctica su conocimiento y también normas para que los trabajadores no se vean afectados por parte de los contratos de pasantes.

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