ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

Juridicidad Penal


Enviado por   •  25 de Octubre de 2013  •  548 Palabras (3 Páginas)  •  853 Visitas

Página 1 de 3

Antijuricidad Material

Código penal

Articulo 136

Se refiere a quien produce una lección pero que ocasiona una enfermedad o incapacidad no menor de 10 días a mayor de 30, este delito está penado de 1 a 3 años.

Bien jurídico protegido (toda persona natural, la vida, la salud)

Tipo objetivo:

El delito de acciones leves, quien comete el delito o ejerce la acción contra una persona.

Tipo subjetivo:

Materialidad del caso es el sujeto activo quien produce el accidente al sujeto pasivo.

Antijuricidad formal y material:

Formal: ejerce una acción para provocar una lección a la persona.

Material: materialmente este no sería antijurídico ya que no causa algún perjuicio a la sociedad.

Articulo 202

El que incurre en el delito de allanamiento de morada contra la voluntad de su dueño será sancionado con 3 meses o 1 año de reclusión pero si en dicha acción se incurrió con violencia o intimidación o simulación de autoridad la pena será de 1 a 3 años de reclusión.

Bien jurídico protegido (los bienes inmuebles, propiedad privada)

Tipo objetivo:

Allanamiento de morada quien recibe el delito de estar dentro de la propiedad privada.

Tipo subjetivo:

Quien comete el allanamiento de morada ajena, sin consentimiento o habiendo estado con consentimiento expreso del dueño de la vivienda permanece en ella sabiendo que se tiene que retirar.

Antijuricidad formal y material:

Formal: incurrir en el allanamiento de morada ajena.

Material: el daño físico o psicológico que produce la acción en el dueño.

Articulo 217

Comete el delito de robo quien se apodera de bienes inmuebles ajenos incluidos los animales, empleando violencia o intimidación en las personas o fuerzas en las cosas.

Bien jurídico protegido (la propiedad)

Tipo objetivo:

El resultado de acción o emisión de la conducta de un individuo ponga en peligro el bien jurídico protegido por la ley, también violencia contra la persona.

Tipo subjetivo:

El dolo, actuar de la gente, es decir si tenía conocimiento de lo que hacía. Se relaciona con el artículo 3 del mismo código en el segundo párrafo.

Antijuricidad formal y material:

Formal: comete el robo en el que con ánimo de dominio de lo ajeno.

Material: si esa conducta del individuo se enmarcan dentro de las causas de justificación.

Articulo 240

Comete el delito de estafa quien con nombre supuesto, falsos títulos, influencia o calidad simulada de abuso de confianza, fingiéndose dueño de bienes , induje a otro en error defraudando en provecho propio o ajeno.

Bien jurídico protegido (la propiedad)

Tipo objetivo:

...

Descargar como (para miembros actualizados) txt (3 Kb)
Leer 2 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com