Edicto Penal
Enviado por RossemaryQR • 10 de Agosto de 2011 • 494 Palabras (2 Páginas) • 843 Visitas
EDICTO PENAL.- Expediente N° 01719-2010-96-2301-JR-PE-03.- DECLARACION DE REO CONTUMAZ.- TERCER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE TACNA.- ESPECIALISTA LEGAL: Dr. Salvador Luis Cerpa Salas.- En el proceso N° 01719-2009-64-2301-JR-PE-03, seguido contra RAUL ANCCO BLAS Y JAVIER ANCCO PONCE, por la presunta comisión del delito Contra el Patrimonio en la modalidad de Estafa, en agravio de Jorge Basilio Gutiérrez Montano; la señora Juez del Tercer Juzgado de Investigación Preparatoria de Tacna, ha dispuesto SE NOTIFIQUE por Edictos a los imputados RAUL ANCCO BLAS Y JAVIER ANCCO PONCE, con la resolución numero uno de fecha dieciocho de Abril del año dos mil once mediante la cual se dispone: ?(?)SE RESUELVE: Primero: DECLARAR REOS CONTUMACES a los imputados: 1) RAUL ANCCO BLAS, identificado con Documento Nacional de Identidad número 09011501, de cincuenta y nueve años de edad, nacido el veintinueve de Agosto de mil novecientos cincuenta y uno, de Estado Civil Conviviente, con grado de instrucción Primaria Completa, natural del Distrito de Progreso, Provincia de Grau y Departamento de Apurimac, hijo de Natividad y Melchora, de un metro con cincuenta y siete centímetros de estatura, domiciliado en el Jirón Comandante Carlos Dellepiane número 239 Pueblo Joven Hogar Policial del Distrito de Villa María del Triunfo en el Departamento de Lima, y, 2) JAVIER ANCCO PONCE, identificado con Documento Nacional de Identidad número 44024420, de veinticuatro años de edad, nacido el dieciocho de Enero de mil novecientos ochenta y siete, de Estado Civil Soltero, con grado de instrucción Secundaria Completa, natural del Distrito de Villa María del Triunfo, Provincia y Departamento de Lima, hijo de Raúl y Lucy, de un metro con sesenta y siete centímetros de estatura, domiciliado en el Jirón Comandante Carlos Dellepiane número 239 Pueblo Joven Hogar Policial del Distrito de Villa María del Triunfo en el Departamento de Lima; en consecuencia, se dispone su conducción compulsiva a fin de que sean puestos a disposición del Ministerio Público ? Octavo Despacho de Investigación de la Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Tacna para las diligencias respectivas, debiéndose cursar por el Asistente Jurisdiccional los oficios correspondientes para efectos de su captura. Segundo: Nómbrese Abogado Defensor Público para los imputados declarados Contumaces, para cuyo efecto, cumpla el Asistente Jurisdiccional con cursar oficio a la Defensoría Pública del Ministerio de Justicia de Tacna. Tercero: Cúmplase con notificar la presente resolución por edictos en el diario el peruano como en el de mayor circulación de la ciudad. Cuarto: Notifíquese a los sujetos procesales conforme a ley. Tómese Razón y Hágase Saber.- (?)?.- FIRMADO. DRA. ELIANA SIMONA AYCA REJAS JUEZ DEL TERCER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE TACNA. DR. SALVADOR LUIS CERPA SALAS ESPECIALISTA JUDICIAL DE JUZGADO.- Tacna, 18 de Abril del
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