LA REPRESENTACIÓN DE LOS ESTABLECIMIENTOS ABIERTOS AL PÚBLICO
Enviado por pudding • 24 de Mayo de 2016 • Informe • 3.760 Palabras (16 Páginas) • 481 Visitas
ÍNDICE
CARÁTULA
PRESENTACIÓN
ÍNDICE
INTRODUCCIÓN
LA REPRESENTACIÓN
1. NOCION
2. REQUISITOS DE LA REPRESENTACION EN SENTIDO ESTRICTO
3. CLASES DE REPRESENTACIÓN………………………………………………………………………………………….…7
3.1. DIRECTA…………………………………………………………………………………………………………………….7
3.2. INDIRECTA
4. LA REPRESENTACIÓN DE LOS ESTABLECIMIENTOS ABIERTOS AL PÚBLICO
5. PLURALIDAD DE REPRESENTADOS Y REPRESENTANTES
6. DIFERENCIA ENTRE MANDATO Y REPRESENTACIÓN
7. FALSO PROCURADOR
EL PODER
1. NOCIÓN Y NATURALEZA JURÍDICA
2. EFECTOS JURÍDICOS
3. CLASES
3.1. Poder general
3.2. Poder especial
4. REVOCABILIDAD E IRREVOCABILIDAD
CONCLUSIÓN
BIBLIOGRAFÍA
INTRODUCCIÓN
A lo largo de nuestras vidas, desde el momento que nos despertamos iniciando un nuevo día, empezamos a celebrar diferentes negocios jurídicos como por ejemplo: cuando una niña compra una gaseosa se podría decir que está celebrando un negocio jurídico de compra y venta.[pic 1]
Cabe no olvidar que un negocio jurídico tienes tres etapas: la negociación, mediante la cual se establece el trato; la celebración, etapa en la cual nacen los efectos jurídicos, es decir, los derecho y obligaciones; y la ejecución, en la cual se ejercen los derecho y se cumplen las obligaciones.
Para celebrar negocios jurídicos muchas personas requieren de algún representante para que dichos actos se celebren con plena eficacia y permitan la satisfacción del representado; pero para poder ser un representante se necesita contar con los requisitos establecidos en el Código Civil del Perú.
Así podemos darnos cuenta lo importante y lo cuidadoso que es cuando tenemos que elegir a un representante.
LA REPRESENTACIÓN
- NOCION:
Para algunos autores, la noción de representación debe ser planteada de manera más simple, pues como acota Coviello¹ el que declara su propia voluntad, o recibe una declaración, en lugar y en nombre de otro, se llama representante. Sin embargo, para otros, la representación es aquella actividad por la cual, sustituyendo ante terceros la persona o la voluntad del representado y actuando por cuenta de él, las consecuencias de la conducta recaen en el representado². Vidal Ramírez³, considera que la representación puede ser conceptuada como una figura típica y autónoma⁴, en virtud de la cual una persona, que viene a ser el representante, celebra uno o más actos jurídicos en cautela de los intereses de otra, que viene a ser el representado.
Ahora bien, para definir la representación de la manera más sencilla, podemos señalar que consiste en: un agente puede celebrar en forma directa un negocio jurídico pero también otra persona puede celebrarlo en su nombre, en esta última se da la figura de la representación
- En sentido amplio quedan comprendidos todas las modalidades de la representación, sea que esta emane de la ley o de un acto jurídico y que el representante actúe en nombre e intereses del representado o actué en nombre propio pero en interés del representado⁵
- En sentido restringido o restricto supone la actuación del representante actuando en nombre y en interés del representado y, no obstante da lugar a la creación, regulación, modificación o extinción de la relación jurídica en virtud del acto jurídico celebrado con la manifestación de su propia voluntad, los efectos producidos se dirigen a la esfera jurídica del representado6
[pic 2]
Coviello, “Doctrina General del Derecho Civil” pág. 442
2LOHMAN LUCA DE TENA, Juan “El Negocio Jurídico” Editora Jurídica Grijley. 2° reimpresión de la 2° edición. 1997 pág.163
³ VIDAL RAMÍREZ, Fernando “El Acto Jurídico” 7° Edición. Imp. Gaceta Jurídica. Lima 2007 p. 267
⁴El representante celebra los negocios jurídicos con la manifestación de su propia voluntad (autónoma), pero los efectos se dirigen a la esfera jurídica del representado (típica).
5VIDAL RAMÍREZ, Fernando “El Acto Jurídico” 7° Edición. Imp. Gaceta Jurídica. Lima 2007 p. 267
6 VIDAL RAMÍREZ, Fernando “El Acto Jurídico” 7° Edición. Imp. Gaceta Jurídica. Lima 2007 p. 267
LUCA DE TENA7, plantea la distinción importante entre nuncio y representante: dice que el Nuncio traslada la voluntad que venga señalada por el dominus8, con sus distintas alternativas o variantes; en cambio, el representante declara su voluntad para el representado, pero no necesariamente declara la de éste.
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