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LEY DE INGRESOS Y PRESUPUESTO DE EGRESOS


Enviado por   •  29 de Junio de 2014  •  2.489 Palabras (10 Páginas)  •  343 Visitas

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LEY DE INGRESOS Y PRESUPUESTO DE EGRESOS

El presupuesto es un documento jurídico financiero que contiene una estimación anticipada, generalmente anual de los ingresos y egresos del gobierno, necesarios para cumplir con los propósitos de la planeación a corto, mediano y largo plazo, expresados en un plan operativo básico, el cual tiene como propósito la ejecución de las decisiones de las políticas públicas del Estado.

La función presupuestaria o financiera, es una facultad reconocida a la mayor parte de los parlamentos y cosiste en la aprobación de la ley de ingresos y del presupuesto de egresos, la revisión de la cuenta pública anual, la aprobación de las bases para la celebración, por el ejecutivo, de préstamos sobre créditos de la nación, para aprobar los mismos y reconocer y pagar la deuda nacional.

Ley de ingresos

Corresponde al ejecutivo federal, presentar anualmente a la cámara de diputados la iniciativa de la ley de ingresos y el proyecto de presupuesto de egresos de la federación, cuya aprobación, en este ultimo caso, es facultad exclusiva de dicha cámara.

Aprobar anualmente el presupuesto de egresos de la federación, previo examen, discusión y en su caso, modificación del proyecto enviado por el ejecutivo federal, una vez aprobadas las contribuciones que, a su juicio, deben decretarse para cubrirlo. Asimismo, podrá autorizar en dicho presupuesto las erogaciones plurianuales para aquellos proyectos de inversión en infraestructura que se determina conforme a lo dispuesto en la ley reglamentaria; las erogaciones correspondientes deberán incluirse en los subsecuentes presupuestos de egresos.

El ejecutivo federal hará llegar a la cámara la iniciativa de la ley de ingresos y el proyecto de presupuesto de egresos de la federación a más tardar el día 8 del mes de septiembre, debiendo comparecer el secretario de despacho correspondiente a dar cuenta de los mismos. La cámara de diputados deberá aprobar el presupuesto de egresos de la federación a más tardar el día 15 del mes de noviembre.

Cuando inicie su cargo en la fecha prevista por el articulo 83, el ejecutivo federal hará llegar a la cámara la iniciativa de ley de ingresos y el proyecto de presupuesto de egresos de la federación a más tardar el día 15 del mes de diciembre.

No podrá haber otras partidas secretas, fuera de las que se consideren necesarias, con ese carácter, en el mismo presupuesto; las que emplearan los secretarios por acuerdo escrito del Presidente de la República.

Solo se podrá ampliar el plazo de presentación de la iniciativa de ley de ingresos y del proyecto de presupuesto de egresos, cuando medie la solicitud del ejecutivo suficientemente justificada a juicio de la cámara o de la comisión permanente, debiendo comparecer en todo caso el secretario del despacho correspondiente a informar de las razones que lo motiven.

La ley de ingresos encuentra su fundamento en dos artículos de nuestra constitución:

El primero de estos es el artículo 31 que establece la obligación de todos los mexicanos de contribuir para los gastos públicos de la federación, el Distrito Federal y de los estados y municipios en que resida de manera proporcional y equitativa que dispongan sus leyes.

De igual manera, el articulo 73 fracción VII atribuye al congreso de la unión la facultad de establecer las contribuciones para cubrir el presupuesto.

Características de la ley de ingresos. Anualidad: tiene vigencia durante un año fiscal, que corresponde al año calendario.

Precisión: en virtud de que cualquier impuesto y recaudación que no este claramente establecida en dicha ley no podrá ser recaudado.

Previsibilidad: ya que establece las cantidades estimadas que por cada concepto habrá de obtener la hacienda pública.

Especialidad: en razón de que dicha ley contiene un catalogo de rubros por obtener en el año de su vigencia.

El estado debe realizar diversos gastos a efecto de cumplir con sus objetivos y fines, los cuales lleva a cabo con la autorización del poder legislativo a través de la cámara de diputados, ala que corresponde de manera exclusiva la discusión y aprobación anual del presupuesto de Egresos.

El presupuesto de Egresos es el documento que concentra las partidas en las que el gobierno podrá gastar para satisfacer las necesidades colectivas, pero también es un instrumento que orienta la actividad económica del país.

En virtud de que el presupuesto de Egresos es producto de la recaudación de los impuestos y, por tanto, es dinero aportado por los gobernados, su uso debe ser el correcto, es decir, debe ser utilizado para satisfacer las necesidades primarias del país por tal razón, la fiscalización en el gasto de los recursos es un aspecto muy importante, en los Estados modernos.

El presupuesto de egresos

Los egresos del estado.

El presupuesto de egresos es el acto legislativo que permite ala administración pública usar los recursos monetarios del estado durante un año fiscal. La ley de presupuesto, contabilidad y gasto público federal lo define de la siguiente manera:

El presupuesto de Egresos de la federación será el que contenga el decreto que apruebe la cámara de diputados, a iniciativa del ejecutivo, para expresar durante el periodo de un año a partir del 1º de enero, las actividades, las obras y los servicios públicos previstos en los programas a cargo de las entidades que el propio presupuesto señalen.

Es un acto legislativo, que compete en exclusiva ala cámara de diputados según lo señala el artículo 74 fracción IV de la constitución política de los Estados Unidos Mexicanos.

Contiene una autorización a la administración publica para que esta utilice los recursos pecuniarios que se recauden es decir, la administración solo podrá erogar las cantidades que se le hayan autorizado mediante el presupuesto y con apego escrito al mismo.

Está limitado, en el tiempo, a un año fiscal es decir, del 1º de enero al 31 de diciembre.

Características:

Desde un punto de vista formal y orgánico el presupuesto de egresos es un acto legislativo, puesto que sigue el procedimiento usual de cualquier ley (fase de iniciativa, fase de discusión y aprobación,

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