Las Afores En Mexico
Enviado por • 17 de Septiembre de 2012 • 3.097 Palabras (13 Páginas) • 942 Visitas
el papel de la informacion contableEn Mexico pensiones son principalmente en cuentas individuales de jubilación llamado Afores, para Administradores de Fondos para el Retiro, o administradoras de fondos de jubilación. Individuales de jubilación una ccounts contiene cuatro sub-cuentas que son:
Jubilación, despido y vejez (VN, "Retiro, Vejez Cesantay" en inglés): Este sub-cuenta contiene los fondos aportados por el empleador, del gobierno federal y el empleado.
Contribuciones voluntarias: Un empleador también puede contribuir voluntariamente fondos adicionales. Contribuciones adicionales se puede hacer directamente con la Afore o automáticamente deducido de la patronal del sueldo.
Vivienda: Se trata de una sub-cuenta en la que los empleadores contribuyen un equivalente de cinco por ciento del sueldo del empleado. Los fondos se depositarán ante el INFONAVIT a través del Fondo Nacional de la Vivienda ( "Fondo Nacional de la Vivienda") y la Afore sólo los registros de las contribuciones y los saldos.
Contribuciones complementarias: Este sub-cuenta contendrá los fondos adicionales aportados por el empleador o el empleado para aumentar la pensión de equilibrio. Estos fondos sólo pueden ser retiradas después de la jubilación.
¿QUÉ ES LA CONSAR?
CONSAR es la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro y su labor fundamental es la de regular el Sistema de Ahorro para el Retiro (SAR) que está constituido por las cuentas individuales a nombre de los trabajadores que administran las AFOREs.
El sistema financiero está constituido por diversas instituciones. Entre las que se conocen comúnmente están:
¿QUÉ PASA SI NO ESCOGÍ AFORE O SI TENGO CUENTA PERO NO ESTOY COTIZANDO?
1.- ASIGNACIÓN.
• Dado que se trata de un sistema obligatorio, independientemente de que el trabajador que comience a cotizar escoja AFORE o no, sus aportaciones se van depositando en una cuenta individual. Los trabajadores que no eligen AFORE son ASIGNADOS una vez al año a una de las Administradoras que tenga mejor desempeño.
• Los criterios para asignación han cambiado a través del tiempo, en un principio se asignaban las cuentas a las AFOREs de menor comisión y desde el 2008 a las AFOREs que se encuentren en el tercil que registre el mayor Indicador de Rendimiento Neto.
2.-REASIGNACIÓN.
En 2009 se reformó la Ley del SAR para establecer que las cuentas asignadas a las AFOREs que no fueran registradas por las Administradoras que las recibieron, serían REASIGNADAS cada dos años. Para el caso de las reasignaciones se establecieron criterios para asegurar que:
• Los recursos de los trabajadores no registrados disfruten de altos rendimientos.
• Las cuentas individuales de los trabajadores permanezcan o sean reasignadas a una AFORE que haya otorgado consistentemente buenos rendimientos.
• Se fomente el buen funcionamiento de los mercados a través de la aplicación de reglas que permitan a las AFOREs anticipar necesidades de liquidez.
• Se contribuya en la consolidación de la mejora de procesos operativos de manera que las AFOREs cuenten con plazos suficientes para registrar las cuentas.
Los criterios establecidos para la reasignación son los siguientes:
• 1. Para que las AFOREs puedan retener las cuentas asignadas que no hayan registrado se deberán ajustar al mismo criterio que el aplicado al proceso de traspasos antes de un año:
• EL IRN de la AFORE haya mostrado comportamiento igual o superior a la mediana en el 70% o más del tiempo de comparación (24 meses), y
• EL IRN de la AFORE haya mostrado comportamiento igual o inferior al percentil del 25% en el 20% o menos del tiempo de comparación (24 meses).
• 2. Para que las AFOREs puedan recibir cuentas en la reasignación se preserva el mismo criterio que se utiliza en el proceso de Asignaciones:
• Que se localicen en el primer tercil de la tabla de IRN.
MODALIDADES DE PENSIÓN IMSS POR CESANTÍA EN EDAD AVANZADA Y VEJEZ
Pensión por la Ley del Seguro Social de 1973.
Para obtener una pensión por Cesantía o Vejez deberás tener como mínimo 500 semanas de cotización y 60 o 65 años de edad, respectivamente.
Si eliges esta opción, el IMSS pagará tu pensión y la de tus beneficiarios en caso de tu fallecimiento. La pensión se calculará con base en el promedio de los últimos 5 años de la trayectoria salarial. El monto de la pensión se actualizará cada año de acuerdo a la inflación.
Además, podrás disponer en una sola exhibición de los recursos de tu cuenta individual por concepto de:
• SAR IMSS (Retiro 92) y
• SAR INFONAVIT (Vivienda 92 y vivienda 97, siempre y cuando no hayas utilizado tu crédito de vivienda o en su caso, lo hayas terminado de pagar y exista un remanente)
• SAR IMSS 97 (Retiro 97, siempre y cuando hayas seguido trabajando después del 1° de julio de 1997)
Pensión por la Ley del Seguro Social de 1997.
Para obtener una pensión por Cesantía o Vejez, deberás tener como mínimo 1,250 semanas de cotización y 60 o 65 años de edad respectivamente.
¿QUÉ SON LAS APORTACIONES VOLUNTARIAS EN LA CUENTA INDIVIDUAL?
¿Qué es la Cuenta Individual?
Es la cuenta personal de cada trabajador que administran las diferentes AFOREs y en la que se depositan las aportaciones bimestrales correspondientes a tu ahorro para el retiro.
¿Quiénes tienen o pueden tener una Cuenta Individual?
Todos los mexicanos que coticen en el IMSS, ISSSTE o sean trabajadores independientes pueden tener una Cuenta Individual de ahorro para el retiro en una AFORE.
¿Si soy trabajador independiente cómo puedo tener una cuenta de ahorro para el retiro?
¡Muy sencillo! Acude a la AFORE de tu preferencia (verifica el listado en www.consar.gob.mx y entra a la sección "Servicios que prestan las AFOREs") y acércate con aquella que reciba trabajadores independientes y abre una Cuenta Individual Recuerda que la mayoría de las AFOREs no establecen topes mínimos ni máximos y es mejor tener “algo” que nada ahorrado para tu retiro.
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