Mandato Autorizacion
Enviado por gervier2503 • 27 de Mayo de 2015 • 960 Palabras (4 Páginas) • 212 Visitas
Señores
Direcciones de Gestión, Direcciones Seccionales de Aduanas,
Direcciones Seccionales delegadas y demás dependencias de la
Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales - DIAN
Ministerio de Comercio, Industria y Turismo
Autoridades en General
Ref.: Mandato aduanero
Identificación del Mandante Identificación del Mandatario
(Agencia de Aduanas)
Razón Social: MILTON JAVIER GARCIA PEREZ
Iudy leal villabona
NIT: 890985000-6 37444747
Domicilio principal: Av. Libertadores, Bodega E-2 Zona Industrial Cúcuta, Colombia. Zona Franca Cucuta - Colombia
Respetados señores:
Las partes arriba identificadas hemos celebrado un CONTRATO DE MANDATO, en virtud del cual EL MANDANTE confiere mandato aduanero a la AGENCIA DE ADUANAS para que esta adelante en nombre de aquel todas las gestiones de índole aduanero que sean necesarias en relación con las mercancías de EL MANDANTE.
EL MANDANTE concede a la AGENCIA DE ADUANAS las siguientes facultades:
1. Presentar en nombre y representación y por cuenta de EL MANDANTE declaraciones de Importación, de Exportación o de Tránsito Aduanero, en todas sus modalidades, incluyendo todos los trámites aduaneros inherentes y conexos que se adelanten ante la DIAN.
2. Declarar las mercancías según los documentos e informaciones aportados por EL MANDANTE, los cuales deben reflejar la verdad completa y exacta de la transacción internacional. La AGENCIA DE ADUANAS no deberá reconocer físicamente la mercancía antes de declararla, a menos que EL MANDANTE le dé instrucciones previas de hacerlo y pague a la AGENCIA DE ADUANAS las tarifas por esta actividad y los gastos en que se incurra.
3. Clasificar arancelariamente la mercancía, según su leal saber y entender, con base en los documentos e informaciones aportados por EL MANDANTE. No obstante, si EL MANDANTE informa a la AGENCIA DE ADUANAS una posición arancelaria, o la mercancía ya está clasificada en los documentos que EL MANDANTE entregue a la AGENCIA DE ADUANAS (registro o licencia de importación, certificado de origen, etc.), la AGENCIA DE ADUANAS deberá obligatoriamente clasificar y declarar la mercancía en esa posición arancelaria, sin responsabilidad alguna por parte de la AGENCIA DE ADUANAS y bajo la completa responsabilidad de EL MANDANTE.
4. Realizar las siguientes gestiones en nombre y representación y por cuenta de EL MANDANTE: notificarse de actos administrativos, incluyendo liquidaciones oficiales de corrección; presentar peticiones; hacer reclamos; solicitar y recibir devoluciones; solicitar liquidaciones oficiales de corrección; solicitar clasificaciones arancelarias generales; solicitar inspecciones aduaneras, traslados, introducciones y salidas de mercancías hacia y desde zonas francas; localizar y relocalizar mercancía en puertos; firmar declaraciones de valor; solicitar embarques, cabotajes, continuaciones de viaje; retirar cualquier mercancía de las zonas primarias aduaneras una vez obtenido el levante, o autorizar el retiro y entrega a terceros transportadores, pero sin asumir ninguna responsabilidad por el transporte; y, en general, adelantar todos los trámites contemplados en la legislación aduanera que sean requeridos por el mandante y deban ser realizados a través de una AGENCIA DE ADUANAS.
Este mandato tiene alcance nacional y es conferido a la AGENCIA DE ADUANAS como persona jurídica, la cual podrá ejercerlo en cualquier jurisdicción aduanera en que esté autorizada, a través de cualquiera
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