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Negocios internacionales. Nomenclatura y valoración aduanera


Enviado por   •  21 de Julio de 2024  •  Tarea  •  1.008 Palabras (5 Páginas)  •  31 Visitas

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 “AÑO DEL BICENTENARIO, DE LA CONSOLIDACIÓN DE NUESTRA INDEPENDENCIA, Y DE LA CONMEMORACIÓN DE LAS HEROICAS BATALLAS DE JUNÍN Y AYACUCHO”

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TEMA 8

AUTOR(ES)        :         

GRUPO 5

CARRERA        :        Negocios Internacionales

CICLO        :         V   

CURSO        :         Nomenclatura y Valoración Aduanera

PERÚ

2024

CASO1

El importador “A” compra a un vendedor extranjero 3 000 m3 de madera que utiliza para

fabricar muebles de oficina. El precio al que compra la madera está condicionado a la obligación para el comprador de madera de entregar 50 escritorios al vendedor extranjero. ¿Cómo se valora la importación de madera?

Conclusión:

En el caso descrito, la valoración de la importación de madera para el importador "A" en Perú no se puede realizar únicamente en base al precio de compra acordado con el vendedor extranjero, ya que existe una contraprestación adicional que afecta el valor real de la transacción.

el valor en aduana de las mercancías debe basarse en el valor de transacción, definido como el precio realmente pagado o por pagar por las mercancías cuando son vendidas en una transacción libre entre comprador y vendedor independientes.

Sin embargo, en este caso, la obligación del importador de entregar 50 escritorios al vendedor extranjero introduce un elemento de contraprestación que no está incluido en el precio de compra acordado. Esta contraprestación adicional afecta el valor real de la transacción y, por lo tanto, no se puede considerar como el único factor para determinar el valor en aduana de la madera.

Para valorar correctamente la importación de madera:

-        La aduana deberá determinar el valor de los 50 escritorios que el importador debe entregar al vendedor extranjero. Esto puede hacerse mediante métodos como la comparación con precios de venta de escritorios similares en el mercado peruano o la estimación del costo de producción de los escritorios (método 4y5)

CASO 2

Se importa trigo americano Northern Spring York, FOB New York, a un precio según contrato de 180 u.m. la TM. El contrato de compraventa tomó como precio de pacto el de la cotización de la mercancía a esa fecha en la Bolsa de Chicago. La mercancía se destinó inicialmente al Régimen de Depósito cuando se cotizaba en bolsa a 170 u.m. la TM y se nacionaliza seis meses después cuando la cotización internacional era de 200 u.m. la TM. ¿Cómo se determina el valor en aduana?

Se determina el valor en aduana con el precio de venta inicial pactado en el contrato de compraventa, esto se fundamenta en el Artículo 1 de las Normas de Valoración en aduana, por lo que se terminará pagando por tonelada de trigo será de 180 dólares.

Artículo 1

1. El valor en aduana de las mercancías importadas será el valor de transacción, es decir, el precio realmente pagado o por pagar por las mercancías cuando éstas se venden para su exportación al país de importación, ajustado de conformidad con lo dispuesto en el artículo 8, siempre que concurran las siguientes circunstancias:

CASO 3

El vendedor “S”, en el país de exportación “X”, concierta un contrato de venta de aparatos electrodomésticos con el importador “A”, en el país de importación “I”, al precio unitario de 5,75 USD. Asimismo, “S” contrata con el fabricante “M”, establecido igualmente en el país “X”, la fabricación de las mercancías. El fabricante “M”, por cuenta de S, envía las mercancías a “A” en el país “I”. El precio de venta de “M” a “S”, es de 5,00 USD la unidad.

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