Objetos De Las Asociaciones Civiles
Enviado por bastinomad • 6 de Octubre de 2014 • 618 Palabras (3 Páginas) • 457 Visitas
ASOCIACIONES CIVILES
PAUTAS A CONSIDERAR PARA REDACTAR EL OBJETO SOCIAL
(Conforme surge de las conclusiones formuladas en los Ateneos Profesionales organizados en la Dirección Provincial de Personas Jurídicas. Tema: Objeto de las Asociaciones Civiles. Alcances y límites de los dictámenes que emiten los departamentos técnicos en cumplimiento del control de legalidad. Su incidencia en la fiscalización posterior.)
www.mjus.gba.gov.ar
• El objeto social debe ser lícito, posible, determinado y estar dirigido al bien común, respetando además los requisitos establecidos en el artículo 953 del Código Civil
• Se procederá a redactar el objeto sin abreviaturas y sin puntos suspensivos.
• No se incluirán expresiones como “etcétera”, “y cualquier otra actividad”, “todas aquellas”, “entre otras”, o frases que tornen al objeto vago, ambiguo, impreciso e indeterminado.
• La enumeración debe ser correlativa (sea esta numérica o con letras).
• No se incluirá en la redacción ninguna expresión que preste a confusión a actividades gremiales o a otros tipos asociacionales, tales como cooperativas, mutuales y similares.
• El objeto deberá ser afín a la denominación social, excepto en aquellos casos en que la misma consista en un mero nombre de fantasía.
• No se incluirá en el objeto social actividades que sean propias de la capacidad de la Asociación, tales como recaudar fondos, solicitar subsidios y similares.
• El objeto social se redactará con postulados que no se agoten con su logro ni con el transcurso del tiempo, y dentro del marco de una Asociación Civil sin fines de lucro.
• Especificar en el objeto social, por medio de que acciones u/o actividades lograrán promover el progreso general de la zona.
• Si se pretende constituir una Biblioteca Popular deberá dejarse expresa constancia que será conforme a la Ley Nacional de Bibliotecas Populares Nº 23.351, y la Ley Provincial de Bibliotecas Populares Nº 9.319.
• Si se pretende constituir una Asociación de Consumidores, se deberá incluir en el objeto el articulo 57 inciso C de la Ley 24.240 (Artículo 57 inciso C: Para ser reconocidas como organizaciones de consumidores, las asociaciones civiles deberán acreditar, además de los requisitos generales, las siguientes condiciones especiales: No podrán recibir donaciones, aportes o contribuciones de empresas comerciales, industriales o proveedoras de servicios, privadas o estatales, nacionales o extranjeras).
• Micro-emprendimientos: Deberá establecerse de forma precisa y determinada que es lo que van a hacer y por medio de que acciones lo instrumentarán, teniendo en cuenta que no deben incluirse actividades comerciales.
• Consignar
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