Obligaciones
Enviado por gianklo25 • 27 de Junio de 2013 • 340 Palabras (2 Páginas) • 242 Visitas
TRANSFERENCIA Y TRANSMISIÓN DE LAS OBLIGACIONES
En una obligación podemos distinguir un aspecto activo representado por un derecho y un aspecto pasivo representado por una deuda. Estas dos caras pueden transmitirse o transferirse.
Transmisión de las obligaciones
Por regla general, la obligación se puede transmitir por causa de muerte:
a) Tanto activa (crédito) como pasivamente (deuda).
b) La transmisión puede tener lugar:
1) A título universal; y
2) A título singular
Transmisión a título universal
Toma importancia la figura del heredero.
Art. 951 “se sucede a una persona difunta a título universal o a título singular. El titulo universal se sucede cuando al difunto en todos sus bienes, derechos y obligaciones transmisibles, o en una cuota de ellos, como la mitad, tercio o quinto….”, a estos se les llama herederos y continúan con la voluntad de difunto, lo representan, son continuadores de la personalidad del causante.
La responsabilidad de los herederos por deudas del causante es ilimitada:
1) La responsabilidad del heredero por las deudas hereditarias y testamentarias del causante es, en principio, ilimitada. Esto quiero decir que deben cumplir con el total de la deuda. Está excepción de Art. 1247, donde se limita la responsabilidad.
Transmisión a título singular
Aquí hablamos de legatarios y no de herederos.
Art. 951 “Se sucede a una persona difunta a título universal o a título singular. El título es universal cuando se sucede al difunto en todos sus bienes, derechos y obligaciones transmisibles, o en una cuota de ellos, como la mitad, tercio o quinto. El título es singular cuando se sucede en una o más especies o cuerpos ciertos como tal caballo, tal casa; o en una o más especies indeterminadas de cierto género, como un caballo, tres vacas, seiscientos pesos fuertes, cuarenta fanegas de trigo”.
NO es continuador de la personalidad del difunto; no le sucede en todos sus derechos y obligaciones transmisibles:
Art. 1104 “Los asignatarios a título singular, con cualesquiera palabras que se les llame, y aunque en el testamento se les califique de herederos, son legatarios: no representan al testador; no tienen más derechos ni cargas que los que expresamente se les confieran o impongan.
...