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PROCESO DE IMPORTACION


Enviado por   •  1 de Mayo de 2012  •  855 Palabras (4 Páginas)  •  1.256 Visitas

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PROCESO DE IMPORTACIÓN EN ECUADOR

Según las indicaciones de la misma Aduana del país, pueden realizar importaciones tanto los ecuatorianos como los extranjeros residentes en el país, como personas naturales o jurídicas.

Existe la posibilidad de que las personas sean importadores casuales o frecuentes, en este último caso deberán registrarse con esa condición en el Banco Central de Ecuador. Al iniciar o realizar cualquier actividad económica, ya sean personas jurídicas o naturales, nacionales o extranjeras, de forma ocasional o permanente, se debe registrar el número de RUC (Registro Único de Contribuyentes), el que es igualmente válido para el sistema informático aduanero.

Previo a una importación se debe considerar si la mercancía está o no sujeta a algún tipo de prohibición o restricción, las que se encuentran detalladas en la Resolución Nº 182 del COMEXI (Consejo de Comercio Exterior e Inversiones) publicado en el R.O. (Registro Oficial) 57 de Abril de 2003. Al definir la subpartida de la mercancía se conoce su naturaleza y dependiendo de esta se definen ciertos requisitos específicos, es decir, licencias de importación.

Es obligatoria la intervención de un Agente de Aduanas cuando las importaciones son realizadas por el sector público, y cuando el valor de los despachos de las mercancías cuyo valor sea igual o superior a US$ 2.000.

Si el valor FOB de las mercancías importadas iguala o supera los US$ 4.000, el propietario, consignatario o consignador, debe presentar personalmente o por medio de un agente de aduanas la declaración en el Documento Único de Importación (DUI). Este documento debe ser llenado y revisado por cualquier banco o sociedad financiera, actuando a nombre del Banco Central de Ecuador. Después de establecer la identidad del importador, el banco o sociedad financiera aceptará el documento dentro de los próximos dos días hábiles.

El DUI aprobado tiene validez indefinida, excepto en las mercancías con restricciones. En ese caso, la validez es determinada por las autorizaciones o licencias de importación.

La declaración debe presentarse en la Aduana, en cualquier momento dentro de los siete (7) días previos hasta quince (15) días después del arribo de las mercancías. Esta declaración de Aduana debe estar acompañada de los siguientes documentos:

Nota de Pedido (obligatoria).

Autorizaciones o Licencias: si el tipo de mercancía lo requiere, es necesario obtener autorizaciones en un Ministerio u otra entidad pública, dependiendo del caso.

Póliza de Seguro.

Solicitud de Verificación de Importación (SVI): sólo para las mercancías cuyo valor FOB supere los US$ 4.000. La solicitud debe ser completada y luego entregada a una entidad verificadora autorizada por la Aduana ecuatoriana (SGS, Bureau Veritas, Cotecna, Baltic Control o ITS) junto con la Nota de Solicitud.

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