Pasos Para Constituir Una Asociacion Civil
Enviado por twinkiz • 12 de Mayo de 2014 • 3.472 Palabras (14 Páginas) • 337 Visitas
Pasos para constituir una
Asociación Civil
Paso 1:
Nombre de la organización
También llamado “razón social” para fines legales, es muy importante pues será lo primero que se
conozca de la asociación. La recomendación es que sea corto o de lo contrario pensar en la
posibilidad de usar siglas. De ser posible, el nombre debe describir a grandes rasgos la misión, las
características o el trabajo de la organización. Se sugiere que se preparen tres opciones de
nombres, por si otra organización está utilizando ya alguna de las opciones que se hayan elegido.
Paso 2:
Registro ante la Secretaría de Relaciones Exteriores
(SRE)
Este mismo trámite permite también registrar la denominación o razón social (nombre de la
asociación), de modo que sea exclusivo de tu organización y ningún otro grupo la pueda utilizar.
Otro de los objetivos de este trámite ante la SRE es regular las inversiones y la inclusión de los
socios extranjeros. Esto lleva a que en el acta constitutiva se incluya una cláusula en donde se
establece que en caso de que existan asociados extranjeros, ya sean fundadores o futuros, se
obligan a registrarse en la Secretaría de Relaciones Exteriores.
Además, según esta cláusula, los extranjeros en una asociación deberán ser considerados como
nacionales, es decir, que en toda actividad, propiedad o contrato que adquieran a través de la A.C.
serán tratados como mexicanos.
¿Como llevar a cabo éste trámite?
Es necesario llevar a cabo este trámite previamente a la elaboración del acta constitutiva, y
cualquier persona puede realizarlo o llevando una identificación oficial, sin necesidad de un
abogado. Los pasos para llevar a cabo este trámite son los siguientes:
1.- Llenar a máquina la solicitud SA-1 (Solicitud de permiso de constitución de sociedad, Ley de
Inversión Extranjera) que se encuentra en la página de Internet de la Secretaría de Relaciones
Exteriores en el rubro Asuntos Jurídicos.
2.- En esta solicitud deberás proporcionar 3 nombres para tu organización en orden de preferencia,
ya que, en caso de que el primer nombre que elijas esté ya registrado y sea utilizado por alguien
más, se elegirá la segunda o la tercera opción que presentes.
3.- Pagar la cantidad indicada, en cualquier banco, mediante la forma 5 del Servicio de
Administración Tributaria (SAT). Esta forma se obtiene en cualquier papelería, se llena y se
presenta por triplicado, una para el banco, otra para la secretaría y otra para tu archivo.
4.- Llevar estos documentos, en original y 2 copias, y el recibo de pago de derechos a las oficinas
de Relaciones Exteriores.
Nota: Para Zacatecas revisar el costo de este trámite, en las oficinas de Relaciones Exteriores.
Paso 3:
Decidir el Objeto Social de la empresa
El objeto social debe ser suficientemente breve y específico para dejar en claro el propósito de la
organización, ya que será la referencia futura de los miembros de la organización, los
simpatizantes, los beneficiarios y los donantes de financiamiento. Pero, también, deberá ser lo
suficientemente amplio y flexible para abarcar distintas actividades y formas en las que la
organización pueda desarrollarse con los años. Se recomienda que no exceda de 10 frases,
organizadas en párrafos cortos y claros.
Para definir el objeto social, te sugerimos considerar las actividades de las organizaciones no
lucrativas y fideicomisos que pueden obtener beneficios fiscales, las cuales están definidas
principalmente en los artículos 95 y 96 de la Ley del Impuesto sobre la Renta. Con el fin de facilitar
trámites posteriores, lo más recomendable es que los primeros párrafos de tu objeto social se
circunscriban a lo establecido en la Ley, así como utilizar los términos y el lenguaje que la misma
indica .
Llevar a cabo estas recomendaciones es obligatorio si piensas convertir a la organización en
donataria autorizada, pero se recomienda seguirlas de cualquier manera pues te pueden facilitar
trámites posteriores.
De igual forma, te sugerimos consultar las actividades de la Ley Federal de Fomento a las
Actividades Realizadas por las Organizaciones de la Sociedad Civil, publicada en el Diario Oficial
de la Federación.
http://www.corresponsabilidad.gob.mx
http://www.dof.gob.mx
Esta lista de actividades es más amplia y más flexible que aquélla de la Ley de Impuesto Sobre la
Renta y el objetivo a largo plazo es que sean similares. Todas las instancias federales tienen la
facultad de otorgar apoyos y estímulos a las organizaciones de la sociedad civil que cumplan con
las obligaciones que la misma ley señala en el artículo 7º. Para otorgar estos apoyos y estímulos,
en particular los recursos de convocatorias públicas anuales, los primeros párrafos del objeto
social deben referirse a las actividades del artículo 5º con los términos y el lenguaje que la ley
señala. Además, esta recomendación es también obligatoria si deseas inscribir a la organización
en el Registro Federal de Organizaciones de la Sociedad Civil.
Paso 4:
Tipos de miembros de la Organización
Socios
Son los fundadores de la organización
Se involucran directamente en las actividades diarias.
Tienen un alto nivel de compromiso con las actividades de la organización.
Son responsables y capaces de llevar a cabo actividades importantes para la organización.
Inspiran confianza dentro y fuera de la organización.
Serán difusores del objeto social y las actividades de la organización.
Están disponibles para ejercer y acatar trámites con validez jurídica.
Es necesario que cuenten con voz y voto para involucrarse en las
Actividades de la organización.
Miembros honorarios
Son los fundadores de la organización.
No se involucran directamente en las actividades diarias.
Tienen un alto nivel de compromiso con las actividades de la organización.
Son responsables y capaces de llevar a cabo actividades importantes para la organización.
Inspiran confianza dentro y fuera de la organización.
Pueden ser un vehículo para difundir el objeto social y las actividades de la organización.
Están disponibles para ejercer y acatar trámites con validez jurídica.
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