¿Qué razón o razones justifican que se suscriba un título valor con espacios en blanco?
Enviado por avega40 • 20 de Agosto de 2016 • Apuntes • 549 Palabras (3 Páginas) • 229 Visitas
Taller Títulos Valores
I. Resuelva las siguientes preguntas.
1. ¿Qué razón o razones justifican que se suscriba un título valor con espacios en blanco?
La expedición de títulos valores con espacios en blanco se justifican en el complimiento de la obligación futura ya que así se e dejan al tenedor ciertas facultades regladas para su posterior diligenciamiento. Encontramos que según el primer inciso del artículo 622 del Código de Comercio entendiendo que cualquier tenedor podrá llenar el título valor con espacios en blanco según lo suscrito antes. Por ejemplo encontramos que los bancos al momento de realizar un préstamo hacen llenar a los titulares de estos derechos un pagare, que es un título valor con espacios en blanco dentro del cual el usuario del préstamo debe firmarlo, dejando dentro de esté las instrucciones para ser llenado en el caso del no cumplimiento de la obligación ya que en caso de ser cumplida no es necesario llegar a llenarlo. Además también se usan los títulos valores con espacios en blanco para garantizar la entrega de mercancías, alimentos u otros artículos a través de pagarés que se le hacen firmar las empresas transportadoras con el fin de asegurar el pago de la mercancía en caso de que no se produzca la restitución, reembolso o pago de mercancías.
2. ¿Qué espacios pueden dejarse en blanco en un título valor?
Según el Artículo 621 del Código de comercio además de los elementos esenciales de cada título (Tipicidad), los elementos que no deben faltar son: la mención del derecho qué en el título se incorpora y la firma de quien lo crea. Es por esto que entendemos que los elementos que no se pueden dejar de llenar son los ya mencionados y los demás e entenderán que se pueden dejar en blanco, sin llenar o subsanados por la ley.
3. ¿Qué riesgos implica firmar títulos valores con espacios en blanco? Explique su respuesta.
Es posible que el tenedor del título valor llene el título valor alterando las instrucciones previas rebozando las facultades otorgadas o simplemente lo llena sin que hubiesen existido instrucciones al respecto y después siga con el cobro de este y posterior ejecución, este es el mayor riesgo al firmar un documento de esta calidad en blanco ya que se le da al tenedor el total poder para que haga lo que quiera con el documento.
4. Es necesario que quien entrega un título valor con espacios en blanco autorice expresamente al tenedor del documento para llenarlo? Explique su respuesta.
Si, ya que según el Artículo 622 del Código del Comercio encontramos que el tenedor legítimo del título valor solo puede llenarlo según las instrucciones que haya dejado el suscriptor para y que esto debe hacerse antes de la presentar el título valor para el ejercicio del derecho que en él se incorporan.
5. El artículo 622 del Código de Comercio colombiano hace referencia a instrucciones para el diligenciamiento del título valor. ¿Cómo deben darse las instrucciones a que hace referencia la norma citada?
...