REQUISITOS DE INSCRIPCION DE LA EMPRESA
Enviado por JCSuas8 • 2 de Febrero de 2018 • Trabajo • 2.986 Palabras (12 Páginas) • 325 Visitas
REQUISITOS DE INSCRIPCION DE LA EMPRESA
- En la web del Registro Mercantil: www. registromercantil.gob.gt se encuentra una Solicitud para inscripción de sociedades Mercantiles “forma SATRM-2” se llena e imprime sin ningún costo.
Se dirige al Banco del sistema ubicado en el primer nivel del Registro Mercantil y cancela el arancel de la inscripción de sociedades mercantiles.
El arancel para inscripción de una sociedad es: si el capital es de Q.5, 000.00 hasta Q.299, 999.99 no paga nada en concepto de arancel, así mismo, no paga por la inscripción de primera empresa ni por la inscripción de primer auxiliar. Únicamente paga Q.15.00 del pago por el Edicto que se emite.
Si el capital autorizado es de Q.300, 000.00 o más paga Q.8.50 por millar y no podrá exceder de Q.35, 000.00 el cobro del arancel. En el caso que el capital sea Q.300, 000.00 o más paga por la inscripción de primera empresa Q.100.00 por inscripción de primer auxiliar Q.125.00 más Q. 15.00 del pago por el Edicto que se emite.
- Una vez cancelado el arancel de la inscripción de la sociedad, el usuario se dirige a la Ventanilla de Recepción y entrega de documentos del Departamento de Sociedades Nuevas y presenta los documentos y las solicitudes de inscripción de sociedades mercantiles. La documentación se presenta en un folder tamaño oficio con pestaña, el cual deberá contener lo siguiente:
- Dos Solicitudes de inscripción de sociedades: Mercantiles. SATRM-2;
- Original y fotocopia del testimonio de la escritura de constitución de la sociedad y el original y fotocopia del acta de nombramiento del representante legal;
- Recibo de pago
- Contrato de arrendamiento o carta de promesa de arrendamiento (solo si el recibo de agua, luz o teléfono no está a nombre de los socios o representante legal.
- Recibo de agua, luz o teléfono.
- DPI copia y original de la persona que comparezca en el formulario de inscripción de sociedad.
- El receptor Ventanilla de Recepción y entrega de documentos del Departamento de Sociedades Nuevas verifica la documentación y requisitos y si todo está correcto le asigna un número de expediente y le emite una contraseña al usuario, escanea el expediente y envía el expediente al encamado de asignarlo de manera digital.
- Le envía el expediente digital al encargado de asignar el expediente y este asigna a un asesor jurídico para su calificación.
- Se asigna al asesor jurídico para calificar el testimonio de la escritura de constitución de la sociedad, califica la solicitud de inscripción va calificado se traslada a SAT. pues se encuentra dentro de las mismas instalaciones del Departamento de Inscripción de Sociedades Nuevas del Registro Mercantil, como consecuencia de un convenio que se firmó entre ambas instituciones. En la solicitud de inscripción de sociedades que se baja de la web del Registro Mercantil se encuentra también una parte para ser llenada con datos para la SAT. Ya que el objetivo del convenio que se menciona es que las inscripciones de una sociedad se hagan simultáneamente en el Registro Mercantil y SAT.
- Después de haber sido calificada por el asesor jurídico y si fue aprobada por éste, se traslada el expediente a SAT califica (aprueba o rechaza), asigna un número de NIT a la sociedad, emite RTU, habilitación de libros, acreditación de imprenta, luego es trasladado al operador de Sociedades.
- El operador califica si el formulario de solicitud de inscripción de la sociedad está correcto si tiene algún previo el usuario tendrá que subsanarlo para la inscripción.
El expediente puede ser suspendido por los siguientes motivos de rechazo:
El departamento que indica en la solicitud de inscripción es diferente al domicilio que aparece en la escritura de constitución;
El capital autorizado, suscrito o pagado es diferente al que aparece en la solicitud de inscripción y en escritura de constitución;
- El nombre comercial no es el mismo de la escritura de la constitución de sociedad;
- Cualquier otro que en solicitud de inscripción se indique, pero al revisar la escritura de constitución es diferente.
Cada uno de los procesos queda en un historial en la bitácora electrónica que puede ser observado interna o externamente por los usuarios vía Internet.
Si el documento esta correcto o ya cumplió con los requisitos de rechazo se inscribe y se emite el Edicto de inscripción provisional.
- Recibe el edicto y firma electrónicamente el edicto una vez emitido y firmado pasa al Diario Oficial a través de un sistema de registro electrónico, se publica hasta que lo solicita el usuario.
- En la ventanilla, se recibe el edicto vía electrónica en el dónde se imprime y se entrega al usuario para su publicación.
- Una vez emitido el edicto se envía el expediente al operador de auxiliares de comercio, lo revisa, califica e inscribe el nombramiento del representante legal y lo envía a firma del Registrador Mercantil.
- Entrega al usuario el nombramiento de representante legal.
- El usuario pasa a recoger a ventanilla de Recepción de entrega de documentos del Departamento de Sociedades
Nuevas el edicto, para su publicación en el Diario Oficial.
Pasados 8 días de la publicación del edicto en el Diario Oficial y si no hay ninguna persona individual o jurídica que se opone a la inscripción, se procede a la inscripción definitiva de la sociedad, para lo cual, el interesado deberá solicitar la inscripción por medio de un memorial, debiendo acompañar lo siguiente:
1. Original de la Publicación del edicto- la hoja completa.
2. El original del Testimonio de la escritura pública de sociedad:
3. Fotocopia del Nombramiento del Representante Legal.
4. Original y copia de las aportaciones no dinerarias del documento que los respalde y que este a nombre de la sociedad.
- Una vez publicado el edicto, después de 8 días hábiles de oposición se procede a la inscripción definitiva de la sociedad.
Emite la patente de sociedad y envía el expediente al encargado de empresas.
- Recibe el expediente y emite la patente de la envía a firma del Registrador Mercantil.
- Recibe todo el expediente y firma la patente de empresas y sociedad y junto con el testimonio original la envía a Ventanilla de Recepción y entrega de documentos del Departamento de Sociedades Nuevas por medio de una hoja de control.
- Recibe las patentes Y el testimonio de la escritura pública de constitución de la sociedad y se la entrega al usuario.
- El usuario con la fotocopia de la patente de sociedad, el nombramiento y copia del DPI, pasa a SAT para ratificación de la inscripción de la sociedad.
- Entrega fotocopia de la patente de sociedad, la razón del nombramiento y DPI para la actualización de la sociedad ante la SAT.
En el caso que sea solicitado por un tercero deberá acudir a cualquier agencia con el formulario 362 con los documentos antes relacionados.
- Envía el expediente al Departamento de escaneo para que sea escaneado.
- Recibe el expediente lo escanea y lo archiva para su resguardo y consultas.
- Dependiendo del tiempo que el Diario de Centroamérica publique el edicto y el tiempo en que el usuario tarde en ingresar la solicitud de inscripción definitiva.
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Recibos de Pagos[pic 3][pic 4]
Formulario de Solicitud de Inscripción de Sociedades.
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