Regimen De Las Ferias
Enviado por jb1994 • 5 de Junio de 2015 • 1.212 Palabras (5 Páginas) • 159 Visitas
Régimen de Las Ferias
Las Ferias Internacionales son manifestaciones destinadas a promover el intercambio comercial entre los empresarios nacionales y aquellos de otras latitudes. El éxito de tales eventos depende de muchos factores, algunos exógenos y otros endógenos.
Entre estos últimos tienen preponderancia las normas que regulan el ingreso por las aduanas de las muestras destinadas a ser exhibidas en dichas manifestaciones feriales. Tales normas pueden parecer complicadas para todo aquel que no domina el tema, y es por lo tanto recomendable buscar el apoyo de expertos en la materia para manejar debidamente desde el país de origen, toda la documentación que se requiere para lograr un trámite fluido en el internamiento de los bienes.
Debe ante todo tenerse en cuenta que los recintos donde se llevan a cabo las Ferias Internacionales en el Perú son generalmente considerados “Zonas Primarias”, esto significa que funcionan como una extensión de los recintos aduaneros.
Tal denominación es concedida por una Resolución de Intendencia Nacional emitida por la SUNAT, luego que el Vice - Ministerio de Comercio Exterior y Turismo ha autorizado la realización del evento. Gracias a esta facilidad, los bienes que ingresan temporalmente al País, para ser exhibidos en una feria y eventualmente vendidos a operadores nacionales, no requieren del depósito en las aduanas de una fianza bancaria que garantice el pago de los tributos aduaneros que gravan su nacionalización.
La buena marcha de este régimen especial depende prioritariamente de la correcta emisión de los documentos de embarque que amparan las muestras.
El Expositor extranjero que ingrese muestrarios bajo el Régimen de Internamiento Temporal de bienes para exhibir en la feria, sólo puede gestionar a nombre de una persona natural o jurídica domiciliada en Perú, que cuente con un número de R.U.C (Registro Único de Contribuyente).
Si el Expositor tiene Representante en el Perú, éste puede asumir la titularidad de la destinación aduanera. Si el Expositor no cuenta con un Representante en el Perú, cualquier persona domiciliada puede asumir la titularidad de la destinación aduanera, siempre y cuando acepte el encargo.
Por último, previo acuerdo, la Empresa Organizadora de la Feria puede asumir dicha titularidad sólo como representación ante la SUNAT (Superintendencia Nacional de Administración Tributaria) para Trámites Aduaneros.
Las mercancías destinadas al régimen especial de ferias o exposiciones internacionales, deberán estar declaradas para dicho fin en el documento de transporte y/o factura comercial, factura proforma o contrato.
En vista de lo expuesto en el párrafo anterior, toda la documentación debe ser emitida a nombre de la persona natural o jurídica domiciliada en Perú, que se hará cargo de la titularidad de la destinación aduanera:
1. En el conocimiento de embarque o Guía Aérea (AWB) deberá aparecer como consignataria, la persona a cuyo nombre se internarán las muestras.
2. La Factura Proforma o Comercial deberán girarse a cargo de la persona a cuyo nombre se internarán las muestras.
3. La Póliza o Certificado de Seguro (de existir) también deben estar emitidos a nombre de la persona a cuyo nombre se internarán las muestras.
4. En todos los documentos se deberá agregar a continuación del Titular:
5. El número del stand asignado al Expositor en la Feria
6. El nombre del Expositor
7. La denominación del evento: EXCON ® 2015
8. Recinto donde se desarrollará la Feria: Centro de Exposiciones Jockey
9. Dirección del recinto: Av. Javier Prado Este s/n, con Carretera Panamericana Sur, Puerta Nº 01, Lote I, Hipódromo de Monterrico, Santiago de Surco, Lima – Perú
IMPORTANTE: Asimismo deberá aparecer en todos los documentos la siguiente glosa: MATERIAL DESTINADO A LA FERIA: EXCON ® 2015
Importación Temporal
Las muestras pueden ingresar
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