REGIMENES ADUANEROS
Enviado por MILEYNEA • 20 de Febrero de 2012 • 1.061 Palabras (5 Páginas) • 3.065 Visitas
II. REGIMENES ADUANEROS
DEFINICIÓN:
El conjunto de operaciones orientadas a darle un destino aduanero específico a una mercancía, de acuerdo con la declaración presentada por el interesado en la forma prescrita por las normas.
• Importación para el consumo
• Reimportación en el mismo estado
• Admisión temporal para reexportación en el mismo estado
• Exportación definitiva
• Exportación temporal para reimportación en el mismo estado.
• Admisión temporal para perfeccionamiento activo
• Exportación temporal para perfeccionamiento pasivo
• Drawback
• Reposición de mercancías con franquicia arancelaria.
• Depósito aduanero
• Tránsito aduanero
• Transbordo
• Reembarque
• Regímenes aduaneros especiales o de excepción
Son cinco los principales regímenes aduaneros en Perú, según la Ley General de Aduanas: Regímenes de Importación, Regímenes de Exportación, Regímenes de Perfeccionamiento, Regímenes de Depósito Aduanero, Regímenes de Tránsito y otros Regímenes de Excepción.
• Se armoniza las denominaciones de los regímenes con el Convenio de Kioto y con la Decisión 671 de la CAN.
• En Exportación Definitiva se amplía el plazo de embarque y regularización.
• En Admisión Temporal para perfeccionamiento activo se amplían como operaciones, la reparación, restauración y reacondicionamiento.
• En el ingreso de Equipaje y Menaje de Casa se considera aplicar un tributo único de 14%. DS 096-2008-EF del 08.JUL.08
• Hay trabajos pendientes en los Reglamentos de los Regímenes Aduaneros Especiales que van a ir en paralelo al Reglamento de la LGA.
1. Regímenes de Importación
Régimen aduanero que permite el ingreso de mercancías al país (territorio aduanero) para su consumo, luego del pago o garantía según corresponda, de los derechos arancelarios (aranceles) y demás impuestos aplicables, así como el pago de los recargos y multas que hubieren, y del cumplimiento de las formalidades y otras obligaciones aduaneras.
2. Regímenes Exportación
Régimen aduanero que permite la salida del país de las mercancías nacionales (o nacionalizadas) para su uso o consumo definitivo en el exterior. La exportación definitiva no está afecta a ningún tributo. Según este régimen, las mercancías deberán ser embarcadas dentro del plazo de 30 días calendario contado a partir del día siguiente de la numeración de la declaración de Aduanas (DUA). La regularización del régimen se realizará dentro del mismo plazo.
3. Regímenes de Perfeccionamiento
Régimen aduanero que permite el ingreso al territorio de ciertas mercancías extranjeras con la suspensión del pago de aranceles e impuestos. Esta exoneración se justifica porque estas mercancías serán exportadas dentro de un plazo determinado, luego de haber sido sometidas a una operación de perfeccionamiento. Asimismo, rige para la reparación de mercancías, incluidas su restauración o acondicionamiento.
4. Régimen de depósito aduanero
Permite que las mercancías que llegan al país pueden ser almacenadas en un deposito aduanero por un periodo determinado y bajo el control de la Aduana, sin el pago de aranceles e impuestos. El depósito aduanero puede ser autorizado por un plazo máximo de 12 meses computado a partir de la fecha de numeración de la declaración de Aduanas.
5. Regímenes de tránsito
Régimen aduanero que permite que las mercancías provenientes de otros países sean transportadas bajo control aduanero, de una aduana a otra, dentro del país, o con destino al exterior, con suspensión del pago de aranceles y demás tributos.
6. Regímenes de Excepción
Los regímenes aduaneros especiales o de excepción que a continuación se señalan, se sujetan a las siguientes reglas:
a) El tráfico fronterizo se limita exclusivamente a las zonas de intercambio de mercancías destinadas al consumo doméstico entre poblaciones fronterizas, en el marco de los convenios internacionales y la legislación nacional vigentes.
b) El tráfico de envíos o paquetes postales transportados por el servicio postal se rige por el Convenio Postal Universal y la legislación nacional vigente.
c) El ingreso
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