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Requisitos Para Operar Un Restaurante, Normas Oficiales


Enviado por   •  2 de Marzo de 2015  •  7.095 Palabras (29 Páginas)  •  747 Visitas

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REQUISITOS PARA OPERAR UN RESTAURANTE.

TRÁMITE. DESCRIPCION: VIGENCIA: SANCION.

LEY DE DESARROLLO URBANO.

USOS DE SUELO.

Certificación de zonificación de usos del suelo

permitidos. Permite operar el giro autorizado en los programas de uso de suelo delegacional. 2 años.

Multa

Del 5% al 10% del valor

comercial de las obras

Certificado de acreditación de uso del suelo

por derechos adquiridos Reconoce los derechos adquiridos de uso del suelo que tienen los propietarios o

poseedores de un inmueble. Indefinida Multa

Del 5% al 10% del valor

comercial de las obras

LEY DE ESTABLECIMIENTOS MERCANTILES.

Solicitud de Aviso para apertura de

establecimiento con venta de alimentos preparados acompañados de cerveza y vino de mesa (sin licores) giro de “bajo impacto” Para operar un establecimiento cuyo giro no requiera permiso de funcionamiento.

Los giros de bajo impacto que cuenten con una superficie menor de 70 mts2 podrán vender alimentos preparados acompañados de cerveza y vino de mesa durante el horario de 12 a 17 hrs. Permanente. Multa de 126 a 350 días

de salario y Clausura.

Solicitud de Permiso para la colocación de

enseres o instalaciones desmontables en la vía

pública, contiguos a restaurantes y cafeterías Documento que autoriza extender el área de servicio a la vía pública contigua al

establecimiento, mediante colocación de enseres o instalaciones desmontables. Hasta un año. Multa de 126 a 350 días

de salario

Solicitud de Permiso para la apertura de

Restaurante con venta de bebida alcohólica

considerado giro de impacto vecinal. Se autoriza a Restaurantes la venta de alimentos preparados con venta de bebida

alcohólica, considerándolos giros de Impacto Vecinal.

3 años Multa de 351 a 2500

días de salario y Clausura.

Seguro de Responsabilidad Civil. Otorga protección al asegurado si un tercero le exigiere indemnización por daños y

perjuicios a consecuencia de un acontecimiento que, produciéndose durante la vigencia del seguro, ocasione la muerte, lesión o menoscabo de la salud de la persona (daños personales) o el deterioro o destrucción de sus bienes (daños materiales). Depende de su contratación.

Por lo General es Anual. Multa 50 a 1000 días de

salario

Cajones de estacionamiento. Se acreditan con los propios del lugar o a través de un contrato de alquiler y

servicio de valet parking.

Cafeterías y Fondas mayores de 80 m, 1 cajón por cada 30 metros.

Restaurantes sin venta bebida alcohólica, de 80 a 200 metros, 1 cajón por cada 15

metros.

Restaurantes con venta de bebida alcohólica 1 cajón por cada 7.5 metros.

Restaurantes mayores de 200 m, 1 por cada 10 metros.

Se debe contar con póliza de seguro para el estacionamiento.

Depende de las características y

su contratación Multa de 126 a 350 días

de salario y clausura.

LEY AMBIENTAL DEL DISTRITO FEDERAL.

Licencia ambiental única. Para establecimientos que tengan más de diez empleados y venta de bebidas

alcohólicas.

Obliga a quienes generen:

1. Descarga de aguas residuales. (Trampa de grasa.)

2. Emisión de ruido.

2. Emisión de contaminantes a la atmosfera.

3. Residuos Sólidos. (Basura) Permanente.

Actualización anual. Multa de 20 a 100,000

días de salarios y Clausura.

LEY DE PROTECCION CIVIL.

Visto bueno de seguridad y operación Un director responsable de obra y corresponsable manifiesta que las instalaciones

de un establecimiento reúnen las condiciones de seguridad para su operación y

funcionamiento. 3 años. Multa

150 a 300 días de S.M y Clausura.

Programa interno de protección civil. Para Restaurantes que tengan acceso a más de 50 personas entre empleados y

clientes. El programa lo elabora un tercero acreditado. Es indispensable tener el

seguro de responsabilidad civil. Permanente. Multa de 351 a 2500

días de salario, suspensión de actividades y clausura

Medidas de seguridad Cuando no requiera de un programa interno de protección civil, por tener menos

de 50 personas, deberá tener las siguientes medidas de seguridad:

a) Extintores contra incendios con carga vigente a razón de uno por cada 50

metros cuadrados;

b) Realizar un simulacro trimestral;

c) Colocar en un lugar visible los teléfonos de las autoridades de seguridad pública,

protección civil y bomberos;

d) Colocar en un lugar visible, señalización de acciones a seguir en lo referente a

sismos e incendios; Permanente.

LEY FEDERAL DE DERECHOS DE AUTOR Y PROPIEDAD INTELECTUAL.

Pago de cuota a la Sociedad de Autores y

Compositores de Música Pago de regalías por el uso de la música. Cada año.

Registro de marca del nombre comercial y

logotipo ante el IMPI. Para la protección del nombre comercial. 10 años.

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