Resumen De Impuestos En Panama
Enviado por andrescampos • 14 de Julio de 2012 • 2.812 Palabras (12 Páginas) • 1.729 Visitas
Impuesto Sobre la Renta para Personas Naturales y Personas Jurídicas
Impuesto sobre la renta para Personas Jurídicas (Empresas)
El único ingreso gravable es aquel derivado dentro del territorio de Panamá. La venta de productos o servicios a las personas, entidades o compañías en Panamá se consideran como “fuente de ingreso de Panamá” y son gravables. La venta de productos o servicios a personas, entidades o compañías ubicadas fuera del territorio panameño no son gravables. El ingreso que provenga de la renta (arrendamiento) o venta de bienes raíces en Panamá es gravable. Las comisiones e intereses devengados de préstamos que financien negocios en Panamá son gravables. Los centros de llamadas tienen una ley especial que exime a sus ingresos del impuesto sobre la renta. Los comercios que facturen productos que nunca ingresan a Panamá no son gravables. Las compañías en Panamá que faciliten las actividades comerciales llevadas a cabo fuera de Panamá no son gravables.
Exento del impuesto sobre los intereses: los intereses de los ahorros y cuentas bancarias a plazo fijo de bancos idóneos y con licencia en Panamá están exentos del impuesto. El interés de los títulos de deuda registrados con la Comisión Nacional de Valores y que coticen en la bolsa de valores están exentos. Las instituciones financieras no residentes y prestamistas que reciban intereses y comisiones pagadas por bancos panameños o por la construcción de proyectos habitacionales están exentos de impuestos.
Impuesto Sobre la Renta: el ingreso gravable o sujeto a impuesto se obtiene restando el ingreso de fuente extranjera y el ingreso exento del ingreso bruto.
Deducciones: los gastos de la empresa, utilizados para generar ingreso gravable o para preservar el negocio son considerados como deducibles en las declaraciones de renta y deben ser documentados y sólo serán permitidos en el mismo año fiscal en que ocurrieron.
Tasas del Impuesto Sobre la Renta: a partir del 2010, las tasas de impuesto para las personas jurídicas se redujeron del 30% al 27.5% y será reducida aun mas en el 2011 a un 25%. Las compañías involucradas en las telecomunicaciones, banca, generación de energía, cementeras, casino y juegos de azar y las aseguradoras y reaseguradoras continuarán pagando la tasa del 30% hasta el 2012 cuando la tasa se reduzca a un 27.5% y en el 2014 a un 25%. Si el gobierno posee el 40% o más del capital de la compañía seguirá pagando la tasa del 30%. Las compañías dedicadas a la agricultura y a la pequeña empresa tienen una tasa especial más baja de impuesto sobre la renta.
Cálculo: el cálculo tradicional del impuesto sobre la renta es simplemente multiplicar el ingreso neto gravable por la tasa de impuesto. Las empresas con un ingreso gravable superior a $1.5 millones usan un cálculo diferente. Su tasa es la más alta entre el cálculo tradicional y la multiplicación del ingreso gravable por 4.67%.
Pagos mensuales: a partir del 2011, todas las empresas y entidades deben pagar su impuesto sobre la renta estimado antes del 15 de cada mes igual a 1% del total del ingreso gravable acumulado del mes anterior. A esto se le llama “Impuesto sobre la renta mensual por adelantado” o MITA. Las empresas involucradas en la venta de gasolina, productos derivados del petróleo, farmacéuticos, alimentos y productos médicos pagan un MITA diferente. A final del año fiscal, la empresa determina el total del impuesto sobre la renta y deduce el total del MITA pagado. Si el total de MITA pagado es mayor al impuesto adeudado o que debe pagar, la empresa puede obtener un crédito fiscal para ser utilizado en futuros MITAs.
Pérdidas: las pérdidas pueden ser prorrogadas hasta por 5 años siempre que la pérdida no exceda el 20% de la pérdida total en un año. Ciertas industrias reguladas como la minería tienen planes especiales de perdida.
Declaraciones Anuales: las declaraciones del impuesto sobre la renta deben ser presentadas por la empresa 3 meses después de que el año fiscal termine. Aunque para la mayoría de las empresas el año fiscal va con el año calendario regular, las empresas pueden solicitar la aprobación de un año fiscal diferente.
Impuesto Sobre la Renta para Personas Naturales
Las personas naturales que ganen menos de $11,000 por año no pagan impuesto sobre la renta. Aquellos que ganan entre $11,000 y $50,000 pagan una tasa de impuesto del 15% mientras que aquellos que ganen $50,000 o más pagan una tasa del 25%.
Las deducciones para las parejas casadas son de $800.00 con su declaración conjunta de impuestos. Los intereses hipotecarios pagados en la casa principal pueden ser deducidos hasta $15,000 anualmente. Los pagos de intereses de los préstamos estudiantiles por el contribuyente o la educación de dependientes en Panamá son completamente deducibles. Las primas de seguros de salud son deducibles. Las contribuciones a planes de pensiones privadas hasta el 10% de ingreso bruto anual de una persona natural a un máximo de $15,000 anual son deducibles.
Residentes extranjeros: los extranjeros que residan en Panamá por más de 183 días al año y ganen algún ingreso en Panamá serán gravados con la misma tasa y en la misma proporción que los nacionales.
Declaraciones Anuales: las personas naturales deben declarar su impuesto sobre la renta anual antes del 15 de marzo. Las personas naturales cuya única fuente de ingreso sea un simple salario están exentas de hacer la declaración de impuestos sobre la renta, ya que el empleador retiene parte de cada pago para los impuestos.
Impuesto del Seguro Social
Los empleadores y empleados pagan impuestos de seguro social cuando se le paga al empleado. Actualmente, los empleadores pagan $11.75% y los empleados pagan 8% y este porcentaje se incrementará en el 2013 cuando el empleador pagará 12.25% y el empleado pagará 9.75%. A los empleadores están obligados a retener un porcentaje del pago de cada empleador para el impuesto sobre la renta e impuesto de seguro social. El no retener y hacer los pagos a la Caja de Seguro Social dará lugar a recargos, multas e incluso acciones penales. También hay una prima de riesgo profesional que se paga a la Caja de Seguro Social correspondiente al riesgo percibido que involucre el trabajo, el cual se retiene del sueldo del empleador.
Impuesto educativo: un 1.25% adicional del salario de un empleado se retiene como un impuesto “educativo” mientras que el empleador paga 1.5%.
No Residentes: los empleadores están obligados a retener impuestos sobre la renta de no-residentes que obtengan ingresos de alguna fuente en Panamá. La tasa del impuesto sobre la renta para personas naturales se usa sin deducciones. Sin embargo, si el no-residente gana ingresos fuera del
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