RESUMEN IMPUESTO SOBRE AUTOMÓVILES NUEVOS
Enviado por CPLUNA • 11 de Abril de 2013 • 1.040 Palabras (5 Páginas) • 1.188 Visitas
LEY FEDERAL DE IMPUESTO SOBRE AUTOMÓVILES NUEVOS (ISAN)
Publicada en DOF el 30 de diciembre de 1996 por Ernesto Zedillo Ponce De León.
SUJETOS DEL ISAN
Son obligados al pago del ISAN: las personas físicas y las morales (fabricante, ensamblador, distribuidor autorizado o comerciante en el ramo de vehículos).
OBJETO DEL ISAN
Enajenación de automóviles nuevos (producción nacional)
Importación definitiva de automóviles
CONCEPTOS:
a) AUTOMOVIL: Se considera automóvil, lo siguiente:
• Vehículos de transporte hasta 15 pasajeros
• Camiones con capacidad de carga hasta 4,250 kg (incluyendo los de tipo panel)
• Remolques y semirremolques tipo vivienda
b) AUTOMOVIL NUEVO
Es el que se enajena por primera vez al consumidor por el fabricante, ensamblador, distribuidor autorizado o comerciante en el ramo de vehículos.
c) ENAJENACION
(Art. 14 CFF)
I. La transmisión de propiedad
II. Las adjudicaciones
III. Arrendamiento financiero
IV. Fideicomisos
V. Cesión de derechos de fideicomiso
VI. Enajenación de títulos de crédito o cesión de derechos
VII. Transmisión de derechos de crédito
VIII. Fusión y escisión
(Art. 6° y 9° LISAN)
I. Envío al adquiriente o entrega material
II. Pago parcial o totalmente del precio
III. Expedición del comprobante de enajenación
IV. La incorporación al activo fijo o al transcurrir el plazo de un año
d) IMPORTACION DEFINITIVA
(Art. 7° LISAN y Art. 96 LAD)
Es la entrada de mercancías de procedencia extranjera para permanecer en el territorio nacional por tiempo ilimitado.
BASE DEL ISAN
Por enajenación:
Precio de enajenación
+ Equipo opcional (común o de lujo)
= Base para ISAN
• No incluir el monto de los descuentos, rebajas o bonificaciones.
• No incluir el valor del material para el blindaje
• No incluir IVA
Por importación definitiva:
Precio de enajenación
+ Equipo opcional (común o de lujo)
+ Impuestos general de importación
+ Otras contribuciones (DTA) .
= Base para ISAN
TASA Y TARIFA
(Art. 3° LISAN y Anexo 15 Sección A de la RMF para 2013)
Tarifa aplicable para automóviles con capacidad hasta de 15 pasajeros.
Límite Inferior Límite Superior Cuota fija Por ciento para aplicarse sobre el excedente del Límite inferior
$ $ $ %
0.01 216,492.26 0.00 2.0
216,492.27 259,790.65 4,329.77 5.0
259,790.66 303,089.23 6,494.79 10.0
303,089.24 389,685.90 10,824.63 15.0
389,685.91 En adelante 23,814.11 17.0
Tasa para camiones de capacidad de carga hasta de 4,250 kg incluyendo los tipos panel con capacidad máx. de 3 pasajeros y remolques y semirremolques tipo vivienda: 5%
REGLAS ADICIONALES PARA DETERMINACION DE ISAN
Reducción del ISAN
Si el precio del automóvil es superior a $597,808.77 se reducirá del monto del impuesto determinado, la cantidad que resulte de aplicar el 7% sobre la diferencia entre el precio de la unidad y los $597,808.77
Determinación de ISAN por enajenación con blindaje (excepto camiones):
ISAN automóvil con blindaje = ó > ISAN automóvil versión de mayor precio de enajenación sin blindaje (mismo modelo y año).
Si no se cuenta con el vehículo sin blindar; el ISAN de la unidad blindada será:
Impuesto por tarifa (Art. 3°, frac. I)
Por: Factor 0.80 .
Igual: ISAN a cargo de automóviles con blindaje
EXENCIONES
1) Exportación de automóviles con carácter definitivo
2) Enajenación al consumidor cuyo monto no exceda de $201,288.94 sin IVA (exención 100%)
3) Enajenación al consumidor cuyo monto comprendida entre $201,288.95 hasta $254,966.00 sin IVA (exención 50%)
4) Importación
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